Maricarmen Abascal y el derecho a envejecer con un techo

La muerte de una mujer de 87 años, desalojada de la vivienda donde vivió durante siete décadas, vuelve a plantear una pregunta que va mucho más allá de España: qué ocurre con las personas mayores que llegan al final de su vida sin una vivienda propia y quedan sometidas a un mercado inmobiliario que no distingue entre las necesidades de una persona y la rentabilidad de un inmueble.

Zarko Pinkas |

La muerte de una mujer de 87 años, desalojada de la vivienda donde vivió durante siete décadas, vuelve a plantear una pregunta que va mucho más allá de España: qué ocurre con las personas mayores que llegan al final de su vida sin una vivienda propia y quedan sometidas a un mercado inmobiliario que no distingue entre las necesidades de una persona y la rentabilidad de un inmueble.


Maricarmen Abascal vivió desde los 17 años en el mismo apartamento del barrio madrileño de Retiro. El contrato había sido firmado por su padre en 1956, cuando los arrendamientos de este tipo podían prolongarse durante generaciones. Después de la muerte de su padre, el contrato pasó a su madre y, cuando ella murió en 2005, Maricarmen asumió la titularidad del alquiler.

La legislación posterior limitó esa segunda subrogación y, después de un largo proceso judicial, los tribunales determinaron que el contrato había quedado extinguido. Maricarmen continuó viviendo en el apartamento y pagando la renta durante años, pero finalmente el procedimiento terminó con el desalojo ejecutado el 23 de septiembre de este año.

Tenía 87 años. Vivía de una pensión que, según declaró en diferentes entrevistas, rondaba los 1.450 euros mensuales. La propietaria, Urbagestión, le planteó continuar en la vivienda mediante un nuevo contrato por una cantidad que llegó a los 1.650 euros mensuales, mientras la empresa sostenía que esa cifra representaba una rebaja respecto del valor de mercado del inmueble. Maricarmen, por su parte, sostenía que no podía asumir ese importe con sus ingresos.

La discusión sobre las cifras, el contrato y la interpretación de la legislación puede ser larga y tiene un componente estrictamente jurídico que debe respetarse. De hecho, sería incorrecto presentar el caso como si simplemente una empresa hubiera decidido sacar de su vivienda a una anciana que cumplía todas las condiciones legales para permanecer allí. Hubo un litigio de años y una resolución judicial que terminó favoreciendo a la propietaria. Pero precisamente ahí comienza la discusión que trasciende el expediente judicial: ¿qué protección ofrece una sociedad a una persona de 87 años cuando pierde el derecho a permanecer en la vivienda en la que ha pasado prácticamente toda su vida?

La pregunta no pretende sustituir la decisión de un tribunal por una consideración sentimental. Pretende recordar que una sentencia puede resolver la situación jurídica de un inmueble sin resolver necesariamente la situación humana de la persona que lo ocupa. El contrato puede extinguirse, pero la necesidad de vivienda permanece. Y cuando quien queda expuesto tiene una edad avanzada, una pensión como única fuente de ingresos y escasas posibilidades de modificar radicalmente sus condiciones de vida, la diferencia entre ambas cosas adquiere una dimensión social que no puede ignorarse.

El desalojo de Maricarmen produjo una reacción que excedió con mucho los límites de su caso particular. Organizaciones de inquilinos, vecinos y ciudadanos se movilizaron en Madrid y su historia terminó convirtiéndose en uno de los símbolos de la crisis de vivienda en España. El Gobierno también intervino en el debate y el presidente Pedro Sánchez expresó este miércoles sus condolencias tras conocer su muerte.

Pero quizá la parte más reveladora de esta historia está precisamente en aquello que ocurre antes de que una persona llegue a ser desalojada. La vivienda suele discutirse como un problema de precios, oferta, demanda, inversión y rentabilidad. Son variables necesarias para comprender el funcionamiento del mercado, pero resultan insuficientes para comprender qué significa perder el hogar cuando se tienen 80 o 90 años.

Para una persona joven, un cambio de vivienda puede ser difícil, costoso y traumático, pero todavía existe la posibilidad de reorganizar la vida alrededor de ese cambio. Puede buscar otro empleo, trasladarse a otra ciudad, compartir vivienda, aumentar sus ingresos o comenzar nuevamente. En la vejez, esas posibilidades se reducen de manera considerable. Una persona de 87 años no dispone de las mismas herramientas para responder a un aumento del alquiler que alguien de 30. Tampoco tiene las mismas posibilidades de reconstruir su patrimonio o modificar sustancialmente sus ingresos.

Por eso el problema de la vivienda durante la vejez no puede separarse del problema de las pensiones. Si el ingreso de una persona permanece relativamente estable mientras el costo de la vivienda aumenta, la diferencia termina siendo absorbida por otros gastos esenciales. La alimentación, los medicamentos, los servicios básicos y la atención médica compiten entonces con el alquiler por el mismo ingreso mensual.

El desalojo de Maricarmen produjo una reacción que excedió con mucho los límites de su caso particular. Organizaciones de inquilinos, vecinos y ciudadanos se movilizaron en Madrid y su historia terminó convirtiéndose en uno de los símbolos de la crisis de vivienda en España. |

El caso de Maricarmen resulta especialmente significativo porque su pensión, de acuerdo con sus propias declaraciones, no era insignificante en términos absolutos. Sin embargo, podía resultar insuficiente frente al precio de una vivienda situada en una zona de alto valor inmobiliario de Madrid. Esa contradicción muestra que la suficiencia de una pensión no puede medirse únicamente por su cantidad nominal. También depende del costo de vida del lugar donde vive la persona y, de manera muy particular, del costo de la vivienda.

En América Latina, el problema puede adquirir dimensiones todavía más graves. Millones de personas llegan a la tercera edad sin haber comprado una casa y dependen de pensiones reducidas, trabajos informales o del apoyo económico de sus hijos. Para quien no posee una vivienda, el alquiler no desaparece cuando termina la vida laboral. Al contrario, puede convertirse en una carga cada vez más pesada justamente cuando disminuye la capacidad de generar ingresos.

Esto permite entender la vivienda como algo más que un bien de consumo. Para una persona mayor, disponer de un lugar estable donde vivir dignamente forma parte de las condiciones materiales que hacen posible conservar cierta autonomía. La pérdida de esa vivienda puede obligarla a depender de familiares, ingresar en una residencia, recurrir a servicios sociales o trasladarse a una solución habitacional que quizá se encuentre lejos del entorno en el que desarrolló su vida.

En ese punto aparece una de las contradicciones más difíciles de resolver. El mercado inmobiliario funciona mediante precios y contratos, mientras que la vida de las personas se desarrolla a través del tiempo, de las relaciones familiares, de las redes vecinales y de una acumulación de experiencias que no puede trasladarse de un lugar a otro como si se tratara de un mueble. Cuando una persona ha vivido durante 70 años en una vivienda, la relación con ese espacio adquiere una profundidad que difícilmente puede expresarse en términos de rentabilidad.

Eso no significa que el propietario de una vivienda pierda sus derechos por el simple hecho de que el inquilino sea una persona mayor. Tampoco significa que todos los aumentos de alquiler sean injustificados o que los tribunales deban ignorar la legislación vigente. El problema es otro: qué mecanismos debe desarrollar una sociedad para evitar que una persona vulnerable quede expuesta a la pérdida de su vivienda cuando las reglas del mercado y su capacidad económica dejan de coincidir.

Maricarmen terminó enfrentándose precisamente a esa contradicción. El inmueble tenía un propietario con derechos reconocidos judicialmente y ella tenía una necesidad habitacional que no desapareció con la resolución del litigio. La respuesta social a su caso demuestra que existe una zona en la que el derecho de propiedad y el derecho a una vivienda digna necesitan ser conciliados mediante políticas públicas, especialmente cuando intervienen factores como la edad, la discapacidad, los bajos ingresos o la ausencia de una red familiar capaz de proporcionar una alternativa.

La historia también permite observar cómo la precariedad laboral puede prolongarse mucho más allá de la vida activa. Una persona que no consiguió acumular patrimonio suficiente durante sus años de trabajo llega a la jubilación dependiendo casi exclusivamente de sus ingresos mensuales. Si además ha tenido una trayectoria laboral marcada por salarios bajos, informalidad o períodos prolongados de desempleo, las posibilidades de comprar una vivienda disminuyen todavía más. La discriminación por edad en el mercado laboral agrava posteriormente el problema, porque cuando una persona mayor pierde ingresos resulta mucho más difícil recuperar su posición económica.

De esta manera, la vivienda termina conectándose con casi todos los problemas de la vejez: ingresos, trabajo, salud, dependencia y aislamiento social. No tener una casa propia no convierte automáticamente a una persona en vulnerable, pero sí puede aumentar considerablemente su exposición a cualquier cambio económico. Una subida del alquiler que para un trabajador activo representa una dificultad puede significar para un jubilado la diferencia entre conservar una vida independiente o depender de terceros.

España, además, atraviesa una crisis habitacional que afecta a distintas generaciones. La dificultad para acceder a una vivienda se ha convertido en uno de los principales problemas políticos del país y el caso de Maricarmen contribuyó a colocar nuevamente los desahucios y los alquileres en el centro de la discusión pública. Reuters ha señalado que la crisis combina una oferta insuficiente en determinadas zonas, aumento de la demanda urbana, alquileres elevados y una disponibilidad limitada de vivienda social.

La reacción ante el caso Maricarmen muestra también que la sociedad no percibe de la misma manera el desalojo de una persona joven que el de una mujer de 87 años que lleva siete décadas en la misma vivienda. La edad modifica la dimensión humana del problema porque obliga a considerar qué posibilidades reales tiene esa persona de rehacer su vida después del desalojo.

Maricarmen fue finalmente desalojada el 23 de septiembre y trasladada al hospital. Permaneció ingresada durante quince días y murió este 7 de octubre. Según informaciones publicadas este miércoles, la propietaria había aceptado finalmente una fórmula que le habría permitido regresar a la vivienda mediante un nuevo contrato de ocho años, pero Maricarmen murió horas antes de firmarlo.

No es posible afirmar que su muerte haya sido provocada por el desalojo sin una evidencia médica que establezca esa relación causal. Lo que sí está documentado es la secuencia de los acontecimientos: una mujer de 87 años fue expulsada de la vivienda donde había pasado la mayor parte de su vida, fue trasladada a un hospital, permaneció allí hasta su muerte y no alcanzó a regresar a la casa que esperaba recuperar. Esa realidad resulta suficientemente contundente sin necesidad de atribuirle una explicación médica que no ha sido establecida.

Lo que queda después de Maricarmen es una pregunta que España tendrá que responder, pero que también debería hacerse el resto de sociedades: ¿qué ocurre cuando una persona envejece sin una vivienda propia y sus ingresos ya no le permiten competir con el mercado inmobiliario?

No basta con decir que existen servicios sociales, residencias o alternativas habitacionales. Una política pública verdaderamente orientada a la protección de las personas mayores tendría que preguntarse si esas alternativas permiten conservar la autonomía, la proximidad a la comunidad y la estabilidad que una persona ha construido durante décadas. Trasladar a alguien de 87 años de su casa a un lugar diferente puede resolver administrativamente una necesidad de alojamiento, pero no necesariamente resuelve el problema humano que produjo la pérdida del hogar.

La historia de Maricarmen obliga, por tanto, a mirar la vivienda desde una perspectiva distinta. No solamente como propiedad, inversión o mercancía, sino como una condición material para desarrollar una vida digna y, llegado el momento, para envejecer con cierta seguridad. La propiedad privada y los contratos tienen que formar parte de cualquier sociedad que respete el Estado de derecho, pero también deben existir mecanismos capaces de impedir que la aplicación de esas reglas deje a las personas más vulnerables sin una salida razonable.

Porque detrás de cada contrato de alquiler existe una persona que necesita un lugar donde vivir. Cuando esa persona tiene 87 años, lleva siete décadas en la misma vivienda y depende de una pensión para afrontar sus gastos, la discusión deja de ser exclusivamente inmobiliaria. Se convierte en una discusión sobre la vejez, sobre la desigualdad acumulada durante toda una vida y sobre el tipo de sociedad que queremos construir para quienes ya no tienen la posibilidad de volver a empezar.

Maricarmen no inventó el problema de la vivienda en España y tampoco será la última persona mayor que enfrente una situación semejante. Su historia, sin embargo, ha conseguido ponerle un rostro concreto a una realidad que suele aparecer escondida detrás de estadísticas sobre alquileres, pensiones y desahucios. Una sociedad puede aceptar que una vivienda tenga un precio determinado por el mercado, pero también debe decidir hasta dónde está dispuesta a permitir que ese precio determine las condiciones en las que una persona puede vivir su vejez.

Ese es, probablemente, el verdadero significado de su historia. No se trata únicamente de conservar una vivienda, sino de preguntarnos si una persona que ha llegado al final de su vida tiene derecho a esperar que la sociedad no la abandone cuando ya no tiene recursos para defenderse por sí misma.