jueves, 10 octubre 2024

Bukele veta reformas por depuración del padrón electoral

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A su juicio, las enmiendas que hicieron los diputados al Código Electoral es inconstitucional, porque no se consultaron a todos los entes involucrados como al RNPN, COMURES e ISDEM.

Un nuevo veto a un decreto legislativo fue enviado a la Asamblea ayer por el presidente Nayib Bukele, y recibido a las 14:36 por correspondecia, cuando ya habían pasado un par de horas de la sesión solemne por el nombramiento oficial del nuevo presidente de la Asamblea Legislativa, el diputado del Partido de Concertación Nacional (PCN), Mario Ponce.

Para el gobernante, los diputados violaron los artículos 85 y 135 de la Constitución, referentes a los principios de democracia, pluralismo, publicidad, contradicción, libre debate y discusión.

El 29 de octubre, los diputados de la Comisión de Reformas Electorales, aprobaron un dictamen que entró al pleno posteriormente y luego aprobado. La enmienda a la legislación electoral permitía sacar a más de medio millón de personas fallecidas o ciudadanos que han sido condenados en juicio y por tanto han perdido su derecho constitucional a emitir el sufragio.

Pero, ¿Qué es lo que no le parece a Bukerle?

En el veto plantea que no se tomaron en cuenta algunas instituciones, que Bukele considera tendrían que haber llamado los diputados antes de aprobar las enmiendas electorales.

Por ejemplo, menciona que dentro de las instituciones relevantes que podían la contribuir con sus aportes y opiniones ilustrativas, dada la naturaleza y competencias, están el Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (ISDEM), el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) y la Corporación de Municipalidades de la República de El Salvador (COMURES), independientemente del sentido de las opiniones que tales instituciones podrían generar sobre el mismo.

“En ese sentido, consultado por la Presidencia de la República, el Registro Nacional de las Personas Naturales, comunicó no haber sido escuchado por la Comisión de Reformas Electorales, encargada del dictamen respectivo, señalando además, una serie de aspectos que requieren de una especial atención en el decreto legislativo No.466 aprobado”.

Para el gobernante, la reforma planteada, pretende establecer una sanción para el RNPN, por la omisión del envío del Tribunal Supremo Electoral (TSE), de partidas de defunción, no obstante; la obligación de llevar los registros civiles y del Estado Familiar, y el Registro Natural de las Personas Naturales; que es responsable de la supervisión de los mismos, así como de la actualización de toda la información en sus sistemas internos, siendo estos el de partidas de nacimiento, defunción y del Documento Único de Identidad (DUI), en atención al Reglamento de la Ley Orgánica del RNPN.

El presidente Bukele sustenta su veto en que se desconoce si los diputados consultaron al ISDEM y COMURES y se ampara o cita, una inconstitucionalidad que la Sala del tribunal constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pronunció el 21 de agosto de 2009. “En una democracia pluralista, el Parlamento no es solo un Órgano de Estado que adopta sus decisiones por mayoría, sino una institución representativa del pluralismo político de la sociedad. Es el Parlamento por tanto, el único lugar del Estado donde la pluralidad sociedad está representada, es decir, donde queda reflejada, y no disuelta en la unidad de acción en otros entes estatales”.

El presidente insiste en el veto. Que el interés de la Asamblea de impulsar reformas al Código Electoral, de cara a las elecciones de alcaldes y diputados de 2021, no obstante; dichas reformas, cuando involucra las competencias técnicas de otras instituciones del Estado, “es necesario que sean debidamente consultadas…, a fin de salvaguardar la armonía del orden jurídico y evitar duplicidad en el ejercicio de las funciones de las diferentes instituciones estatales, con el consiguiente perjuicio al desarrollo de una buena administración pública”.

La diputada Anabel Belloso, del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), le recordó al presidente que el decreto lo que pretende no es solo el de regular el padrón electoral, sino también el plazo y establecer sanciones cuando no se cumpla la ley.


Para la legisladora de izquierda, el veto presidencial no tiene fundamento y lo ha planteado de manera subjetiva y por tanto no comparten el criterio. Y dado que todos los partidos políticos votaron por esa reforma, no descartan superar el veto presidencial.

Mario Tenorio, del partido GANA, no dejó de expresar su sorpresa por la decisión presidencial y dijo que estudiará los argumentos del Ejecutivo.



También observó dos decretos


Pero el presidente Nayib Bukele, de igual manera envió a la Asamblea dos decretos observados. Uno tiene que ver con reformas a la Ley de la Carrera Policial y la otra a la Ley de Comercio Electrónico.

En el primer caso, el mandatario no está de acuerdo en que se suprima el entrenamiento como parte de los cursos de ascensos de los policías. Dicha disposición en la ley.

Con las reformas de los diputados, se infiere en que lo que se persigue es suprimir la parte práctica policial exclusivamente en los procedimientos de ascensos del personal policial, lo cual se encuentra regulado en el “Procedimiento General de Ascenso”.

Por ese motivo, Bukele dice que es imperativo ubicar la reforma en los procedimientos de ascensos, para no distorsionar la regulación al ingreso a la Carrera Policial, que no es la finalidad que se persigue en las distintas v con la enmienda aprobada por los diputados.

El presidente recomienda, suprimir la parte relativa a la formación práctica en los cursos de ascensos en el artículo 33 de la Ley de la Carrera Policial.

Y propone: “Los cursos de ascensos en las distintas categorías y niveles tendrán una formación teórica una duración mínima conforme a lo establecido en el reglamento que es elaborado en la Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP), en un plazo máximo de 60 días, que será presentado al Ejecutivo para su aprobación.

En lo que respecta a la Ley de Comercio Electrónico, la Presidencia pide revisar las disposiciones para garantizar la armonía en el ordenamiento jurídico. En ese sentido, señala que el ordenamiento jurídico ya cuenta con normativa relativa al tema, enfocada desde diferentes perspectivas.

La Ley de Comercio Electrónico desarrolla un tema que no es ajena al ordenamiento jurídico del país, por eso debe ser armónica. Y  el decreto excluye a los proveedores y consumidores de la Ley de Protección al Consumidor.

Por eso la Presidencia opina que es necesario incorporar la armonía con dicha ley e incorporar disposiciones que permitan la protección en ese ámbito.

El presidente de la Asamblea, Mario Ponce, mantiene un discurso de “cero” confrontación con el Ejecutivo, pero estas decisiones y; las reorientaciones presupuestarias que pide Bukele, apuntan a que existe una gran probabilidad que el presupuesto 2020 no lo aprueben; y menos los créditos. La última sesión ordinaria es el 19 de diciembre, pero puede convocarse  a una extraordinaria en cualquier momento ¡He incluso fecha!

Desde que asumió la presidencia, Bukele ha vetado 9 decretos legislativos;  y de igual forma ha observado 12.

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Carlos Ramos
Carlos Ramos
Periodista salvadoreño
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