sábado, 27 abril 2024

IEJES avala candidatura y reelección de Bukele; Cristosal la rechaza

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Ante la elección oficial de Nayib Bukele como candidato a presidente de la República para un segundo periodo consecutivo, IEJES y Cristosal manifestaron su aprobación y rechazo respectivamente.

La legalidad constitucional de la reelección inmediata del actual presidente, Nayib Bukele, continúa siendo tema de debate entre distintos actores políticos y jurídicos del país. 

El pasado 9  de julio, el partido Nuevas Ideas realizó sus elecciones internas, donde se eligieron los candidatos a cargos de elección popular para los comicios que se realizarán el 4 de febrero y el 3 de marzo de 2024. Entre los seleccionados se encuentran el actual presidente Bukele, quien participó como candidato único y ganó con 44,398 votos, y Félix Ulloa hijo; ambos buscan postularse para la presidencia y vicepresidencia, respectivamente. 

Ante la noticia, la Fundación Cristosal emitió un comunicado en el que expresa su rechazo a la reelección del mandatario, argumentando que esta viola claramente la Constitución salvadoreña. Según la Fundación, la prohibición de la reelección presidencial inmediata fue establecida en 1983 con el propósito de evitar la perpetuación en el poder y la reproducción de prácticas dictatoriales.

Citando diversos artículos constitucionales, la Fundación sostiene que la Constitución es clara en su prohibición y que incluso se establecen sanciones, como la pérdida de la ciudadanía y la facultad de la Asamblea Legislativa para desconocer al presidente si este se mantiene en el poder una vez finalizado su período. Además, se hace referencia a la eventual “licencia” anunciada por el vicepresidente, y aseguran que no evadiría la prohibición, ya que la persona sigue ocupando el cargo.

Por otro lado, y en respuesta a las afirmaciones de Cristosal, el Instituto de Estudios Jurídicos de El Salvador (IEJES) emitió un comunicado en el que respalda la postulación del presidente Bukele, asegurando que las acusaciones de violación constitucional son infundadas.

El IEJES destaca el artículo 152, ordinal 1 de la Constitución, el cual establece que no puede ser candidato a la presidencia “el que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”. Según el IEJES, dado que Bukele está en su primer mandato y no ha desempeñado el cargo en el período anterior, no se aplica la inhabilitación para su reelección. Además, resaltan que esta norma está vigente desde 1983 y no ha sido modificada hasta la fecha.

Además, la Fundación Cristosal advierte que la eventual reelección del presidente Bukele representa una grave afectación al Estado Democrático de Derecho, ya que implica una transgresión a normas constitucionales fundamentales que no pueden ser modificadas ni siquiera por reformas constitucionales. Asimismo, señalan que la prolongación del presidente en el cargo, la concentración del poder y la anulación de la separación de poderes pueden conducir a un modelo dictatorial y representan un peligro para la democracia.

Cabe mencionar que la Sala de lo Constitucional dio luz verde en septiembre de 2021 a la reelección presidencial inmediata, en resolución a una demanda interpuesta hacia la ciudadana Nancy Díaz de Martínez, quien fue señalada de promover la insurrección a favor de la reelección del actual mandatario y se otorgó el sobreseimiento de Martínez. Además, se le ordenó al Tribunal Supremo Electoral dar cumplimiento a dicha resolución en lo relacionado al artículo 152 ordinal 1° de la Constitución.

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