domingo, 12 mayo 2024

En la Asamblea indagan sobre intervenciones telefónicas

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Este procedimiento se usa únicamente cuando se investigan delitos como homicidio, privación de libertad, secuestro y atentados contra la libertad, pornografía, extorsión, negociaciones y agrupaciones ilícitas, comercio de personas, entre otros.

Desde el 2010, El Salvador cuenta con la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones, la cual surge tras un acuerdo de reforma constitucional aprobada y ratificada por el Palacio Legislativo, con el objeto de contribuir al combate a la delincuencia; en ese sentido, los diputados de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales conocieron el informe que año con año deben recibir por parte del fiscal General de la República, Raúl Melara. Los diputados externaron su satisfacción con los resultados provenientes de la intervención telefónica. La información por razones de seguridad no puede ser divulgada y solo tuvieron acceso los parlamentarios.

El artículo 48 de la ley en mención, le confiere al fiscal General la obligación de presentar un informe de carácter confidencial anual a los miembros de esa mesa de trabajo legislativo; las intervenciones se realizan en el marco de la investigación de delitos como homicidio, privación de libertad, secuestro y atentados contra la Libertad,  pornografía, extorsión, negociaciones y agrupaciones ilícitas, comercio de personas entre otros.

En ese contexto, el parlamentario Javier Valdez del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), comentó: “La ley está dando muy buenos resultados y hay muchos datos que indican la efectividad como salvaguardar la vida de 70 personas, y hay un 90% de casos judicializados”; además el diputado informó que se recibieron tres propuestas de reformas a la normativa referentes a plazos y funcionamiento “para hacer de esta ley una herramienta eficiente y eficaz para todos los salvadoreños”.

Explicó que el jefe del Ministerio Público solicitó enmiendas de tal forma que se puedan extender los plazos de las intervenciones de las telecomunicaciones; esto le permitiría a la Fiscalía recolectar más informkación durante el desarrollo de una investigación.

Tras conocer el informe, el diputado Antonio Almendáriz del Partido de Concertación Nacional (PCN), externó que están “más que satisfechos porque ha dado -las escuchas telefónicas- muy buenos resultados”, a la vez agregó que entre las peticiones hechas por el funcionario destacan las encaminadas a fortalecer “la investigación del delito, respecto a la cadena de custodia, la autorización de los jueces y el tiempo para la destrucción de material”.

La intervención de las telecomunicaciones son autorizadas por un juez y por plazos no superiores a tres meses, los que podrán prorrogarse hasta por tres períodos más, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones en El Salvador, se asigna al titular de la FGR como la única autoridad facultada para solicitar una intervención telefónica en persecución del delito,  en particular el crimen organizado.

Mediante el Acuerdo de Reforma Constitucional No. 5, ratificado por Decreto Legislativo No. 36, del 27 de mayo de 2009, se modificó el artículo 24 de la Carta Magna, a fin de permitir excepcionalmente la intervención temporal de las telecomunicaciones, previa autorización judicial motivada, para la investigación de los delitos que una Ley Especial determine.

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Carlos Ramos
Carlos Ramos
Periodista salvadoreño
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