Los diputados de la Comisión de Trabajo de la Asamblea Legislativa presentaron una pieza de correspondencia para estudiar la ampliación de la cuantía que define si un proceso judicial laboral ingresa a uno ordinario (común) o abreviado.
Los artículos del Código de Trabajo que se pretenden reformar son los 378 y 425, los cuales establecen que las demandas en las que el total de lo reclamado exceda de 200 colones (equivalentes a USD$22.86) deberán ventilarse en juicio ordinario. Mientras que las que sean inferiores a esa cantidad, seguirán un procedimiento más corto.
En ese sentido, proponen ampliar la cuantía a USD$2,000, “para determinar qué tipo de proceso vamos a seguir, es decir, que si lo reclamado es abajo de los dos mil dólares se va a seguir un proceso abreviado y si es superior a los dos mil dólares se va a seguir un proceso común”, dijo la diputada, Evelyn Merlos.
“Lo que buscamos es hacer procesos al interior de los juzgados de lo laboral que sean más expeditos, que respondan a los intereses de la nación y que respondan a generar una armonía adecuada al momento de que se presenten demandas en lo Juzgado de lo laboral”, expresó, por su parte, el presidente de dicha Comisión, Edgardo Mulato.
Los parlamentarios explicaron que con la normativa actual, los casos pueden llegar a tardar “muchos años”, debido a la carga procesal que tienen los juzgados de lo laboral.
Asimismo, detallaron que los procesos comunes se componen de cuatro fases: presentación de la demanda ante los juzgados de lo laboral, representado por un abogado privado o público; llamamiento del juez hacia los patronos y empleados para buscar una conciliación; audiencia probatoria, donde las partes presentan las pruebas correspondientes; y por último, el juicio final.
En cambio, mencionaron que en los abreviados es un “único juicio”, donde frente al juez, los patronos y trabajadores llegan a un acuerdo; o bien, el juez define si el caso es a favor del empleado o no.
Sin embargo, aclararon que esta iniciativa está orientada para todos aquellos casos que se generen una vez la Asamblea apruebe las reformas y entre en vigencia en el Diario Oficial, ya que no es de carácter retroactivo.
“El objetivo principal de esta reforma es agilizar los procesos laborales, para que al empleado se le solucionen sus problemas jurídicos en el menor tiempo posible, y de esa forma, darle cumplimiento al principio Constitucional que es una pronta y cumplida justicia”, agregó la legisladora Merlos.