La Asamblea Legislativa recibió dos nuevas iniciativas de ley presentadas por instrucción del presidente de la República, Nayib Bukele. Estas iniciativas buscan la creación de la Ley de Federaciones Cooperativas y la Ley de Bancos Cooperativos.
Ley de Bancos Cooperativos
La primera de las iniciativas, la Ley de Bancos Cooperativos, derogará la vigente Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito, emitida por Decreto Legislativo No 849 el 16 de febrero del 2000. Esta nueva ley tiene como objetivo regular las asociaciones cooperativas o sociedades cooperativas de ahorro y crédito que capten dinero no solo de sus socios, sino también del público, siempre que estén autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero.
Bajo la nueva ley, las cooperativas serán reguladas si la suma de sus depósitos y aportaciones excede los $25 millones. Esto representa un cambio en comparación con la legislación actual, que regula las cooperativas cuando sus depósitos y aportaciones superan los $68.5 millones.
El Artículo 138 de esta nueva iniciativa establece que la supervisión y vigilancia de los Bancos Cooperativos corresponderá únicamente a la Superintendencia del Sistema Financiero, la cual también podrá fiscalizar las sociedades que manejen los activos de un Banco Cooperativo. Asimismo, el Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (Insafocoop) no desaparecerá, ya que deberá colaborar con la Superintendencia enviando toda la información requerida sobre las cooperativas.
Ley de Federaciones Cooperativas
La segunda iniciativa, la Ley de Federaciones Cooperativas, busca regular la organización, funcionamiento y actividades de intermediación financiera de las federaciones integradas por sociedades o asociaciones cooperativas de ahorro y crédito.
Estas federaciones estarán enfocadas en desarrollar un sistema cooperativo eficiente, solvente y competitivo, prestando servicios financieros tanto en áreas urbanas como rurales, principalmente a familias de bajos y medianos ingresos, así como a micro, pequeñas y medianas empresas.
Las federaciones deberán estar compuestas por al menos diez sociedades o asociaciones cooperativas afiliadas y contar con un capital mínimo pagado de $10 millones. La participación de cada afiliado en el capital social de una federación no podrá exceder el 20 %.
Estudio de iniciativas de ley
Ambas iniciativas, la Ley de Bancos Cooperativas y la Ley de Federaciones Cooperativas, serán sometidas a estudio en la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión.