Por Alessia Genoves
“Prórroga por 30 días más de Régimen de Excepción” fue aprobada por 67 votos a favor. La propuesta busca darle vigencia al Decreto N.º 333, que permite la “des-articulación y captura” de un estimado de 70 mil activos de maras y pandillas, agrupaciones “terroristas” identificadas como las máximas responsables de perpetrar los más de 116 mil homicidios en las últimas tres décadas.
Llevada a la Asamblea Legislativa, la propuesta recibió la moción del diputado y presidente de la institución, Ernesto Castro. El legislador expresó sus afinidades por la propuesta, que sería complementaria a la del Plan Control Territorial (PCT). La definió, asimismo, como un “apoyo para seguir combatiendo a las pandillas, tengan la seguridad que cuentan con diputados que respaldarán sus decisiones”.
La propuesta responde a la persistencia del “accionar terroristas” de cerca de 36 mil personas asociadas a maras y pandillas. Por tal razón, la política recién aprobada vendría a suspender, temporalmente, derechos consignados en la Constitución de la República, consistentes en el “derecho de asociación” (art. 7, inc 1); el derecho a “ser informado previo a la detención” (art. 12, inc. 2); el “plazo de la detención administrativa” (art. 13, inc. 2), y el de la “inviolabilidad de la correspondencia” (art. 24).
- Prolongación
“Prórroga del Régimen de Excepción por 30 días más”, fue la demanda manifiesta por el grupo ministerial de seguridad pública. La frase corresponde a una solicitud requerida por el titular del Ministerio de Justicia y de Seguridad Pública (MJSP), Gustavo Villatoro, en la presentación del requerimiento. Su moción fue acompañada con la del titular del Ministerio de la Defensa Nacional, Francis Merino Monroy; y con la del titular de la Policía Nacional Civil (PNC), Mauricio Arriaza Chica.
“Prolongación” es el criterio de aprobación que se plantea en la pieza de correspondencia 4A, de la Asamblea legislativa. Fue llevada al pleno legislativo con dispensa de trámite, bajo el escrutinio de 67 diputados; y fue finalmente aprobado con 67 votos a favor; y 15 en contra. Sin embargo, el escrutinio fue apenas mayor a lo requerido por la Constitución (art.131, ord. 27 y 29), que establece un mínimo de 63 votaciones a favor, en “promulgación nominal y pública”.
“Legitimidad” es, a su vez, uno de los criterios constitucionales que responde a la prolongación del Régimen de Excepción. Adscrita a la interpretación de la Sala de lo Constitucional, la continuidad del Régimen responde a la condición de “si trancurrido ese plazo de 30 días, continúa la circunstancias que motivó, el Régimen de Excepción, es posible aprobar, con razonabilidad, la suspensión de derechos fundamentales, mediante un nuevo decreto con una duración que no exceda esos mismos treinta días”. , según así lo reza la sentencia 21-2020AC, del año 2020.
Entre otras cosas, la Sala de lo Constitucional también añade: “No se infiere que la prolongación deba limitarse por una vez, cómo sí lo haría una frase como por una sola vez, una única vez, etc. Ella sólo sugiere que la prórroga deba respetar el límite temporal máximo de vigencia del decreto de adopción del Régimen de Excepción. Pero, en modo alguno, debe entenderse que las prórrogas sucesivas están prohibidas. Éstas son admisibles, siempre que continúen las circunstancias que motivaron la suspensión de derechos”.
- Menos homicidios
“La única intención es proteger y garantizar la vida y los vienes de las familias salvadoreñas”, indicó Arriaza Chicas. Refiriéndose a los motivos que preceden al contenido de la propuesta, que son demostrables con resultados como los de la contención las más de 46 mil personas, acusadas de participar o pertenecer a maras y pandillas; y en la reducción en los números de homicidios.
“A partir del Régimen De Excepción, el promedio de homicidios diarios ha disminuido”, reafirmó Merino Monroy. Ésta tendencia acontece tras el reporte de los 87 homicidios perpetrados durante los días 25 al 27 de marzo, mes que acumuló 172 hechos violentos hasta su término. En adelante, los meses de abril (23), mayo (16) y junio (28) reportaron estadísticas menores, incluso respecto a las de enero (75) y febrero (67).
64 días sin homicidios se han reportado durante los días transcurridos del 2022. El número de personas fallecidas, hasta la fecha, no es mayor a la de 411, de acuerdo con los registros divulgados por la PNC. Pero la cifra aún es alta, en contras con los 197 días transcurridos del año; lo que daría un promedio de 2.08 homicidios por día, hasta el día 17 de julio de 2022.
“Con toda la información que recopilamos día a día y el esfuerzo de nuestros héroes azules por liberar a la población de grupos terroristas, estamos impactando de manera efectiva a las pandillas”, indicó Villatoro. Ello demuestra que, de forma paralela a las detenciones, unas “1,103 armas de fuego han sido incautadas; otros 1,314 vehículos han sido decomisados y más de $1 millón de dólares en efectivo han sido confiscados”. Al mismo tiempo, la PNC cuantifica el decomiso de “10,566 teléfonos y de unos 49,103 porciones de droga”.
- Derechos humanos
“Nuestras actuaciones como Gabinete de Seguridad están basadas en la Constitución de la República, las leyes y los derechos humanos de la población honesta, trabajadora y honrada”, aseguró Arriaza Chicas. A los operativos de seguridad pública se contempla la aplicación del principio de legítima defensa, ante la confrontación mortal con estructuras terroristas, en la declarada “Guerra Contra Pandillas”.
“Las acciones del ejercito están totalmente justificadas.”, se refirió, en su momento, el Fiscal General Rodolfo Delgado a la aplicación de las recientes reformas en el Código Penal y en el Código Procesal Penal. “He girado las instrucciones en que no se procese a ningún policía o a ningún efectivo militar, que se vea envuelto en éste tipo de acciones. Porque su accionar está totalmente justificado por la ley: ellos actúan en cumplimiento del deber. Ellos actúan en legítima defensa de su persona y de terceros”, detalló.
Para sostener la tendencia de homicidios a la baja, Delgado insiste en que políticas de seguridad pública, como las de el Régimen de Excepción “tiene que continuar, mientras sea necesario, y que logre erradicar éste cáncer que se encoraba en las diferentes comunidades”, para lo que el Estado tendría que registrar un aproximado de 70 mil miembros de maras y pandillas en las cárceles. “Los pandilleros, al final de cuantas, son una lacra que deben ser expulsadas en la sociedad”, opinó.
Sin embargo, hasta el 11 de mayo, el Ministerio de Justicia y de Seguridad Pública (MJSP) confirmó la liberación de 168 personas, que habían sido detenidas en cárceles y bartolinas, durante los primeros 15 días de las investigaciones iniciales. A éstos hechos, se suman unos 20 reclusos que perdieron la vida en los centros de contención, de acuerdo con declaraciones de la Fundación Cristosal. El titular del MJSP sostuvo que algunos de los decesos tuvieron qué ver con “complicaciones previas” a las su arresto; y serán hechos por “investigar”.
Delgado insistió: “En ningún momento -el Régimen de Excepción- viola los derechos de los salvadoreños. En primer lugar, se trata de una suspensión de garantías constitucionales. Las garantías constitucionales existen, están establecidas en la Constitución; sin embargo, no todas las garantías constitucionales están suspendidas. Únicamente, aquellas que se refieren precisamente, al manejo que éste volumen de personas, relacionadas a organizaciones criminales, que deben de ser presentadas ante los tribunales de justicia”.
A esa misma línea de ideas, Villatoro insistió que las “actuaciones como Gabinete de Seguridad están basadas en la Constitución de la República, las leyes y los derechos humanos de la población honesta, trabajadora y honrada”.