lunes, 15 abril 2024
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Desmitificando la Reforma Constitucional

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A doscientos años de iniciada la vida republicana de El Salvador, se ha abierto un proceso para adaptar nuestra constitución a las realidades del siglo XXI y responder a las demandas y necesidades de los ciudadanos salvadoreños

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En 2020, es preciso asumir de forma crítica, responsable y visionaria que el tipo de gobierno que nos legaron en la constitución de 1983, ya no responde a la demanda de desarrollo, progreso, bienestar, convivencia, felicidad y dignidad en que los ciudadanos debemos coexistir; por lo qué, se vuelve impostergable un nuevo pacto social que responda a las expectativas e intereses de las presentes y futuras generaciones.

A doscientos años de iniciada la vida republicana de El Salvador, se ha abierto un proceso para adaptar nuestra constitución a las realidades del siglo XXI y responder a las demandas y necesidades de los ciudadanos salvadoreños.

El país necesita superar esa historia de reformas constitucionales bajo la premisa de: “por esta única vez”, para solapar pretensiones ilegitimas y reprochables sólo para mantenerse en la presidencia del ejecutivo. O, la de golpes de Estado para restablecer el “orden perdido”.

La Constitución de 1983, basada en la Constitución de 1950, fue en esencia una respuesta de las élites, reaccionaria y contrainsurgente, ante la posibilidad de cambio social mediante una revolución.

Eso explica, por qué, muchos de sus artículos son ineficaces, parecieran no existir o estar derogados en la práctica, por no ser parte de la vida diaria de las personas, en muchos casos son de difícil realización, ya que no se cumple el fin para el que se establecieron, valga citar los siguientes: la contratación colectiva, Artículo 38; el banco propiedad de los trabajadores, Artículo 46; la libre sindicalización, Artículo 47; o se cumplen parcialmente, cómo sucede con: la jurisdicción especial de trabajo, Artículo 49, o, la seguridad social, Artículo 50.

Otros artículos de la constitución de 1983, que quedaron truncados en su alcance, como es el Artículo 105, al no concretarse la “tercera fase” de la reforma agraria, que reduciría a 100 hectáreas el límite máximo de propiedad sobre la tierra rústica, esta fue abortada después del asesinato el 3 de enero de 1981 de Rodolfo Viera, quién era Presidente del Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria y de los asesores estadounidenses de la reforma agraria Mark Pearlman y Michael Hammerde, lo que no permitió avanzar a una distribución más justa de la tierra.

Las reformas de 1991-1992, devenidas del proceso de negociación para poner fin a la guerra civil, fueron una respuesta sensata, pero limitada, para procurar el acuerdo de paz; esa reforma, buscó transformar el régimen político para asegurar la pluralidad y la convivencia democrática, por lo que sólo se abordaron los temas de Sistema Judicial, Sistema Electoral, Fuerza Armada (subordinación al poder civil, doctrina), Seguridad Pública y Derechos Humanos.

A pesar de la trascendencia de esas reformas, resultantes del Acuerdo de Paz, éstas enfrentaron un torpedeo sistemático que no ha permitido que cumplan a plenitud el fin de democratizar el país. Puede decirse, que persiste, aún hoy, un cuestionamiento a su legitimidad.

La sociedad salvadoreña, enfrenta un lastre de problemas sin resolver y demandas sociales insatisfechas, entre ellas, la situación económica del país y del mundo, la crisis de las finanzas públicas, la profundización de la desigualdad económico social, la exclusión, la pobreza, agravadas estas por la crisis de la COVID 19; además de la violencia social, la falta de dialogo democrático, las conductas autoritarias, la impunidad, la corrupción, las debilidades de las instituciones democráticas, la elección de funcionarios en las instituciones bajo la componenda y el reparto de cuotas, profundizando el descrédito de la política, los políticos y los partidos políticos.

Todo lo anterior, aunado a las nuevas tendencias jurídicas, las nuevas realidades del mundo del trabajo, el desarrollo de las tecnologías y la dinámica de la revolución técnico científica, los pactos y convenios internacionales en materia de trabajo, ambiente, desarrollo sostenible, entre otros que nos condicionan; el reconocimiento de nuevos derechos individuales, así como la responsabilidad que tienen las empresas en materia de derechos humanos y desarrollo sostenible.

En el centro se pone la vida de las personas, la dignidad y calidad de existir a lo largo del ciclo de vida y en las relaciones con otras personas y con las instituciones del Estado.

Esos aspectos, constituyen, los factores objetivos que deben abordarse para formular una nueva normativa fundamental, una nueva constitución (reformada), desde el enfoque de las personas, el bien común, la responsabilidad subsidiaria del Estado, la primacía de la voluntad de las mayorías sin desconocer, pero sí reivindicar, los intereses de grupos o colectivos minoritarios.

Nuestra experiencia constitucional no registra amplia participación en el proceso de sensibilización, análisis, revisión para la proposición de reformas, por lo general, el pueblo ha sido un mero espectador; se ha implantado en el imaginario colectivo que el proceso de reformas a la constitución es peligroso a la estabilidad y a la seguridad. Lo que es natural en una sociedad democrática, acá se ha demonizado, de ahí que, la iniciativa para la revisión de la constitución sea un paso importante, que va más allá, de sólo conocer la actual constitución.

En el fondo los límites para reformar la constitución ha sido la poca o nula voluntad política de las elites. Eso ha llevado a descuidar la justicia social, atentando contra la paz, el desarrollo y el progreso de las mayorías. Revisar y reformar la constitución, es, en el fondo, defenderla, asegurarla y ciudadanizarla.

Teniendo en cuenta la soberanía y la autodeterminación del pueblo, sin desconocer el contexto y las tendencias del entorno; y, asumiendo con realismo que el pacto social que nos rige está agotado, está en crisis. Los salvadoreños debemos legarnos una nueva norma fundamental y adecuar el marco normativo que nos rige.

Entendido esto y asumiendo los tiempos políticos y procesales requeridos para la reforma, es claro que las elecciones del 28 de febrero próximo, se convierten en un “momento de referéndum” para someter ante los electores si se está de acuerdo con iniciar un proceso de reformas en diferentes temas de la constitución. Con lo que, en el periodo de mayo 2021 a abril 2024, se llevaría adelante la tramitología de presentación y discusión legislativa establecida en el Artículo 248 de la Constitución, que concluirá en esa fase, con la aprobación de las reformas propuestas; y, en el periodo 2024 a 2027 se someterán a su ratificación, con lo que las elecciones de 2024 que son generales, serán un nuevo “momento de referéndum” para legitimar una nueva etapa constitucional.

Este proceso no es un tema exclusivo de abogados, debe ser apropiado por la ciudadanía, las organizaciones de la sociedad civil, los sindicatos y movimientos sociales. Sin duda, el proceso requerirá de los mejores juristas nacionales y del apoyo técnico internacional, pero sobre todo debe ser un tema de la gente.

El gran reto es como armonizar y validar el análisis crítico y las ideas de propuesta de reforma a la constitución, entendiendo que se procurará un equilibrio social, sobre la base de la justicia para que haya paz.

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Francisco Martínez
Francisco Martínez
Columnista y analista de ContraPunto. Consultor en temas sociolaborales, exdirigente sindical y exmilitante insurgente. Con experiencia en capacitación y organización popular, formación en finanzas corporativas y gestión de recursos humanos.

El contenido de este artículo no refleja necesariamente la postura de ContraPunto. Es la opinión exclusiva de su autor.

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