miércoles, 4 diciembre 2024

Caso de Camila Díaz podría liberar a policías por falta de pruebas

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El juez de instrucción, Sídney Blanco, consideró favorable aplazar la audiencia para el día jueves 26 de febrero. Y sostuvo la posibilidad de dar Seguimiento Provisional al caso

"Nosotros no tenemos odio contra personas con preferencias sexuales diferentes. Hemos ayudado a las personas que tiene una orientación diferente, porque ellas nos han ayudado en diferentes ocasiones", Luis Alfredo Avelar Sandoval, acusado del asesinato de Camila, en la audiencia del 22 de febrero de 2020.

Las declaraciones y pruebas de culpabilidad señaladas por las representantes de la Fiscalía General de la República (FGR), Paola Echeverría y Gisela Meléndez, han sido cuestionadas por la defensa de los imputados, al no presentar los recursos concretos del asesinato de Camila Díaz Córdova, una mujer transgénero que falleció el pasado 3 de febrero de 2019, tras haber sido drogada y sufrido múltiples daños físicos en su cuerpo.

La Fiscalía sostiene la hipótesis de la participación de los agentes policiales Carlos Valentín Rosales Carpio, Jaime Geovanny Mendoza Rivas y Luis Alfredo Avelar Sandoval, ex-agentes del Sistema de Emergencias 911 de la Policía Nacional Civil (PNC), de presuntamente haber privado de libertad a Camila, de arrojarla de la patrulla policial y de causarle lesiones físicas que luego le produjeron su muerte, en el Hospital Rosales.

"Nuestra tesis está basada en la prueba que nosotras tenemos, específicamente, la documental y la pericial. Y, con base a ello, con lo que al final tiene que resolver un juez, nosotros nos mantenemos de que hasta el momento ellos hayan sido los responsables de lo sucedido a Camila,", declara Echeverría.

Además, la Fiscalía exige a los imputados una compensación monetaria, en concepto de "Responsabilidad Civil", por los daños psicológicos y por el estado de vulnerabilidad de Jeannette Córdova, la madre de Camila.

No obstante, la defensa demanda Seguimiento Provisional, al denunciar irregularidades de las pruebas del equipo fiscal, basadas en la ausencia de una relación circunstancial con los hechos, las incoherencias testimoniales relacionadas con la geo-localización de los hechos, y su impresión temporal; así como la ausencia de hechos probatorios de los golpes y del supuesto arrojo de Camila desde la patrulla en movimiento.

Asimismo, la defensa considera deficientes las pruebas en contra de los imputados al no existir una prueba de Luminol en el vehículo que conducían los agentes, para determinar rastros de sangre; y que "no está individualizada cuál fue la acción de cada uno de ellos", en el asesinato de Camila, como arguye Valles.

El cuerpo representativo de los acusados está precedido por el P. Valles, abogado defensor de Luis Alfredo Sandoval; Jaime Alfredo Pérez, representante legal de Jaime Geovanny Mendoza Rivas; así como por el Cabezas Quezada, el defensa de los tres imputados.

El juez de instrucción, Sídney Blanco, consideró favorable aplazar la audiencia para el día jueves 26 de febrero. Y sostuvo la posibilidad de dar Seguimiento Provisional al caso.

¿Cuál es la versión de la FGR de los acontecimientos?

Fiscales Paola Echeverría y Gisela Meléndez

La reconstrucción de los acontecimientos está basada en las versiones de los testigos que formaron parte de la actividad de investigación.

“Se realizó una llamada de emergencia al 911, por un disturbio que se estaba dando con la ahora víctima. Procedieron, cuando llegaron los agentes policiales. Supuestamente, retomaron el procedimiento, y dieron por finalizado el hecho. Sin embargo, pues, desde este momento privaron de libertad al joven y se lo llevaron por toda la carretera de San Salvador, sobre la Constitución. Se salieron de su zona de responsabilidad. Y en todo el trayecto, que duró aproximadamente de 30 a 40 minutos, el joven recibió golpes mortales en su cuerpo. Y el cuerpo fue encontrado aún con vida, en el kilómetro 5 y medio”, declara la FGR desde la audiencia inicial.

De acuerdo con la Fiscalía, Camila habría sufrido "Golpes Mortales en la Región Pélvica", y habría perdido parte de la masa muscular de su glúteo, que habría sido dispersa en la carretera "como si hubiera sido arrojado desde un vehículo en movimiento", presuntamente desde la Patrulla Policial de los agentes ahora imputados, identificada con la placa 01-39-37.

No obstante, de acuerdo con declaraciones valoradas de testigos, Camila habría sido hallada en el km 5 1/2 de Ciudad Delgado a las 3:12 AM, aparentemente "llorando".

La cronología de eventos señala la llegada de una ambulancia a las 4:00 am, que atestiguó el estado de inconsciente de Camila. Y trasladó su cuerpo al Hospital Rosales.

Datos de la autopsia determinaron que la muerte de Camila estuvo relacionada con un "Trauma Cerrado en el Abdomen", "Golpes Contusos en lados de la Región Pélvica" y una "Fractura completa de Húmero Derecho".

¿Cómo pudieron agredir a Camila?

En la Audiencia Pública del pasado 22 de febrero, el acusado Jaime Rosales hace pública la denuncia de que la Fiscalía y que el juez Sídney Blanco "indicaron que mintiera", y que "acuse y declarara en contra" de sus compañeros, en una visita en el centro penitenciario el pasado 15 de noviembre de 2019. Jaime Rosales dijo tener pruebas materiales de los acontecimientos.

Asimismo, el ex-agente Alfredo denuncia la relación del agravante penal de la Fiscalía en relación a los motivos de "odio" del presunto homicidio, basado en el artículo 129 y numeral 11 del Código Penal, declarando que "…hemos ayudado a las personas que tiene una orientación diferente, porque ellas nos han ayudado en diferentes ocasiones. Nosotros no tenemos odio contra personas con preferencias sexuales diferentes".

Por tal razón, Cabezas Quezada exhorta que no se puede determinar el dolo de la causa penal del presunto homicidio, ya que, de acuerdo con los "exámenes psiquiátricos" no se demostró que los acusados hubieran tenido una especie de “Odio o Desprecio" hacia las personas con una "orientación o género diferente a la heterosexual"; y que, por tanto, "no es posible para la FGR poder demostrar Odio o Desprecio".

Alfredo añade que, tras la denuncia atendida por el sistema de emergencias 911, no habían Privado de Libertad a Camila, habiéndola, en su lugar, retenido "con los brazos hacia atrás". Y que se ofrecieron "a llevar a la persona al lugar" e incluso a ayudar a la persona a “subir a la patrulla"; y que, a lo largo del recorrido no generaron "lesiones" a la víctima.

Ante la falta de pruebas de posibles agresiones, Valles señala que en las hipótesis la Fiscalía "no está individualizada cuál fue la acción de cada uno de ellos (de los agentes)". Asimismo, cuestiona "¿qué elementos tiene la FGR para especificar las agresiones; y en qué minuto fue arrojado del vehículo en marcha?". Además, señala que, en el peritaje del caso, José Antonio Murcia identificó el caso como un posible "accidente de tránsito", tras observar la "sangre y pedazos de carne dispersos de su glúteo".

Del mismo modo, el abogado Jaime Pérez juzga que, del Álbum de Fotografías 38-32 sobre el cuerpo de Camila, las "lesiones son típicas de un hecho de tránsito". Y sugiere la probabilidad de que la fallecida hubiera sido víctima de un hecho de arrastre. Y que, además, la Fiscalía no puede probar la participación de los acusados en provocare "Lesiones Mortales" a Camila, como lo sugiere FGR, al no existir un registro de las "armas" de los imputados ni de la posesión objetos contundentes.

Sin embargo, la Fiscalía insiste en la posible participación de los acusados.

La auxiliar fiscal, Paola Echeverría, aclara que "los golpes no fueron en el tórax. Los golpes fueron en el área de la región pélvica: Estamos hablando de la cintura hacia abajo de una persona, y miembros inferiores. Y, según cómo se mira, en las imágenes de los videos, en los de la video-vigilancia de ARGUS, podría llegar a ser de que los mismos policías, con los pies, con las botas le fueran golpeando en esa zona a Camila. Al final, esas son las lesiones que le provocaron la muerte".

¿A dónde y Cuándo pudieron suceder los hechos?

El acta de inspección del cadáver de Camila demuestra que fue encontrada, por las autoridades, en el Km 5 1/2 de la Carretera de Oro, a Soyapango.

En su declaración, el ex-agente Alfredo declara que no llevaron a la Camila a Calle Moto Cross, porque ella pidió que no lo hicieran. Pero que, en el recorrido, se detuvieron en los Túneles de la 75 Av. Norte. Y que luego recorrieron al Redondel Schafik Handal del Bulevar Constitución. Pero que terminaron ubicando a Camila en Apopa, a la orilla de la Calle, a 100 metros de la Colonia, porque "la podían ver los bichos".

Cabezas Quezada además añade que "Fiscalía ha buscado, por medio del vaciado de información de los teléfonos, buscar que si en ellos había coordinación con respecto al hecho. Ellos buscaban, por medio de la ubicación satelital, determinar que ellos lo habían lanzado en movimiento. Cosa que les salió contrario: Porque ahí dicen, específicamente, que de las 3:44 a las 3:46 el vehículo se detuvo. Entonces, se descarta la probabilidad de que lo hayan lanzado en movimiento".

Sin embargo, la Fiscalía sostiene que Camila "fue aventado de un vehículo en movimiento. Se puede determinar que bajó la velocidad, o se detuvo en esa parte del Kilómetro 5 1/2, pero no como lo dicen los Imputados, y no como lo ha mantenido la Defensa: Esa es la hipótesis que estamos manejando, respecto a esa sangre y a esa carne”.

Pero Cabezas Quezada considera que el tiempo transcurrido del traslado de Camila "no se pudo planificar un homicidio". Y que en las declaraciones testimoniales hay 8 minutos de diferencia entre la Zona de FEDECACES, a las 3:23; y el presunto lugar de destino, a las 3:44 am.

"La cronología de eventos, el informe de las declaraciones que dan personas particulares sobre un hecho, cada persona tiene su apreciación, y no se puede corroborar efectivamente éste caso, porque la cronología no menciona características de esa persona… Es lo mismo que nos decían con los Kilómetros: Unos decían que era un kilómetro, otros decían que era otro kilómetro, y al final que se encontraba en otro kilómetro… Para Fiscalía es un indicio de que sucede algo, más no es una prueba de certeza. En ese sentido, el que alguien haya dicho que se vió a una persona llorando cerca de La Gloria; que se encontró a una persona tirada en otro kilómetro… Nosotros consideramos que no nos afecta" dice Echeverría.

¿Qué pruebas faltaron?

Abogado Cabezas Quezada

Ante la ausencia de contenido probatorio, la defensa demandó el beneficio de la duda, aplicar el artúculo 7 del Código Procesal Penal; y un Seguimiento Provisional, conforme a la aplicación de Art. 351 del Código Procesal Penal, para seguir investigando las causas exactas de la muerte de Camila.

El abogado Jaime Pérez demanda la extensión de pruebas de "Luminol" que no se tomaron en cuenta, para demostrar rastros de sangre en el vehículo, para determinar la existencia de agresiones físicas en la patrulla policial.

"Esa prueba tuvo que haberse pedido tanto por Fiscalía o por la Defensa. Y, cómo no se practicó, ya la etapa de investigación ya se terminó. Es imposible que se vuelva a hacer. A menos que el juez decida dar un sobreseimiento provisional, Fiscalía tuviera la oportunidad de hacer eso… pero ya es básicamente imposible. Legalmente sólo se puede por medio de un Sobreseimiento Provisional, pero ahí… a éstas alturas, consideramos que ya no van a encontrar rastros, por las circunstancias del tiempo, efectos de la luz, el agua, y todo eso… deteriora los rastros", juzga Cabezas Quezada.

Asimismo, Cabezas Quezada demanda la documentación que determine la "Relación Circunstancial de los Hechos", que no compartió la Fiscalía, pero que debía hacerse, de acuerdo con el Art. 294 del Código Procesal Penal. Para determinar la relación de las pruebas fiscales con los hechos cometidos.

La defensa, además, solicita la individualización de las acciones que pudieron haber cometido los ex-agentes de la PNC, en relación con las acusaciones de la FGR.

"Fiscalía no tiene testigos que digan cómo se distribuyó las funciones que hizo cada uno de ellos. No se logró identificar qué conducta hace cada uno de ellos", dice Cabezas Quezada.

Sidney Blanco, el juez de instrucción aplazó la audiencia para el jueves 26 de febrero. Dijo que podría dar Seguimiento Provisional al caso.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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