MINED presenta normativa de evaluación de estudiantes antes y durante el período de la pandemia

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La normativa tiene el objetivo de establecer los principales lineamientos que debe seguir el personal docente y directivo de los centros educativos públicos y privados.

El Ministerio de Educación dio a conocer la “Normativa Transitoria para las Evaluaciones de Promoción de Estudiantes durante el Año Lectivo 2020 y la Continuidad Educativa 2021, en el Marco de la Pandemia por COVID-19”, la cual contiene las pautas específicas para la evaluación de los aprendizajes por nivel y modalidad educativa.

La normativa tiene el objetivo de establecer los principales lineamientos que debe seguir el personal docente y directivo de los centros educativos públicos y privados, para la evaluación sumativa de las actividades de aprendizaje del estudiantado y promover su año académico, el cual se ha desarrollado a través de fases educativas y estrategias implementadas por el Ministerio de Educación (MINED) para la continuidad educativa, en el marco de esta situación de emergencia, especialmente por la suspensión de clases presenciales en el país.

Dicha normativa transitoria comprende aspectos como: las evaluaciones del primer trimestre, período y módulo del año 2020. Estas deben corresponder a las actividades presenciales desarrolladas por el estudiantado en el centro educativo y ser evaluadas de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

Asimismo contiene las evaluaciones posteriores al primer trimestre, período y módulo del año 2020. Estas corresponden al período no presencial del estudiantado, de todas las asignaturas sujetas de promoción, las cuales se realizarán a partir de la estrategia de continuidad educativa, desarrollada a través de las guías de aprendizaje, autoaprendizaje y otras actividades asignadas por el personal docente. Con base a estas, se promediará una nota global por trimestre, período o módulo, dejando sin efecto asignar calificación por actividades integradoras, cotidianas y pruebas objetivas.

En cuanto a los requisitos de aprobación de asignatura, el estudiante deberá desarrollar, al menos, 4 guías de aprendizaje o autoaprendizaje en cada asignatura, por cada trimestre (II, III), período (II, III y IV). De esta manera podrá obtener la calificación mínima de aprobación. En los casos de estudiantes con dificultades de acceso a internet, cada docente brindará opciones para que estos puedan entregar las evidencias del trabajo desarrollado. Pueden ser evidencias de las teleclases, radioclases y clases efectuadas por docentes, a través de diferentes medios.

Además de las guías desarrolladas, las evidencias pueden ser audios, síntesis de contenidos, ideas principales de contenidos, esquemas, dibujos y otros, los cuales podrán ser entregados según las posibilidades del estudiante para la asignación de calificaciones.

Según dijeron las autoridades de Educación, el refuerzo educativo deberá ser permanente y para todo el estudiantado, en los diferentes niveles y modalidades, con la finalidad de lograr la adquisición de los aprendizajes esperados; especialmente con estudiantes afectados directa o indirectamente por la pandemia por COVID-19, para lo cual se deben utilizar las guías de aprendizaje y autoaprendizaje, auxiliándose de los recursos de plataformas virtuales, teleclases, entre otros.

También informaron que la recuperación extraordinaria 2020 se realizará a todo el estudiantado que haya reprobado alguna de las asignaturas o módulos, sin excepción de la cantidad de asignaturas o módulos reprobados. Para ello dijeron, no se tomará en cuenta el porcentaje de asistencia, además se realizará en modalidad no presencial y antes de finalizar el año escolar 2020. Todos los procesos de recuperación deben ser gratuitos.

De igual manera, se debe conformar un equipo de evaluación del centro educativo, liderado por el director o directora y debe estar constituido en todos los centros educativos; en estas circunstancias de la emergencia, por la pandemia por COVID-19, tiene especial relevancia, dada las dificultades del estudiantado en presentar sus evidencias de aprendizaje, por lo que se enfatiza en el cumplimiento de sus funciones y, cuando la planta docente cuente con tres o menos docentes, el equipo de evaluación estará conformado por la totalidad de ellos. Se reitera que deben garantizar el cumplimiento de esta normativa transitoria.

En cuanto al registro de notas, se registrarán todas las calificaciones del primer trimestre, período o módulo, según normativa vigente. A partir del segundo trimestre, período o módulo, es decir de las clases no presenciales del estudiantado, se registrará únicamente la calificación global por trimestre, período o módulo siempre en el Libro de Registro para Educación Básica y en los instrumentos de registro que posee el centro educativo para Educación Media.

Para el presente año (2020), no se tomará en cuenta el porcentaje de asistencia del estudiantado para efectos de promoción, lineamiento que está establecido con un porcentaje mínimo del 85% en el numeral 19 de la normativa vigente, el cual queda sin efecto.

El documento de certificación para cada estudiante se obtendrá a través del Sistema de Información para la Gestión Educativa Salvadoreña (SIGES), con opción en formato digital y opción de formato impreso. La certificación digital se generará y se obtendrá por el SIGES. Además, el formato impreso se entregará a cada estudiante en las instituciones educativas, cuando existan condiciones y la situación de la pandemia lo permita.

Para el año 2021, el proceso de nivelación incluirá la atención socioemocional del estudiantado, desarrollando actividades de intervención en crisis, actividades para fortalecer la sana convivencia, así como también actividades de aprendizaje para el logro de competencias académicas (que son fundamentales en el grado a cursar) y se desarrollará en todos los grados, niveles y modalidades de los centros educativos. Este proceso se establecerá a partir de un diagnóstico educativo del estudiantado, partiendo de la priorización curricular del año 2020, utilizando las guías de aprendizaje y autoaprendizaje del MINED y otros recursos que el personal docente considere pertinentes.

En casos excepcionales de estudiantes que, por diversas dificultades vinculadas a la pandemia por COVID-19, no presentaron las evidencias de aprendizajes o no fue posible tener comunicación con ellos (y por lo cual no tienen acreditado el año académico 2020), serán matriculados provisionalmente en el grado inmediato superior, mientras realizan la recuperación de su año académico 2020. Esta recuperación consistirá en desarrollar guías de aprendizaje de las asignaturas pendientes, en el primer trimestre o período del año 2021, para que el estudiante certifique el año académico respectivo.

Los estudiantes que terminen con éxito esta recuperación recibirán su certificación respectiva y continuarán cursando el grado inmediato superior y su matrícula dejará de ser provisional. Si luego de desarrollar este proceso, como se ha establecido, un estudiante no logra aprobar el grado, el equipo de evaluación del centro educativo deberá analizar el caso, dejando constancia del proceso en acta y en el expediente del estudiante, y establecerá las alternativas educativas pertinentes para el estudiante, como educación acelerada, prueba de suficiencia y otras opciones disponibles para su continuidad educativa. Esta recuperación deberá ser gratuita.

Por otra parte, la transición educativa para el nivel de Parvularia a primer grado se hará mediante un proceso de articulación para favorecer la continuidad de los aprendizajes de manera fluida, simple y sin provocar frustraciones en las niñas y en los niños. Para el primer trimestre, se tendrá un proceso particular que considerará la metodología de Parvularia y la de primer grado.

En este proceso se incluirá la transición de la lectura y escritura para los estudiantes de Primer Ciclo y Segundo Ciclo. También se incluirá la educación socioemocional para el autoreconocimiento de las emociones, actitudes, desarrollo de habilidades necesarias para la convivencia, resiliencia y toma de decisiones responsables.

En cuanto al proceso de promoción en Educación Media, la nota mínima para aprobar la asignatura (al final del año escolar) es de 6.0, para ser promovidos al grado inmediato superior. Los estudiantes del Bachillerato General deberán aprobar institucionalmente todas las asignaturas correspondientes al área de formación básica de su Plan de Estudio, las cuales son: Lenguaje y Literatura, Matemática, Ciencias Naturales, Estudios Sociales y Cívica, Idioma Extranjero, Informática y Orientación para la Vida.

Para segundo año de Bachillerato, la nota de las asignaturas evaluadas en la PAES (que para el presente año se denomina prueba AVANZO) equivale al 15% de la nota final. La nota del resultado institucional de una asignatura, calculada con el 85%, aparecerá con un decimal. Si el estudiante de Bachillerato no logra la calificación mínima de 6.0 en el promedio final, en alguna de las asignaturas, tendrá derecho a un proceso de refuerzo educativo y de recuperación en todas las asignaturas que haya reprobado.

El MINED aclaró que en este año 2020, el Servicio Social Estudiantil no será requisito, ni la práctica profesional de los estudiantes del bachillerato técnico.

Esta normativa transitoria modifica aspectos específicos referidos a la recuperación, promoción y certificación de la normativa vigente establecida en el documento “Evaluación al Servicio del Aprendizaje y del Desarrollo” (MINED, 2015) y se basa en principios educativos como el derecho a la educación, inclusión y continuidad educativa, atención integral y flexibilidad en la evaluación, entre otros.

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