jueves, 18 abril 2024

Emiten disposiciones que permitirán importe de pruebas PCR

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Esta medida permitirá que el país se abastezca de insumos para proteger de contagios de coronavirus y que la población obtenga mascarillas, alcohol gel y otros insumos

La Asamblea Legislativa emitió Disposiciones Especiales y Transitorias aplicables a la importación, fabricación y comercialización de productos sanitarios necesarios para combatir la pandemia por COVID-19.

Esta medida permitirá que el país se abastezca de insumos para proteger de contagios de coronavirus y que la población obtenga mascarillas, alcohol gel y otros insumos necesarios para su protección, importe pruebas PCR u otras para detectar el COVID-19, pruebas de anticuerpos como IGG e IGM entre otras, certificadas por la FDA.

La iniciativa surge dado el desabastecimiento de insumos de protección e higienización para prevenir contagios por COVID-19. Con las disposiciones, se faculta a la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM), para que emita las autorizaciones necesarias para la fabricación, importación y comercialización de los productos que requieren ser utilizados por la población.

En ese sentido, la Dirección deberá autorizar la importación y comercialización a los titulares de empresas -debidamente inscritos como importadores-, para importar y comercializar pruebas PCR, pruebas de anticuerpo como IGG e IGM entre otras, alcohol gel, higienizantes, mascarillas, termómetros, oxímetros y concentradores de oxígeno y demás productos directamente relacionados con la atención de la emergencia nacional derivada de la pandemia del COVID-19.

Además, se autoriza para que cualquier persona natural o jurídica pueda importar pruebas PCR u otras para detectar el COVID-19, pruebas de anticuerpos como IGG e IGM entre otras, certificadas por la FDA, ya sea para uso personal, para que los patronos puedan aplicarlas a sus trabajadores o comercializarlas, siempre y cuando estos productos cuenten con la autorización de la dirección de medicamentos. Los importadores deberán cumplir con los estándares nacionales e internacionales establecidos para garantizar la calidad, seguridad y eficacia y la DNM verificar el cumplimiento de estos.

También, con el decreto se habilita, por el período de 120 días contados a partir de la vigencia del mismo, los certificados de buenas prácticas de manufactura de los laboratorios farmacéuticos, cosméticos e higiénicos.

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Redacción ContraPunto
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Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto
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