Urgen Ley de Identidad de Género y cambio de nombre trans

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Redlactrans urge Ley de Identidad de Género y cambio de nombre para personas trans en El Salvador. Asamblea Legislativa debe cumplir éste año con la reforma a la Ley del Nombre para personas trans, por orden de la Sala de lo Constitucional.

Por Alessia Genoves


Ley de Identidad de Género y reformas a la Ley del Nombre y Persona Natural (LNPN) son las demandas que organizaciones LGBT reiteran al Estado salvadoreño. Responden a que la Asamblea Legislativa debe aprobar una reforma a la LNPN, hasta la última semana del mes de diciembre, para garantizar el acceso al cambio de nombre en los registros de identidad de personas transgénero y transexaules.

Trato discriminatorio y lesivo a la identidad de género” así es como se describen las condiciones legales que establece la LNPN, a juicio de la Sala de lo Constitucional, institución de la que presiden las órdenes la legislativo. El requerimiento social que llegó a juicio en 2016, recibió trámite hasta fallar a favor de las personas demandantes, tal y como según lo constata el expediente 33-.2016/1995-2016.

URGENTE: La RedLacTrans solicita a la Asamblea Legislativa de El Salvador el cumplimiento de la Resolución sobre la Ley de Identidad de Género”, manifestó la institución, cuyo acrónimo responde al nombre de la Red Latinoamericana y del Caribe, de personas Trans. A esa reiteración también refieren la aplicación de la Sentencia OC-11/24, en la que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Co-IDH) falló a favor de la sociedad civil LGBT, en la aplicación de una Ley de Identidad de Género, el matrimonio igualitario, entre otras cosas.

Urgen reformas

Organizaciones LGBT han reiterado su demanda, por la aprobación de reformas legales, y de normativas de ley, que posibiliten la legalización del cambio de nombre y de género, en los documentos registrales. La Sentencia de la Sala de lo Constitucional también ampara la garantía de la seguridad jurídica de los derecho-habientes, en el sentido de establecer las condiciones jurídicas que respalden los derechos identitarios de las personas trans.

En respuesta a ésta ausencia de legislación, “la Asamblea deberá emitir la reforma que sea necesaria para prever las condiciones que debe reunir toda personas que desee cambiar su nombre, para que sea compatible con su identidad de género”, reza la sentencia (p. 24. inc. 5).

No obstante, la activista de la Asociación Solidaria para Impulsar el Desarrollo Humano (Aspidh), Britany Castillo, sostiene que la administración de leyes que respalden el cambio de nombre y de género no se limitan al derecho humano a la identidad de la persona: La importancia es que se da el marco legal y jurídico, para que se puedan garantizar los derechos sociales, económicos, culturales y políticos en El Salvador”, dijo a ContraPunto.

Con una Ley de Identidad de Género, que sea una herramienta para que las personas trans podamos exigirle al gobierno, al sistema a las instituciones públicas que tiene que respetar nuestra identidad y expresión de género, y que podamos acceder a éstos derechos, sin ninguna discriminación, y sin ningún racismo hacia nuestras identidades y expresiones”, añade Britany.

El Salvador, por ahora, no cuenta con una Ley de Identidad de Género, que sea específica en el reconocimiento de la auto-percepción del sexo y género de ciudadanos salvadoreños; pese a que el artículo 3 de la Constitución es explícito al reconocer la garantía a no ser discriminados, en razón del género y de la identidad de la persona. Ésta condición, no obstante, sí quedaría explícita en los artículo 129 y 162 del Código Penal, que reconoce la penalización de los homicidios y de la coacción motivados por odio, hacia personas LGBT.

Mónica Linares, la representante de Aspidh, sin embargo comparte una valoración más amplia: La población LGBT no contamos con derechos humanos en éste país”. Las razones de subyacen a éste comentario no refieren a las condiciones legales, sino a razones prácticas. La organización ha reconocido más de 600 homicidios perpetrados en contra de personas LGBT, un registro que se ha vendo acumulando tras la divulgación del Primer Informe Situacional de Crímenes de Odio en El Salvador.

Otras condiciones de vulnerabilidad las enumera la organización, en el informe titulado “No Muero, Me Matan 2021”, en el que identifican que un 42% de las mujeres trans entrevistadas se dedican al trabajo sexual; mientras que sólo un 7% logran culminar su formación universitaria. Asimismo, el informe señala que un 50% de las encuestadas no ha logrado concretar sus estudios de primaria.

Condiciones arbitrarias

Archivada fue la propuesta por una Ley de Indentidad de Género, el pasado mes de mayo, del año 2021. La iniciativa social que llegó a la Asamblea Legislativa en 2018, había sido requerida por instituciones como Aspidh y la asociación Comunicando y Capacitando a Mujeres Trans con VIH (Comcavis Trans), desde hace casi 15 años.

Fue tachada de obsoleta, y que no representaba ninguna realidad; cuando las diferentes organizaciones de derechos humanos (..) hemos evidenciado, a través de informes y de estudios, la realidad que enfrentan las personas trans en nuestro país”, manifestó a la ContraPunto, la activista Amalia Leiva.

Pero las organizaciones reiteraron su demanda. La propuesta fue llevada a la Asamblea nuevamente, el pasado 21 de agosto, recibiendo la moción de las diputadas por el partido FMLN, Anabel Belloso y Rocío Menjivar; y de la diputada suplente de Jonny Wright Sol, por el partido Nuestro Tiempo, Linda Funes. El contenido de éste último recurso, por otra parte, habría re-adecuado su estructura, y simplificado su contenido, estableciendo condiciones que garanticen el cambio de nombre y género en los documentos de identidad de la persona natural.

ContraPunto, por otra parte, enumera otras condiciones que para las organizaciones fueron definidas como arbitrarias. Entre ellas, la reciente discusión y aprobación de la Ley Crecer Juntos, que excluye en su retórica recomendaciones alusivas al reconocimiento de la identidad de género de la niñez y adolescencia. Éste mismo recurso también fue utilizado para justificar la suspensión de la transmisión de contenidos de la franja educativa, Aprendamos en Casa; y de la remoción del Instituto Nacional de Formación Docente (Infod), acusado de “incluir contenido sexual no autorizado”, que hablaba de “orientación sexual e identidad de género”.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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