viernes, 12 abril 2024

¿Por qué los 60 diputados electos sin residuos?

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60 diputados serán electos para representar la Asamblea Legislativa. Se eliminar el sistema de Residuos.

Por Alessia Genoves


60 diputaciones y elecciones sin residuos se establecen en la nueva reforma al Código Electoral. Las nuevas disposiciones buscan establecer los “ajustes y correcciones a las reglas del sistema electoral”, eliminando 24 de los 84 diputados que se establecía en la ley electoral (art. 13), declarada como inconstitucional en 2002. Al mismo tiempo, se deroga la competición de diputados partidarios, coaliciones o independientes por residuo electoral (art. 217), así como el sistema de conteo de votos D’Hondt, para la asignación de los escaños a los promedios mas altos”.

66 votos a favor han dado lugar a la aprobación de la reciente reforma electoral. ContraPunto ha tenido lugar al escenario legislativo, que dio trámite a la Sesión Plenaria Ordinaria N.º 108 en la Asamblea Legislativa, para dar lugar a la propuesta que fue emitida pro el titular del Ministerio de Gobernación, Juan Carlos Bidegain. La reciente disposición supone una configuración en el sistema electoral, principalmente en la definición de circunscripciones electorales, a 242 días de celebrarse las Elecciones Presidenciales, Legislativas y Municipales 2024.

30 fueron los diputados que fueron electos por el sistema de residuo. El dato puede consultarse en la “Memoria Especial Elecciones 2021” en el que se resalta que 22 de las diputaciones que definen a los partidos políticos de oposición al partido oficial (Nuevas Ideas), fueron electas bajo el referido sistema de residuos. Ésta realidad también aplica sobre para los partidos aliados del PCN y el PDC, en el total de sus diputaciones; mientras que el partido GANA apenas obtuvo a 1 diputado por residuos, de los 10 obtenidos por cociente; y Nuevas Ideas apenas obtuvo 5, que le permitieron ser la mayoría calificada.

¿Por qué 60 diputados?

60 serán los diputados que representarán a los salvadoreños en la Asamblea Legislativa. ContraPunto ha consultado propuesta que se halla patente en la Pieza de Correspondencia 3-A del Archivo Histórico de la Asamblea Legislativa. Detalla el documento que la moción obedece a un “ajuste y corrección de reglas en el sistema electoral”, concretamente, en la regresión de los 60 diputados que se establecían antes de la reforma al artículo 12 del Código Electoral de 1992; pues la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) impugnó una inconstitucionalidad.

Sin embargo, la impugnación habría sido “burlada” tras una reforma al Código Electoral, en la que se derogó el artículo 12, pero se dejó establecido que el número de diputados sería de 84 y no de 60. De acuerdo con la resolución de inconstitucionalidad, fue emitida por actores como el Dr. Félix Ulloa hijo, dando ha lugar la obsrvación en la que se asume que la primera reforma “rompe con los principios de igualdad del voto y de representación proporcional con base en la población”, de acuerdo con el expediente “28-2002”.

Por si fuera poco, se la Sala de lo Constitucional dio ha lugar una impugnación contra el artículo 13 del Código Electoral aprobado en 2002. La resolución se dio en 2003, en la que se señaló el desacato de la inconstitucionalidad establecida en 2002. Ahora, la reciente reforma al artículo 13 de la ley electoral reafirmaría la deuda asumida por la Sala de lo Constitucional, y reasignaría el número de diputados a 60.

Sin embargo, el documento de la reciente propuesta establece que la re-difinición de diputados responde, principalmente, a un reciente estudio poblacional. ContraPunto observa que uno de los informes de población más recientes pueden remitirse hasta el año 2007, de acuerdo con la documentación oficial de la entonces Dirección General de Estadísticas y Censos (Digestyc) del Ministerio de Economía (2008). Una de las críticas a la re-definición de diputados responde precisamente al referido censo, según lo señaló la diputada por el partido Vamos, Claudia Oritz.

Diputados no competirán por residuo

Eliminado queda el Sistema de competición entre diputados por Residuos, que quedaba establecido en el artículo 217 del Código Electoral. Esto es así porque el reciente documento omite el literal “C” que se establecía en el anterior: “Si uno o más partidos políticos, coaliciones o candidatos y candidatas no partidarios no alcanzaren el cociente electoral, se tomarán sus votos como residuos. Si faltare un escaño que asignar, lo ganará el partido político, coalición o candidato o candidata no partidario, que hubiere obtenido el residuo mayor; si faltaren dos, el segundo lo ganará el partido político, coalición o candidato o candidata no partidario que siga con mayor residuo y así sucesivamente”.

Se observa, pues, que las propuestas con resultados de votos minoritarios no tendrán lugar a ser electas, bajo el sistema de residuos. Por contra, el sistema de cocientes será la norma. A interpretación de los diputados de Nuevas Ideas, ésta disposición daría lugar a que los partidos de oposición expusieran sus quejas, pues tendrían el riesgo de desaparecer -fueron en su totalidad electas por residuo-; sin embargo, algunas de las quejas responderían, precisamente, a al reducción de diputados,

unto.com.sv/

Nayib Bukele, el presidente salvadoreño, respondió a los diputados: “Dicen defender la democracia, pero quieren que se les asignen curules sin que el pueblo vote por ellos. Las nueva regla es simple ¿Usted quiere ser diputado?. Entonces convenza a la gente a que vote por usted”, dijo Bukele a las propuestas parlamentarias.

Método de elección

Sostiene el documento que la distribución de las circunscripciones se establece conforme al último Censo Nacional de Población, de manera que se dispondrán de la siguiente manera:

  1. “San Salvador, 16 Diputados o Diputadas;
  2. Santa Ana, 5 Diputados o Diputadas;
  3. San Miguel, 5 Diputados o Diputadas;
  4. La Libertad, 7 Diputados o Diputadas;
  5. Sonsonate, 5 Diputados o Diputadas;
  6. Usulután, 4 Diputados o Diputadas;
  7. Ahuachapán, 3 Diputados o Diputadas;
  8. La Paz, 3 Diputados o Diputadas;
  9. La Unión, 2 Diputados o Diputadas;
  10. Cuscatlán, 2 Diputados o Diputadas;
  11. Chalatenango, 2 Diputados o Diputadas;
  12. Morazán, 2 Diputados o Diputadas;
  13. San Vicente, 2 Diputados o Diputadas; y
  14. Cabañas, 2 Diputados o Diputadas”

Detalla el artículo 217, de la nueva reforma, que para la elección de diputados que se establecerá en cada circunscripción electoral se usará el método D`Hont, que establece: que podrán participar los diputados partidarios o no partidarios que hubieren tenido los votos válidos. Y que“se determinará el número de votos válidos obtenidos por cada partido y/o de cada candidato no partidario”.

Además, indica que el total de votos válidos por cada candidato partidario o independiente “se dividirá, entre 1, entre 2, entre 3 y así sucesivamente hasta el número total de diputados que corresponda a la circunscripción electoral departamental que se trate” (art. 217, lit. C). En última instancia, establece que “los cocientes parciales obtenidos por cada partido so colocados en orden sucesivo de mayor a menor hasta obtener un número de cocientes, igual al número de los diputados a elegir en la circunscripción electoral departamental” (art. 13, lio. D).

En tal sentido, “los partidos que obtuvieren los 6 cocientes más elevados, se adjudican los 6 diputados, en el orden decreciente”, que tendrá impacto sobre los diputados partidarios y no partidarios. Los resultados finales se constatarán en un acta que levantará el TSE, para “constatar todas las circunstancias atinentes a la elección”. En último término, se establece que las reformas pactadas serán ratificadas tras su publicación en el Diario Oficial, para celebrarse en los comicios electorales al 4 de febrero del año 2024.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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