Cámara revierte la detención domiciliar para Ernesto Muyshondt

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Esta medida también aplica para el extesorero de la comuna, Fernando Heriberto Portillo Linares.

La Cámara Tercero de lo Penal dejó sin efecto la resolución de julio pasado en la que le otorgaban arresto domiciliar, esto al decretar nuevamente detención provisional para el exalcalde de San Salvador, Ernesto Muyshondt.

Muyshondt es acusado del delito de incumplimiento de deberes por un monto de $5, millones 109 mil 628.60, en concepto de deuda por retenciones de cuotas laborales en perjuicio de empleados municipales.

Con la resolución emitida por la Cámara Tercera de lo Penal queda sin efecto el arresto domiciliar que benefició a Muyshondt, el cual fue emitido por el Juzgado Séptimo de Paz de San Salvador, el pasado 6 de septiembre.

“Revócase la resolución emitida por esta Cámara (…) mediante la cual se sustituyó la detención provisional por la medida cautelar del arresto domiciliario, junto con la imposición de la caución económica para los imputados referidos, las cuales deberán dejarse sin efecto, y en consecuencia, decrétase la detención provisional a los sindicados Ernesto Luis Muyshondt García Prieto y Fernando Heriberto Portillo Linares (extesorero municipal)”, detalla en la resolución de la Cámara.

En el caso de Portillo Linares, junto al exdirector de finanzas, Santos Omar Muñoz González, la Fiscalía General de la República (FGR) los acusa de apropiación y retención de cuotas laborales en perjuicio 41 trabajadores de la alcaldía de San Salvador, de la Dirección Municipal para la Gestión Sustentable de Desechos Sólidos y 54 entidades entre las que hay instituciones financieras y sindicales.

Según las investigaciones fiscales, entre mayo de 2019 y abril de 2021, fueron retenidas sin justificar cuotas laborales a los empleados municipales.

Los magistrados sustitutos Carlos Alberto Iraheta Zelaya y José Manuel Chávez López validaron los argumentos que la Fiscalía General de la República presentó en una apelación a la medida de arresto domiciliario.

“El análisis de la presente petición, parte de la exposición de circunstancias que afectan la variabilidad de las razones que sostienen la medida del arresto domiciliario respecto de los imputados aludidos, siendo estas básicamente, la imposibilidad de dar cumplimiento a la misma, en virtud de la custodia policial que vigilaría los inmuebles fijados por los encausados, y segundo, por la coexistencia de otros procesos judiciales seguidos a los mismos imputados en mención, que habilitaría otro tipo de interpretaciones respecto a lo que conformaciones subjetivas anteriores han considerado en el marco de su criterio judicial”, indicó la resolución.

Los magistrados también validan el argumento fiscal que señala que tanto Muyshondt y Portillo son procesados por otros delitos, en otros juzgados, a pesar que en dichas sedes judiciales han ordenado arrestos domiciliares.

La Cámara le ordena al Juzgado Octavo de Instrucción que libre oficios para que devuelva las fianzas de $50,000 y $10,000 que los imputados ya habían cancelado.

Tanto en la Cámara que conoce las apelaciones del Caso Muyshondt como el Juzgado que lleva el proceso tuvo cambios en los jueces titulares: en la cámara hubo traslados de magistrados al interior del país, mientras que el exjuez Octavo de Instrucción fue elevado a magistrado de Cámara.

El caso de Muyshondt en fase de instrucción será conocido por la jueza María Magdalena Flores Orellana, juramentada el 26 de septiembre por la Corte Suprema que dirige el magistrado Óscar López Jerez.

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