Beatriz Vs El Salvador: “No tiene sentido seguir con un embarazo que no va a vivir”

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Beatriz Vs El Salvador: Joven con Lupus pidió interrumpir su embarazo. Su hijo con ausencia de estructura cerebral murió, como lo previeron los médicos. El caso se juzga en la Corte-IDH, porque la Sala de lo Constitucional negó la interrupción del embarazo.

Por Alessia Genoves


No tiene sentido seguir con un embarazo que no va a vivir”, juzgó Beatriz García, una joven salvadoreña de 22 años de edad, quien exigía la preservación de su vida ante un embarazo de alto riesgo, a causa de su estado de salud. La joven fue diagnosticada con “colagenopatía mixta, en traslape con lupus eritromatoso sistémico y nefropatía lúpica”, un cuadro de enfermedades crónicas, que afectó su sistema inmune. Sin embargo, su demanda no dio ha lugar.

Beatriz concebió a su nasciturus, quien murió apenas 5 horas. Éste escenario ya era previsto por el diagnóstico clínico del feto, como “anancefálico sin posibilidades de sobrevivencia” (ausencia de estructura cerebral y/o craneal grave). Todo ello, en medio de un litigio jurídico, en el que Beatriz exigía a la Sala de lo Constitucional: “quisiera que la Sala acepte, y que hagan lo que quieren hacer conmigo. Porque yo quiero vivir, y les pido de corazón que lo hagan”.

Las demandas fueron procesadas ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte-IDH), llegando a conseguir las medidas provisionales para Beatriz. Sin embargo, la joven murió tras un incidente de tránsito en el año 2017, cuatro años transcurridos a la atención de su parto, mientras su salud se iba deteriorando. Organizaciones sociales que comparten las demandas de Beatriz las han reiterado ante la justicia internacional. La Corte-IDH ha convocado una audiencia con el sistema de justicia salvadoreño, para someter el caso a la verdad jurídica.

Beatriz y el aborto

Le pido al presidente Mauricio Funes a que la Sala (de lo Constitucional) acepte a interrumpir el embarazo. Yo, por todo ésto que está pasando, me siento mal porque no quieren hacerlo, sabiendo que no va a vivir el niño al nacer”, es la solicitud pública que Beatriz hizo a la presidencia en 2013, mientras su embarazo se desarrollaba, con bajas expectativas de supervivencia.

Beatriz era oriunda del municipio de Jiquilisco, en Usulután. Ahí vivía con su pareja y con su hijo, hasta su segundo embarazo, que tuvo ocasión a sus 22 años de edad. Sin embargo, diagnósticos prenatales preveían que su situación alto riesgo, por lo que ella y su pareja solicitaron su interrupción al hospital de la localidad, al Concejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (Conna), y ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Yo creo que sería lo mejor que lo hicieran por salvar mi vida. Porque no tiene sentido seguir con un embarazo que no va a vivir. Quisiera que la Sala acepte, y que hagan lo que quieren hacer conmigo. Porque yo quiero vivir, y les pido de corazón que lo hagan”, fue su petitoria hasta el año 2013. Hasta entonces, su diagnóstico de Lupus Eritromatoso también dejaba ver indicios de despigmentación en sus extremidades superiores.

Morena Herrera, abogada y presidenta de la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto, detalló que la respuesta de la Sala de lo Constitucional era afirmativa pero sólo para la preservación de la vida de Beatriz y la de su nasciturus. Por tanto, la institución de justicia negaría la interrupción del embarazo. Pero ésta respuesta no sería la misma, una vez que los defensores de la joven reiteraron la demanda ante la Corte-IDH.

Pese a ello, Beatriz fue sometida a parto. Su hijo perdió la vida a las 5 horas posteriores, y recibió Santa Sepultura. Herrera detalló ésta tarde que Beatriz también fue sometida a histerectomía, es decir, a la ablación de su útero. También insistió que tales situaciones implicaría a la joven un deterioro en su vida en el largo plazo.

El planteamiento de Morena se vería patente en el dictamen forense de Beatriz, quien habría perdido su vida en un siniestro vial, cuatro años después de su parte, el 8 de octubre del año 2017. La respuesta del Instituto de Medicina Legal (IML), indicaría que la causa de su deceso tendría lugar por una “neumonía nosocomial”, que se complicaría tras el incidente.

Lo que hace este caso es recordarnos lo que significó Beatriz en su momento que es un ejemplo claro de las causales por salud y vida que estamos demandando. Su caso en su momento sacudió la sociedad salvadoreña y le puso nombre al problema que por años el movimiento feminista ha señalado por las afectaciones de la penalización absoluta del aborto” dijo en su momento la representante de la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, Mariana Moisa.

Muerte y la justicia

Beatriz se ha sometido a la justicia, desde su estado gestante hasta la muerte de su hijo y la de ella. De acuerdo con las demandantes, Beatriz personifica una de las razonas para exigir la despenalización del aborto de forma voluntaria, bajo las causales de salud, del riesgo de vida de la madre, malformaciones en el feto y riesgo en la salud de la persona gestante.

Reforma Beatriz”, fue el recurso judicial requerido ante la Asamblea Legislativa, en el año 2017. El recurso buscaba la reforma al artículo 133-A del Código Penal, a efecto de legalizar formas para la interrupción del embarazo, de manera no punible. Sin embargo, el recurso fue enviado a archivo tras la posesión de la Nueva Asamblea Legislativa, en mayo de 2021. Aún así, las organizaciones insistieron, y reenviaron el recurso el pasado 28 de septiembre del año 2021.

Las condiciones propuestas para la interrupción del embarazo son:

  1. El aborto realizado con el propósito de salvar la vida y preservar la salud de la mujer o persona gestante, con su consentimiento.
  2. El aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante, cuando exista una malformación fetal que haga inevitable la vida extrauterina
  3. El aborto realizado, cuando el embarazo fue producto de hechos criminales de violencia sexual como la violación agravada en niñas (artículo 18 de la Lapina y artículo 159 y 162 del Código Penal) y por el delito de estupro (de acuerdo a lo definido en los artículos 163 y 164 del Código Penal) y violación en mujeres adultas o personas gestantes (artículo 158 del Código Penal).

Por otra parte, las demandas ante la Corte-IDH siguen vigentes. La audiencia que se ventilará en las fechas del 23 al 27 de marzo de éste 2023, está robustecida con la participación de 37 testigos y peritos, que rendirán sus aportes sobre los hechos, y valoraciones jurídicas sobre las condiciones legales a acaecen sobre la situación general de Beatriz, que tendrá o no impacto sobre las mujeres y personas gestantes en su misma situación sanitaria.

ContraPunto, sin embargo, observa que la representación de Beatriz tiene la participación de 19 testigos y peritos a su favor; mientras que el Estado contaría con 26 peritos. Esto implica que la representación de Beatriz tenga una desventaja numérica, frente aquellos del Estado, con formación multidisciplinaria en medicina obstétrica, ginecología psiquiatría, derecho constitucional y filosofía.

A favor de la representación de Beatriz, por otra parte, hay entidades activas los procesos iniciales que ella vivió. Entre ellos, hay dos representantes del Comité de Bioética, Carlos molina y Juan Cabrera, quienes evidenciaron las condiciones de riesgo a la salud de Beatriz; así como Ligia Altamirano, quien declarará sus experiencias en el diagnóstico de Beatriz y el de su feto.

Víctor Hugo Mata, también declarará a favor de Beatriz, sobrela decisión de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de no hacer lugar al amparo interpuesto en representación de Beatriz para lograr que le fuera realizado el tratamiento necesario para resguardar su integridad personal y su vida, entre otros aspectos del proceso judicial”.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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