martes, 14 mayo 2024

GAS baja un -2.9%. Exportación energética sube al 73.3%

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GAS baja hasta el -2.9% en cilindros sin subsidio. Con subsidios, el GLP de 35 lbs pasa de los $7.46 en julio 2022 a los actuales $7.02. Exportaciones de gas y energéticos suben al 73.3%.

Por Alessia Genoves


A un -2.9% cae el precio del Gas Licuado del Petróleo (GLP). La variación a la baja corresponde a la relación inter-anual entre los precios establecidos por la Dirección General de Hidrocarburos y Minas (DGEHM) desde el 31 de enero al 1 de agosto de 2023. De modo que las ofertas de 35 libras (lbs) pasaron de tener un precio de $15.50 a los $15.06 USD, lo que define una variación a la baja del -2.02, sin subsidio; mientras que, con subsidio, dichas ofertas pasaron de los $7.16 USD en mayo a los $7.02 en agosto de 2023.

Al 73.3% incrementaron las exportaciones en los suministros de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado -que en ésta nota nos referiremos como “energéticos”-. Es una cifra que define una variación al alza en el orden comparativo inter-anual del mes de enero al mes de junio de los años 2022 al año 2023. De modo que los resultados del primer semestre del año anterior rindieron un resultado de $12,26 millones USD; mientras que en el primer semestre de 2023, el resultado ha sido de $45,93 millones USD. Mientras que las importaciones se redujeron al -$159%, pasando de los $58.19 millones USD en el primer semestre de 2022 a los $22.41 millones USD en el mismo período de 2023.

Sanciones de entre $10,000.00 USD a los $100,000.00 USD se aplicarán en contra de aquellos comerciantes de GLP que incumplan la fijación de precios. Se trata de la recién aprobada prórroga a la “Ley Transitoria para Sancionar la Comercialización de Productos Derivados del Petróleo”, que se aprobó con 64 votos a favor, al cierre de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 116 celebrada en el Salón Azul de la Asamblea Legislativa. La ley, por tanto, impera “cumplir con leyes y reglamentos técnicos centroamericanos y normas salvadoreñas, sobre aquellas actividades sujetas a control de calidad GLP”, y otras regulaciones como la gestión de la declaración patrimonial para los comerciantes.

Bajan los precios del GLP

Explica el Ministerio de Hacienda , en el Decreto No. 50, que la nueva configuración de precios responde a “circunstancias exógenas”, que nacen desde la divulgación de las políticas de las “11 medidas contra la inflación”, en marzo de 2022,, arraigada a la sanciones financieras impuestas por la Organización Trans-Atllántico Norte (Otan) a la Federación Rusa, por la ocupación del territorio de Ucrania.

$15.06 USD es el precio del GLP en su oferta de 35 lbs, que es menor a la oferta de enero de $15.50 USD; la relación entre ambas, entre tanto, definen una variación a la baja del -2.97%, de acuerdo con la DGHM. Mientras que el barril de 25 lbs pasó de los $11.13 USD a los $10.82 USD al mes de agosto de 2023, definiendo una variación a la baja del -2.87%.

DGHM también detalla que las ofertas de 20 lbs pasaron de los $8.98 USD -a partir de enero- a los $8.73 USD, definiendo una variación a la baja del -2.86%. Al mismo tiempo, las ofertas de cilindros de gas de 10 lbs pasaron, en los mismos períodos, de los $4.61 USD a los $4.50 USD, por lo que la variación sólo fue del -2,4%.

¿Cuánto vale el GAS con subsidio?

Aquellas ofertas que suponen la administración de subsidios, tienen una variación distinta; y con ofertas mucho menores. Por ejemplo, aquellas ofertas contenidas en los cilindros de 35 lbs pasaron de venderse a un precio de $7.45 USD, desde julio de 2022, a los $7.02 USD para agosto de éste 2023, lo que define una variación a la baja del -6.27%. Mientras que las ofertas de 25 lbs pasaron, en el mismo período, de venderse desde los $3.03 USD a los $2.78 USD, definiendo una variación a la baja del -3.2%.

$0.09 USD es el valor actual del contenido del cilindro de gas de 20 lbs, siendo menor respecto al cilindro que se vendía en julio de 2022 por un precio de $0.94r USD; por lo que la variación a la baja se deduce en un -36.22%. Mientras que el cilindro de 10 lbs se ha mantenido a un precio nulo y sen variación; es decir, que desde el año pasado, el precio es de $0.00 USD.

Es necesario destacar que los fondos designados en la cobertura de subsidios al GLP los define ahora el Ministerio de Hacienda. Entretanto, el Ministerio de Economía (Minec) focaliza la emisión de subsidios en al menos 20 casos distintos, para proporcionar una cobertura sobre aquellos hogares que han llegado a tener un consumo de energía eléctrica menor a los 200 kilovatios por hora, desde los últimos 12 meses.

El Manual de Procesos y Procedimientos de Atención al Beneficiario de Subsidio al GLP también proporciona ésta cobertura en la facturación de los consumidores que reporten problemas médicos; y hasta sobre las instituciones educativas con cuenten con un presupuesto de Plan de Alimentos.

Más exportaciones

ContraPunto observa que, tras a la estabilización fijada por el gobierno sobre los precios del glp, existe un decrecimiento en el consumo de productos y servicios de suministro energético. La tendencia puede compararse desde la fecha del 1 de julio del año 2021, cuando aún no había estabilización fija en los precios del GLP. Hasta entonces, la Balanza Comercial de Bienes y Servicios del Banco Central de Reserva (BCR) registraba un gasto de $10.56 millones USD; mientras que la producción y exportación de los mismos insumos representaba sólo $0.12 millones de dólares al PIB.

Sin embargo, el descenso más sensible en la balanza comercial de importaciones, comenzó apenas en durante el mes de febrero de éste año. Hasta entonces, el consumo cayó a los $5,90 millones USD; mientras que las exportaciones llegaron a los $4.35 millone USD. Pero no superarían las exportaciones a las importaciones, sino hasta el mes de marzo de éste año; cuando éstas ascendieron a los $3.70 USD; mientras que las primeras bajaron a los $3.30 USD. Y también fueron mayores durante el mes de abril, siendo de $7.07 millones USD; mientras que las importaciones cayeron a los $3.20 millones USD.

DGHM, por su parte, estableció una nueva configuración para la estabilización de precios; sin embargo, el registro más actualizado es el de los meses de mayo y junio. De modo que para el mes de mayo, se observa una reducción en el consumo de energéticos, desde los $7.76 millones USD de 2022 a los $1.71 millones USD de éste 2023; mientras que las exportaciones pasaron desde los $5.02 millones USD a los $10.47 millones USD éste año. Y ya, para el mes de junio, se observa un descenso en el consumo desde los $7.70 millones USD en 2022 a los $1.71 millones USD para 2023; mientras que las exportaciones pasaron desde los $5.44 millones USD para que en 2023 llegara a los $12.39 millones USD.

ContraPunto concluye que las exportaciones tuvieron un incremento del 73.31% desde el mes de junio del año 2022, al mes de junio del año presente. Mientras que la importación de energías cayeron al -159.66% durante el mismo período. En paralelo se observa que la balanza comercial de éste año pasó de reportar un déficit de -$896.83 millones USD en junio de 2022, para que en junio de 2023 se reduzca a los -$721.39 millones USD.

¿Qué obligaciones y castigos tienen los distribuidores que incumplan?

Obligados están los productores y distribuidores de productos derivados de petróleo a establecer un precio específico a la “cantidad, calidad y precio de los productos del petróleo”. Particularmente, la Ley Transitoria para Sancionar establece 6 diferentes obligaciones, cuyo desacato estaría sujeto a sanciones:

  1. Cumplir con leyes y reglamentes técnicos centroamericanos y normas salvadoreñas, sobre aquellas actividades sujetas al control de calidad del GLP, conforme al “peso del producto contenido en el cilindro”.
  2. Permitir las inspecciones de las instalaciones en un plazo no menor de 15 días, desde la Dirección de Hidrocarburos y Minas. Ello implicaría l inspección de la documentación, además de los controles de muestreo químico
  3. Atender las Instrucciones de la Dirección, de interrumpir la salida de vehículos de depósitos
  4. Envasar el GLP exacto de cada cilindro portátil, que permitirá su distribución y comercialización
  5. Respetar el precio máximo del envasado del GLP, establecidos por la Dirección
  6. Excluir del precio de venta de los combustibles líquidos automotrices, el cargo relativo a la “Cuenta Especial de Estabilización y Fomento Económico”, denominado FEFE

La ley también es punitiva. Sus sanciones se establece en el art. 3, que se deducen del incumplimiento de las obligaciones:

  1. “Los incumplimientos a las obligaciones señaladas en las letras b) y e) del artículo anterior, serán sancionadas con multas que van desde QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$500.00) a DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$10,000.00)”
  2. “Los incumplimientos a las obligaciones señaladas en las letras a), c), d) y f) del artículo que antecede, se sancionarán con multas que van desde DIEZ MIL UN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$10,001.00) a CIEN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$100,000.00)”.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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