El diputado de la fracción legislativa de ARENA, René Portillo Cuadra, explicó que los parlamentarios deben hacer una sesión plenaria para poder actualizar el Decreto 661, que fue declarado Constitucional por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
El cuerpo de ley en cuestión, es el que el mandatario salvadoreño vetó en junio debido a que lo catalogó como inconstitucional, alegando que se exponía a la población a un potencial contagio masivo de coronavirus.
Bukele argumentó que el decreto 661 es inconstitucional, ya que considera que viola el artículo 86 de la Constitución de la República.
Indicó que el decreto vetado obvia el necesario equilibrio entre derechos, "al favorecer la reanudación de las actividades económicas por sobre criterios técnicos y médicos que buscan salvaguardar la vida y la salud de la población".
"Desbordaría la capacidad del sistema de salud", sostuvo el mandatario, sobre el plan de reapertura económica normada en el decreto 661, que ordenaba la inmediata activación del servicio de transporte público y no contemplaba detenciones de personas que incumplieran cuarentena.
Por lo que insistía en que se decretara una cuarentena estricta por 21 días, luego bajó a 15, pero el debate fue estéril entre el Ejecutivo y el Legislativo, por lo que los diputados formaron un cuerpo de ley ocupando algunos elementos del documento presentado por el Gobierno.
Pese a la negativa del presidente, el 25 de junio la Asamblea acordó con 61 votos superar el veto, lo que se convirtió en una controversia que quedó en manos de la Sala de lo Constitucional.
la Sala le dio la razón a los diputados al indicar que no hay inconstitucionalidad alguna.
“Declárase que en los artículos 16 y 17 del Decreto Legislativo número 661, aprobado por la Asamblea Legislativa el 12 de junio de 2020, no existe la inconstitucionalidad alegada, en los términos expuestos en esta sentencia, con respecto a la supuesta violación de los artículos 65, 66 y 86 inciso 1° de la Constitución, es decir, a la separación orgánica de funciones”, plantearon los magistrados.
El Judicial sostuvo que la normativa vetada no invade las competencias del Órgano Ejecutivo, puesto que la limitación de los derechos fundamentales forma parte de las competencias del Órgano Legislativo, a la vez que dicha normativa es parte de las obligaciones positivas que genera el derecho a la salud, máxime cuando implica la protección de las personas en condición de vulnerabilidad.
Agregó que la normativa vetada no viola el principio de colaboración interorgánica en los términos expuestos por el veto, porque la opinión del Ministerio de Salud sí es tomada en cuenta para la ejecución y aplicación de tal decreto. Esta decisión acarrea los efectos indicados expresamente en el considerando X 1 de la presente sentencia.
Por lo tanto, el Presidente en el menor tiempo posible debe aprobar la Ley y publicarla en el Diario Oficial.
Antes de eso, Portillo Cuadra aseguró que es necesario hacer una plenaria para poder modificar fechas, porque el documento fue estipulado a ejecutarse desde junio, pero se encontraba en impase.
"Si la Asamblea Legislativa no emite reformas modificando las fechas de apertura económica, el 24 se abriría toda la economía sin excepción”, manifestó el constitucionalista.
Castro reacciona ante resolución
Por su parte, el secretario jurídico de la Presidencia, Conan Castro, afirmó que el gobierno acatará la sentencia de la Sala de lo Constitucional que ordenó aunque dijo no estar de acuerdo con dicha resolución.
Castro se refirió a la sentencia de los magistrados como “abusiva, intromisiva y política», además que resultaba ineficaz.
“Esto lo único que demuestra que la Sala de lo Constitucional está politizada”, expresó.
Castro alegó que el decreto en cuestión ya había sido vetado por el presidente y que “el veto es una de las facultades que tiene el presidente de la República” de acuerdo a la ley. En tal sentido, afirmó que la postura de la sala “es irreverente”.