sábado, 7 diciembre 2024

Sala rechaza recurso a favor de matrimonio igualitario

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El pasado 11 de noviembre organizaciones presentaron otro recurso que ampara ese derecho, la Sala aún lo no responde

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ)  declaró  improcedente una demanda en la que señalaban que el artí­culo 11 del Código de Familia es inconstitucional debido a que no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo.  

Fue el abogado, Herbert Danilo Vega,  quien  interpuso la demanda de inconstitucionalidad alegando que existe una incongruencia entre el artí­culo 11 del Código de Familia y el artí­culo 32 de la Constitución de la República, ya que que el primero prohí­be legalizar el matrimonio igualitario; mientras que en el otro no se establecen restricciones, ni distinción alguna sobre quienes pueden ejercer ese derecho.

Para William Hernández de la Asociación Entre Amigos Gay,  “es necesario tener claro que la Sala no se ha pronunciado en contra del matrimonio entre personas del mismo sexo, sino que ha rechazado el escrito porque el demandante no hace una argumentación válida y una relación especí­fica”.

La Sala, en su comunicado,  aclara que catalogó de improcedente la demanda debido a que Vega omitió  justificar la incompatibilidad entre los artí­culos de la Constitución y el artí­culo 11 del Código de Familia.

Además porque consideró que el abogado incurrió en un error al no detallar “la interpretación que le otorga a las disposiciones constitucionales donde supuestamente se establece la obligación de regular las relaciones homosexuales”.

Por otro lado, Hernández señaló que la Sala aún está pendiente de brindar resolución sobre un escrito presentado el pasado 11 de noviembre en el que el abogado Hernán Duarte Iraheta, respaldado por organizaciones LGBTI, aboga por una reinterpretación de la legislación nacional para que se garantice el derecho civil del matrimonio de  las parejas homosexuales.

En esa ocasión, Duarte aclaró que no buscan que la resolución de la Sala sea discriminatoria al colocar nuevos “mecanismos ad hoc” que ampare a las parejas del mismo sexo, si no que la legislación tenga una redacción abierta en la que se entienda que la opción del matrimonio es un derecho para todos y no solo de las parejas conformadas por un hombre y una mujer.  

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