Presentan inconstitucionalidad contra Ley Penitenciaria

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La denuncia fue promovida por CRISTOSAL y la Asociación Azul Originario, por los impactos ocasionados en los derechos humanos de los privados de libertad por las medidas extraordinarias impuestas en los centros penales.

Representantes de CRISTOSAL y de la Asociación Azul Originario, presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra disposiciones de la Ley Penitenciaria.

La demanda, dijo Luis Salazar, del equipo de litigio estratégico de CRISTOSAL, se basa en un análisis de los impactos ocasionados en los derechos humanos por las llamadas medidas extraordinarias vigentes hasta agosto de 2018 y luego sustentadas en reformas a la Ley Penitenciaria, período en el cual se consultó a familiares de personas privadas de libertad.

Salazar acotó que la Sala de lo Constitucional ya había señalado en una sentencia de habeas corpus (exhibición personal) 119-2014AC, que debido al hacinamiento carcelario, hay ben el sistema penitenciario un “estado de cosas inconstitucionales”, por la sistemática violación de derechos humanos que ocurre en los centros penitenciarios.

Las enmiendas a la Ley Penitenciaria agravaron la situación. al dar una excesiva discrecionalidad a los directores de los centros penales y al regular de forma inadecuada los límites a las visitas familiares y otras restricciones como: restricción excesiva y prolongada de la visita familiar (artículo 14-A); régimen especialmente estricto, establecido para los centros de máxima seguridad, sin detallar si quiera en qué consiste, dando lugar a grandes abusos y arbitrariedades (artículo 79-A), y el aislamiento prolongado o permanente (artículo 103 número 1).

Todas estas medidas relativas a la separación permanente o prolongada de las personas privadas de libertad de sus familiares, constituyen tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes, prohibidos por la Constitución y por las normas internacionales.

Los derechos de la población que han sido vulnerados son: el derecho a la integridad, que comprende la prohibición absoluta de la tortura (artículo 2 de la Constitución); el derecho de las niñas y los niños a mantener relaciones con sus padres y madres (artículos 32 y 34 de la Constitución), y el derecho a mantener relaciones familiares como parte del proceso de reinserción social (artículo 27 de la Constitución).

Bajo un enfoque de seguridad humana, el trato digno, respetuoso y encaminado a la readaptación hacia las personas privadas de libertad, es un elemento indispensable en la lucha contra la violencia y la criminalidad.

Salazar manifestó que con la demanda de inconstitucionalidad, pretenden hacer valer los derechos humanos de las personas privadas de libertad y sus familiares, en particular los que fueron vulnerados por graves violaciones que sufrieron con la aplicación de las medidas extraordinarias. algunas de las cuales ahora están recogidas en la Ley Penitenciaria, contradiciendo los derechos a la integridad y derecho de los niños y niñas a mantener relaciones familiares, entre otros.

 

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Periodista salvadoreño
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