El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a 10 años y seis meses de cárcel a dos agentes de seguridad privada por disparar sus armas de fuego en estado de ebriedad mientras laboraban. La sentencia, emitida en vista pública, impuso 10 años por tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas y seis meses por el disparo de arma de fuego.
Detalles del Incidente
El suceso ocurrió el 12 de junio de 2024, cuando el Sistema de Emergencias 911 recibió una llamada denunciando que dos vigilantes efectuaban disparos en la intersección de la calle La Ceiba y Tercera Calle Poniente, en San Salvador. Al llegar al lugar, la policía verificó que ambos agentes se encontraban en estado de aparente ebriedad y procedió a realizarles la prueba de alcotest, la cual confirmó su inhabilidad para laborar.
Resultados de las Pruebas y Evidencias Recabadas
La prueba de alcotest determinó que José Baudilio Moreno Beltrán tenía 197 grados de alcohol y José Osmín Juárez Beltrán 219 grados, evidenciando un alto nivel de intoxicación. Además, se hallaron cartuchos en la escena, confirmados posteriormente por una prueba de balística, lo que corroboró que se habían disparado sus armas. Durante la inspección, las autoridades decomisaron una escopeta y una pistola de 9 milímetros, ambas en perfecto funcionamiento.
Proceso Judicial y Medidas Disciplinarias
Desde el inicio del proceso judicial, ambos agentes han permanecido en detención provisional. El fallo dejó en claro que las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la República (FGR) mostraron la comisión de los delitos imputados.
Declaraciones y Repercusiones de la Fiscalía General de la República
La FGR destacó la relevancia de este caso como un precedente en la lucha contra el uso indebido de armas en el ámbito laboral y en la vía pública. Las autoridades reafirman que la tolerancia cero ante conductas que pongan en riesgo la seguridad ciudadana es esencial para mantener el orden y prevenir incidentes similares en el futuro.