sábado, 13 abril 2024

1,400 capturados tras 90 homicidios. Washington y CIDH denuncian Estado de Excepción

¡Sigue nuestras redes sociales!

Más de 1,400 delincuentes fueron capturados, por implicaciones en los 90 homicidios de los últimos 4 días. Washington y la CIDH denuncian que Estado de Excepción violenta derechos humanos.

Por Alessia Genoves


Cerca de 90 personas forman parte de la cifra oficial de homicidios en los últimos cuatro días. La Policía Nacional Civil (PNC) responsabiliza a las agrupaciones terroristas de perpetrar el baño de sangre. La Asamblea Legislativa aprobó un Estado de Excepción, para priorizar la búsqueda y captura de los sospechosos. Los detenidos superan los 1,400 sospechosos, y el número de homicidios se ha contraído a 2 casos, en las últimas 24 horas.

Sin embargo, legisladores de la oposición, organizaciones sociales e instituciones de la comunidad internacional denuncian que el Estado de Excepción podría vulnerar los derechos ciudadanos. La Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) señala que el “El estado de emergencia contradice normas internacionales de derechos humanos”; mientras que la Comisión Interamericana de los derechos Humanos (CIDH) juzga que las medida penitenciarias vulneran los derechos de los privados de libertad.

Estado de Excepción

Más de 90 homicidios se reportaron en los últimos 3 días en El Salvador. El incremento estadístico supone un desafío al promedio de los 17.2 homicidios diarios, por cada 100 mil habitantes, que las autoridades del Ministerio de Justicia y de Seguridad Pública (MJSP) cuantificaban, hasta la última semana.

Autoridades de la Policía Nacional Civil (PNC) responsabilizan al crimen organizado del nuevo repunte de asesinatos. La opinión fue reiterado por 67 diputados de la Asamblea Legislativa, que aprobaron el Estado de Excepción, que interrumpió parcialmente las garantías constitucionales de la libertad de “movilización domiciliar” (art. 5), “asociación” (art. 6, inc. 1), “expresión” (art.7) y al de “confidencialidad de la correspondencia”(art. 24), que establece la Constitución de la República.

Reforzar la seguridad de los asilos penitenciarios e incrementar la capacidad operativa de la administración de justicia han sido medidas complementarias con las que la Dirección de General Centros Penales (DGCP) y la Corte Suprema de Justicia (CSJ) respondieron, ante el incremento de personas detenidas y procesadas, para comprobar su participación en los delitos de homicidio, crimen organizado, extorsión, portación ilegal de armas de fuego y agrupaciones ilícitas.

Sólo en los días viernes y sábado, los homicidios se cuantificaban en al menos 76 registros, oficializados por la PNC. El día domingo, la cifra incrementó a 87; pero en las horas posteriores, el número de víctimas se ha reducido a al menos 2 salvadoreños, en todo el territorio nacional.

La cantidad de personas detenidas, por otra parte, se ha incrementado considerablemente en los últimos días. Transcurrido el primer día de la ratificación del Estado de Excepción, los detenidos se cuantificaban en 600 personas. Hasta el día de ayer, cerca de 400 personas fueron sometidas por las fuerzas del orden, para ser procesada. El último reporte lo compartió el presidente salvadoreño, Nayib Bukele, quien, en las últimas horas, informó que un total de 1,400 personas habían sido capturadas, desde el pasado viernes 25 de marzo.

Pese a ello, la CIDH juzgó que “las medidas implementadas en las cárceles constituyen políticas de carácter represivo, que pueden resultar en serias violaciones a los derechos humanos de las personas privadas de libertad. El Estado debe revertir urgentemente todas las medidas que pongan en riesgo la vida e integridad de las personas que están bajo su custodia”.

El presidente Bukele rechazó la recomendación, y desvalorizó la intervención de la CIDH. Criticó que el comunicado oficial no dedicó “ni una sola palabra sobre las víctimas de estos asesinos”, al referirse a las maras y pandillas detenidas en cárceles.

Los países deberíamos de evaluar retirarnos de estas organizaciones internacionales que solo buscan mantener a nuestra gente sufriendo. ¿Saben cuántos países han decidido ayudarnos en la guerra contra las pandillas?. Exactamente: NINGUNO”, añadió Bukele, quien rechazó la filiación de país con la Organización de Estados Americanos el año pasado, por su implicación con el negociante de pandillas confeso, Ernesto Muyshodnt.

Controversia Internacional

Las denuncias contra la política de seguridad excepcional iniciaron desde que la propuesta fue enviada a pleno, el pasado domingo 27 de marzo. Legisladores que la diputada del partido Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), Anabel Belloso calificaron a la elección del Estado de Excepción como un “voto a ciegas”. La diputada por le partido VAMOS, Claudia Ortiz, advirtió que la nueva política pública daría lugar al escenario en que podrían haber abusos, por parte del gobierno, en éste régimen de excepción”.

Ortiz expresó que el respeto a derechos constitucionales, como la libre circulación y la pesunción de inocencia, tras la aprobación del Estado de Excepción, “no hay garantía” de que se cumplan. “De hecho, hay menos garantías de que la historia no se vuelva a repetir”, añadió.

La diputada se refirió al Estado de Excepción sancionado el pasado 15 de marzo de 2020, para la contención de la pandemia de Covid19. Según lo cuantificó el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simón Cañas” (UCA), las detenciones arbitrarias sobre la supuesta violación de las políticas sanitarias de confinamiento dejó un saldo de 16.756 personas detenidas, muchas de ellas, en condiciones insalubres..

Las disidencias parlamentarias sólo restaron 20 votos, por negaciones o abstenciones en la elección de la propuesta. No consiguieron desafiar a los diputados del partido Nuevas Ideas, ni simpatizantes de los partidos Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA), o el Partido de Concertación Nacional (PCN).

Lo que no mencionaron los diputados disidentes, es que la aprobación del Estado de Excepción, durante la Pandemia del Covid19, se emitió bajo un criterio de ponderación de derechos, en el que juzgaron que la vida humana tiene mayor valor que las libertades constitucionales suspendidas durante las etapas más álgidas del contagio: libertad de asociación, libertad de movilización y libertad de circulación. La ley recién ratificada también respondió al mismo criterio, con la salvedad de no decretar la interrupción a la libertad de circulación.

Pese a ello, organizaciones como la Fundación Cristosal sostuvieron que “el aumento de la criminalidad por si solo no es justificación para la suspensión de derechos constitucionales”, al no responder a las causas establecidas en el artículo 29 de la Constitución de la República.

También descalificó la decisión parlamentaria, que concluyó a la elección de la propuesta por mayoría calificada, y “con dispensa de trámite”. Mientras decenas de salvadoreños eran asesinados, sin previo aviso, Cristosal sostuvo que la propuesta debía valorar un “análisis de proporcionalidad”, que, conforme al artículo 29 de la Constitución, establezcan los motivos fehacientes y comprobables.

Asimismo, valoró que la nueva política de seguridad pública violenta el principio de presunción de inocencia. El señalamiento fue reiterado por la WOLA, justificando un posible incumplimiento de la Opinión Consultiva OC-9/87 de la Corte IDH, sobre las “Garantías Judiciales en Estados de Emergencia”.

El estado de excepción es una herramienta para que en una situación de emergencia, se mantenga y preserve el orden constitucional, no para que se menoscabe el mismo ni para que las fuerzas de seguridad y otros agentes y funcionarios del Estado actúen arbitraria y discrecionalmente”, valoró la WOLA.

La WOLA recomienda que “para que el gobierno salvadoreño asegure un descenso de la violencia y garantice medidas que respeten y protejan los derechos humanos de la población, las autoridades deben actuar de conformidad con las reglas y principios democráticos y derogar cualquier disposición que contradiga normas del derecho internacional de los derechos humanos”.

Sin embargo, el Estado de Excepción está regulado en la Constitución; y faculta la limitación temporal de garantías Constitucionales. De acuerdo a la WOLA, el país debía reformar la Constitución, y derogar del régimen de excepción la inspección de la correspondencia, situación por la que Washington expresó su preocupación ante la intervención de equipos a los periodistas.

spot_img

También te puede interesar

Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
spot_img

Últimas noticias