El Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial pretende establecer el proceso judicial para expropiar terrenos que se definan de interés social para el desarrollo de obras, esto luego que la institución presentara una iniciativa de creación de Ley de Dominio Eminente de Inmuebles para Obras Municipales e Institucionales.
Según el decreto, esto es necesario ya que debido a la creación de la Dirección Nacional de Obras Municipales (DNOM) el Estado tiene la obligación de dictar las disposiciones necesarias para evitar o subsanar las dificultades que puedan presentarse para llevar a cabo sus funciones.
Así también, señala que ante la falta de convenio en la vía administrativa entre el Estado y los propietarios o poseedores de inmuebles, sobre el precio o decisión de vender ciertos inmuebles requeridos para el desarrollo de las obras que la Dirección Nacional de Obras Municipales tiene encomendadas; y por otra parte, el hecho de que gran número de los propietarios o poseedores de tierras carecen de títulos debidamente inscritos en los respectivos Registros de la Propiedad Raíz.
El DNOM tiene objetivo ser la única autoridad del Estado responsable del desarrollo y ejecución de proyectos municipales. Según la normativa las expropiaciones son necesarias ya que las obras que la Dirección Nacional de Obras Municipales realizará son de innegable urgencia, beneficio público y prioritarias para el país.
Tanto diputados de oposición como expertos en derecho administrativo mostraron sus sospechas e inquietudes por la normativa presentada por el gobierno; sobre todo porque ya existe actualmente un mecanismo para cuando el Estado necesita una propiedad privada para llevar a cabo una obra.
Actualmente se encuentra vigente la “Ley de Expropiación y de Ocupación de Bienes por el Estado”, en vigor desde 1939, y que ha sido reformada en dos ocasiones, en 1947 y en 1998.
Esta establece el proceso a seguir en expropiaciones y para ello define un proceso de negociación, en el cual el dueño de la propiedad puede negarse al mismo; y solo en última instancia el Estado puede expropiar.
Sin embargo, el gobierno de Bukele ha presentado una iniciativa de ley que opta por la vía rápida. Así como en su artículo 1 establece que los propietarios de inmuebles pueden ser privados de estos, también el artículo 5 dice que, una vez la DOM haya presentado demanda ante un juez de instrucción para declarar “interés social” sobre una propiedad, el juez admitirá esta y podrá ordenar que las obras comiencen de inmediato, sin mediar la palabra u opinión del dueño de la propiedad.
Estas y otras disposiciones fueron cuestionadas por Francisco Lira (ARENA) y Dina Argueta (FMLN), que cuestionaron el carácter impositivo de la ley.
“Ya se hacen expropiaciones para interés público, pero siempre y cuando se puedan llegar a negociaciones con el privado para llegar a una indemnización justa. Esperamos que estas no vayan a ser con interés político; si se hace así, estaremos afectando a más salvadoreños”, avisó Lira.
Mientras, Argueta cuestionó qué certeza puede haber en el garantizar los derechos de la ciudadanía. “A la base de cualquier discusión debe estar la seguridad de la gente: aquella que tiene una propiedad pero que el Estado se le ocurrió decir que lo necesita porque es de interés social porque va a construir otra cosa, dónde queda el derecho de la población. Por el interés de uno no se pueden vulnerar otros derechos”, comentó.
Luego, más contundente fue la consideración de José Marinero, abogado especialista en Derecho Administrativo, quien apuntó que el proyecto de ley tiene varios y severos vacíos; desde la falta de definiciones hasta la falta de controles y límites para que pueda actuar la DOM.
“Se trata de una herramienta extraordinaria en manos de la administración pública, con pocos controles. En derecho administrativo les llamamos exhorbitantes”, apuntó. “Tiene una disposición que le permite a la administración comenzar las obras sin que se haya terminado el juicio”, agregó Marinero para ejemplificar ese carácter exorbitante de la ley.
Además, el abogado indicó que tiene pocos controles en el sentido de que la ley no establece los supuestos para definir qué es la utilidad pública. “No cualquier obra tiene utilidad pública, y la ley parece sugerir que cualquier obra lo va a ser”, indicó Marinero.
Además, según Marinero, en el código municipal, se pide a los municipios que van a expropiar que demuestren que no tienen otra propiedad donde puedan realizar la obra. Una claúsula de ese tipo no aparece en la normativa pedida por el GOES de Bukele.
Asimismo, también destacó que la normativa establece que la expropiación solo puede ser apelada en cuanto al monto de indemnización. “Es absurdo, le está negando el derecho a la defensa a la persona que le han quitado un derecho”, indicó.