lunes, 15 abril 2024

Aprueban Ley de Bomberos. Incorpora impuesto del 5% sobre los seguros

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Con la nueva ley, el Cuerpo de Bomberos será una institución autónoma, aseguraron los diputados de la Asamblea Legislativa.

Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron con 75 votos a favor la Ley del Cuerpo de Bomberos de El Salvador, la cual se compone de 84 artículos y tiene como fin “reestructurar el marco normativo y orgánico de dicha institución, con la finalidad de ejecutar sus acciones de manera eficaz, elevando los estándares de calidad del servicio que presta”.

Tras la entrada en vigencia de la nueva normativa, quedará derogada la actual Ley, que fue aprobada por el parlamento el 9 de marzo de 1995. Precisamente, ese es el motivo por el cual los legisladores aseguran que “ya no responde a las necesidades actuales”, ante las acciones de prevención y pronta respuesta que los Bomberos tienen como competencia.

En ese sentido, la ley dotará de personalidad jurídica al Cuerpo de Bomberos, es decir, ya no se reconocerá como una Dirección General adscrita al Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, sino como una institución autónoma, la cual tendrá “libertad en lo técnico, administrativo, normativo y económico”.

La estructura de la institución estará integrada por la Junta Directiva, la cual se compondrá por un presidente, quien será designado por el presidente de la República, es decir, Nayib Bukele; el director general de Protección Civil, presidente de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), director general de la Policía Nacional Civil (PNC), ministro de la Defensa Nacional y el ministro de Salud. En caso de que los titulares de las entidades mencionadas no estén disponibles, deberán designar a una persona que asuma su rol, según la ley.

Asimismo, la entidad la conformará la Dirección General del Cuerpo de Bomberos. El director de esta será nombrado por la Junta Directiva.

Impuesto a seguros

La nueva ley establece que el patrimonio del Cuerpo de Bomberos estará constituido, entre otras cosas, de las asignaciones que se fijen en el Presupuesto General de la Nación. 

Dentro de los fondos que ingresarán, a través del Ministerio de Hacienda, a dicho Presupuesto del Estado están los provenientes de un “impuesto Ad-Valorem” descrito en la normativa, la cual tendrá un recargo del 5 % sobre “la prima del monto asegurado; así como la extensión, renovación o modificación de las respectivas pólizas”. Esto incluye a “todo tipo de seguros que se venda en el país”.

Sin embargo, de acuerdo al artículo 41, se exceptúan “a los seguros contratados en relación a todo tipo de créditos bancarios, no bancarios y por cualquier otra persona natural o jurídica  autorizada conforme a la ley por el otorgamiento de créditos, así como la extensión, renovación o modificación de sus respectivas pólizas sean estas de carácter obligatorio u opcional”.

En esa misma línea, la diputada de Nuevas Ideas, Marcela Pineda, afirmó que el impuesto no lo pagarán los salvadoreños, sino las aseguradoras.

Además, el artículo 43 prohíbe a las sociedades de seguros “trasladar el cobro del 5 % del impuesto Ad-Valorem a las personas naturales o jurídicas que contraten los seguros que constituyan el hecho generador”.

Por otro lado, la diputada de VAMOS, Claudia Ortiz, cuestionó los mecanismos con los que dicho impuesto llegará a las finanzas del Cuerpo de Bomberos. “Así como está más bien parece que se ha creado un nuevo impuesto a las pólizas de seguro y lo han tratado de esconder en una propuesta de Ley del Cuerpo de Bomberos”, añadió.

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Mateo González
Mateo González
Licenciado en Periodismo. Periodista de ContraPunto.
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