El pasado 1 de febrero, la Policía Nacional Civil(PNC) capturó a Henry Ovando V. M. de 36 años de edad después de que los agentes policiales lo interceptaran y le encontraran una bolsa con marihuana en una requisa realizada en la Alameda Juan Pablo Segundo.
La Fiscalía General de la República (FGR) acusó a Ovando por posesión y tenencia de drogas en perjuicio de la salud pública tras el decomiso de 3.5 gramos de marihuana, valorados en cuatro dólares.
Durante audiencia inicial en el Juzgado 5° de Paz de San Salvador, el caso pasó al Juzgado 3° de Instrucción de San Salvador, sin embargo el sujeto continuará en detención provisional, mientras se realiza una investigación más profunda sobre el caso.
La Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas establece en el artículo 34 que “Si la posesión o tenencia de drogas fuere en cantidades de dos gramos o mayores a esa cantidad, a las que se refiere la ley, será sancionado con prisión de tres a seis años; y multa de cinco a mil salarios mínimos mensuales urbanos vigentes”.
En caso que la posesión de drogas sea para fines de tráfico ilícito, “la sanción será de seis a diez años de prisión; y multas de diez a dos mil salarios mínimos mensuales urbanos vigentes”, según la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas.