martes, 16 abril 2024

Diputados facultan a usuarios de sistema financiero tener control de historial crediticio

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Los derechos de acceso, rectificación, modificación y cancelación de los datos almacenados para prestar los servicios de información de datos sobre historial de crédito, podrán ser ejercidos por el consumidor.

El Pleno Legislativo reformó la Ley de Regulación de los Servicios Crediticios a fin de garantizar mayor seguridad, confiabilidad y buen uso del historial crediticio de los salvadoreños.

En ese sentido, los derechos de acceso, rectificación, modificación y cancelación de los datos almacenados para prestar los servicios de información de datos sobre historial de crédito, podrán ser ejercidos por el consumidor o cliente ante el agente económico y la agencia de información de datos.

Asimismo, estos derechos podrán ser demandados ante la Defensoría del Consumidor, pudiendo el usuario o cliente, realizar el reclamo para ratificar sus datos por los medios establecidos en la presente ley, incluyendo los medios tecnológicos, agregando la documentación probatoria al respecto.

Por otra parte, la Superintendencia del Sistema Financiero deberá remitir un informe anual a la Comisión Financiera de la Asamblea Legislativa, en el cual se incluya el cumplimiento del marco jurídico y la información detallada de las diferentes entidades que registran, almacenan y suministran datos personales y financieros.

En cuanto a la Defensoría del Consumidor, esta deberá enviar un informe semestral a dicha mesa parlamentaria, en el que detallará el consolidado de denuncias contra las agencias de información de datos y las respectivas resoluciones.

Las presentes reformas surgen en razón de que, pese a los beneficios que ha traído la aplicación de dicha ley, aún persisten ciertos vacíos en la actualidad, sobre todo en lo relativo a los niveles de cumplimiento por parte de los agentes económicos y las agencias de información de datos

En otro tema, los parlamentarios también aprobaron parcialmente las observaciones hechas por el presidente de la República al Decreto Legislativo n° 743, aprobado el pasado 1 de octubre 2020, que contiene el proyecto de Ley de Títulos Valores Electrónicos.

Esta iniciativa tiene como objeto avalar la circulación de títulos valores de forma digital en las transacciones mercantiles.

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Redacción ContraPunto
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Nota de la Redacción de Diario Digital ContraPunto
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