miércoles, 17 abril 2024

Hasta 12 años de cárcel por tocamiento impúdico en menor de 15 años

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Para hacer prevalecer el derecho constitucional sobre respeto a las niñas y niños, los parlamentarios elevarán a la categoría de delito de agresión sexual “el tocamiento impúdico”, esto se consignaría en los artículos 160 y 161 del Código Penal.

Por unanimidad, la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales acordó elaborar un dictamen favorable para modificar el Código Penal, y reconocer como delito de agresión sexual el “tocamiento impúdico”; el mismo sería penado hasta con 12 años de cárcel y cuando se trate de un agente de seguridad, funcionario, empleado público la pena será agravada y este será inhabilitado de su cargo.

El acuerdo se encaminaría a modificar los artículos 160 y 161 del referido Código; en ese sentido, el artículo 160 establecería lo siguiente: “El que realizare tocamientos impúdicos aprovechándose del descuido o mediante engaño en aglomeraciones públicas, lugares públicos o privados incurrirá en la pena descrita en el inciso anterior” -pena de 3 a 6 años-. En el caso del apartado 161, consignará una pena de 8 a 12 años de cárcel cuando la agresión se realice a un menor de 15 años.

Durante la discusión, los legisladores coincidieron en dar los pasos necesarios y contundentes que eviten que los derechos de la niñez se continúen vulnerando, en ese sentido el diputado presidente Mario Tenorio de (GANA) consideró oportuno que además se legisle en el capítulo referente "a la violación y agresiones especiales desarrollemos un nuevo artículo, porque ninguno de ellos contempla un aumento de penas en caso sea un funcionario, empleado público o agente de autoridad el que lo cometa”.

Por su parte, el legislador René Portillo Cuadra de (ARENA) aseguró: “Estamos dando una herramienta más a la población para combatir el flagelo de los delitos contra la libertad sexual. Como Asamblea Legislativa estamos escuchando la opinión de la ciudadanía y trasladándola a una legislación que va servir para el combate de este tipo de agresiones”.


En aras de eliminar cualquier ambigüedad en la aplicación de justicia, el diputado Javier Valdez (FMLN) dijo: “Queremos decirle a los padres y madres que como Asamblea Legislativa nos hemos comprometido más al proteger a sus niñas y niños de todos estos depredadores, de estas personas que andan en las calles queriendo cometer delitos contra la libertad sexual de personas y sobre todo de niños, niñas y adolescentes”.

Los diputados acordaron además crear un nuevo artículo el 174-B, encaminado a inhabilitar, de forma especial del cargo, cuando se trate de funcionarios o empleados públicos, además de aumentar la pena al que realizare tocamiento impúdico; por otra parte se concensuó la derogación del numeral 4 del artículo 392 el cual establecía que el “tocamiento” es una falta o actos contrarios a las buenas costumbres y decoro, y no un delito.

Esta decisión la tomaron los legisladores luego del repudio que se desatara porque el magistrado Jaime Escalante, tocara las partes íntimas de una niña. La Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, consideró que no cometió un delito sino una falta. El presidente Nayib Bukele también se pronunció por este caso.

Al final, el abusador guarda prisión domiciliar mientras la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, revisa la apelación presentada por la Fiscalía General de la República (FGR).

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Carlos Ramos
Periodista salvadoreño
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