Con 58 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Especial de Sociedades de Ahorro y Crédito, una normativa propuesta por el Ministerio de Economía (MINEC) para regular estas entidades bajo un marco que promueve la inclusión financiera.
La ley establece que las Sociedades de Ahorro y Crédito deberán operar como sociedades anónimas de capital fijo con un mínimo de diez accionistas y registrar sus acciones en una bolsa de valores en un plazo de 60 días tras su inscripción en el Registro de Comercio. Estas entidades tendrán un capital social mínimo de cuatro millones de dólares, actualizado cada dos años según el Índice de Precios al Consumidor.
Al menos el 51% de las acciones deberá pertenecer a inversionistas locales, regionales o instituciones financieras extranjeras reguladas, y cualquier participación mayor al 1% del capital requerirá autorización de la Superintendencia del Sistema Financiero, que supervisará su funcionamiento.
La normativa también regula las tasas de interés, que las sociedades podrán establecer libremente, aunque deberán reportarlas al Banco Central y publicarlas mensualmente. Además, impone la creación de reservas legales y prohíbe el uso de utilidades no percibidas como dividendos, salvo autorización expresa.