La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó este miércoles suspender provisionalmente el incremento al 13 % a la tarifa de energía eléctrica impulsada por la Presidencia de la República con el fin de financiar programas sociales.
“Como medida cautelar se ordena suspender el cobro del incremento de 13 % del valor del promedio de la energía eléctrica”, estableció la Sala quien dio a conocer su decisión por medio de un comunicado oficial.
La Sala admitió de la demanda de inconstitucionalidad en contra del Decreto Presidencial, debido a que dicho cargo vulnera el principio de reserva de ley tributaria establecido en el artículo 31 de la Constitución; y el principio presupuestario de caja única regulado en el artículo 224 en relación con el artículo 131, ordinal octavo, ambos de la Constitución de la República.
La Sala consideró que los tributos son una materia que corresponde regular a la Asamblea Legislativa, excluyendo al Ejecutivo de dicha acción.
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De acuerdo con la demanda interpuesta, se consideró que con el cargo de inversión social creado se llevarán recursos a un fondo que ni siquiera es un presupuesto especial, evadiendo su control legislativo al pretender trasladarlos a la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica Río Lempa (CEL).
La resolución de admisión fue firmada por unanimidad por los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional.
La Presidencia de la República en conjunto con el Ministerio de Economía acordó el 16 de junio pasado establecer un cobro del 13 por ciento a las tarifas de energía eléctrica para “inversión social” y que estaba previsto entrara en vigencia en 15 de julio.
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