viernes, 12 abril 2024

Santa Marta: Piden reconocer demanda ambiental, tras detención de acusados de homicidio

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6 ambientalistas son acusados del homicidio contra María Inés, en Santa Marta. Ocurrió en 1989, pero El Foro de Agua cuestiona la aplicación del Código Penal de 1973. Reiteran demandas ambientales.

Por Alessia Genoves


Prohibición de la minería metálica y reconocimiento de las víctimas del conflicto armado” son dos de las prerrogativas que organizaciones sociales que sea reconocidas y respetadas. Éstas reiteraciones subyacen de la detención de 6 líderes comunitarios del cantón Santa Marta (Cabañas), de entre quienes se enumera el director comunitario, Antonio Pacheco. Las acusaciones las divulgó el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Rodolfo Delgado, quien sostiene su implicación en el delito de homicidio.

No nos oponemos a investigar crímenes cometidos durante la guerra civil”, es la posición política organizacional que compartió la represente del Foro Nacional de Salud (FNS), Morena Murillo. Argumenta que el trabajo organizativo implica el reconocimiento de los crímenes de guerra a favor de las víctimas; pero, el grupo organizado, sostiene que la acusación formal que les atañe es la fabricación de un delito.

Acusados

Rodolfo Delgado expuso que “en agosto (22) de 1989, María Inés Alvarenga fue sacada de su casa, en el Cantón Santa Marta, Cabañas, por guerrilleros del FMLN”. Ésta acusación refería a los imputados, entre quienes se señala a Teodoro Antonio Pacheco, de quien mencionamos es el director de la Asociación de Desarrollo Económico Sociales (Ades).

Alejandro Laínez García, Miguel Ángel Gámez, Pedro Antonio Rivas Laínez y Saúl Agustín Rivas Ortega”, también estarían implicados en los hechos que refieren a Pacheco. No obstante, ContraPunto hace notar que, en torno a la muerte de Inés Alvarenga, no se difunden públicamente las formas de proceder que les individualicen a cada uno, en la participación de los hecho de sangre.

Delgado, por contra, limita la información al presunto hecho de que a la víctima “la acusaban de colaborar con el ejercito”; razón por la que ”privaron de libertad a una víctima y la trasladaron a un campamento donde la torturaron y le quitaron la vida”, añade la FGR.

ContraPunto ha tratado de comunicarse con la FGR, sin conseguir respuestas referentes; y también ha intentado consultar a sus familiares, sin aún obtener respuesta. La información disponible apenas refiere a que los “líderes comunitarios”, así definidos por las organizaciones, son “ex combatientes guerrilleros”, según la FGR.

Argumentaron razonas de inconsistencias, organizaciones identificadas en la referida agrupación:  Coordinadora Salvadoreña de Movimientos Populares, las Juventudes Antifascistas y Cultura Trans, en adhesión del FNS. Morena Murillo, de hecho, sostuvo la inocencia de Pacheco: “Sabemos que es un hombre que no es de lo que se le está acusando. Es un hombre que ha dado mucho a éste país. Ha dado mucho a las comunidades y tiene mucho qué dar. No es justo que esté detenido”.

Alejandro Henríquez, representante del Foro del Agua, añadiría que los imputados están siendo procesados con legislaturas penales anteriores a los hechos que les imputan a los líderes comunitarios: Lo que hemos conocido de los compañeros y compañeras de Santa Marta, se les están acusando por hechos de 1973 y de 1974, cuando el asesinato, en realidad ocurrió en 1989, según la Fiscalía”.

No obstante, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) enumera precedentes en los condenas por delitos de lesa humanidad, durante la Guerra Civil, se les enjuició con legislaciones penales anteriores al tiempo de la comisión de sus delitos.

ContraPunto identifica al juicio condenatorio contra el Coronel Guillermo Alfredo Benavides Moreno, uno de los acusados de la Masacre de los Jesuitas, sentenciado por el delito de “Asesinato”, establecido en el artículo 54 del Código Penal de 1973; es decir, anterior al hecho de 1989. Esto se puede observar en documentos tales como el recurso de amparo no admitido al condenado, desde la Sala de lo Penal de la CSJ, en su sentencia del expediente n.º 3CAS2019.

Lo actuado contra los miembros presuntamente hallados no parece una acción genuina de verdadera justicia, sino un acto de persecución, venganza política, en el marco de la ofensiva estatal contra las organizaciones comunitarias y de sociedad civil; en éste caso, la asociación de ADES”, sostuvo Murillo.

Controvertido es el panorama de gobierno, respecto a la demanda de justicia por los crímenes de Guerra. Unas 75 mil personas fueron asesinadas por las Fuerzas Armadas de El Salvador, y las Guerrillas, identificadas con el FMLN. El presidente salvadoreño, Nayib Bukele, sostiene que los Acuerdos de Paz que le habría dado cierre al conflicto “son una farsa”, mientras que reivindica a las víctimas.

Murillo, sin embargo, sostiene que los acuerdos de Paz fueron un hecho histórico y trascendental”, por la institucionalización de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), el Tribunal Supremo Electoral (TSE); el Consejo Nacional de la Judicatura, entre otras instancias.

Implicación ambiental

Demandas ambientales han sido reiteradas por las organizaciones. A la presunta idea de que el proceso judicial contra los imputados respondería a una “fabricación de casos”, añade otro supuesto en relación: que los líderes comunitarios eran también activistas por la defensa de los derechos humanos, y los derechos asociados a la preservación del medio ambiente.

Santa Marta es una comunidad ejemplar que ha logrado un enorme desarrollo social, como ninguna otra población rural en esa zona; y ADES ha contribuido enormemente al país, sobre todo en la protección ambiental en temas como la lucha contra la minería metálica”, dijo a la prensa, Morena Murillo.

Señalan que el gobierno no ha respondido, desde su perspectiva, a las demandas ambientales, como las que atañen a la aprobación del Tratado de Escazu. El presidente Bukele sostuvo que no estaba de acuerdo con alguna de las prerrogativas. Los ambientalistas sostienen que su respuesta es a que el cuerdo reafirma el “acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina”, tal y como lo reza el documento.

Pero criterios pueden ser más gradualistas. De hecho, el gobierno de El Salvador se ha suscrito a 17 de los más de 30 Objetivos de Desarrollo Sostenible, que propone la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Entre éstos, los objetivos que se de índole ambiental se enumeran los del 12 al 15, tales como el de la “producción y consumo responsables, acción por el clima, vida submarina, vida de ecosistemas terrestres”, tal y como se establece en el “Informe de la II Revisión de Nacional Voluntaria del Proceso de Implementación de los ODS. El Salvador 2022”.

Otro hecho que no es compatible con el de asumir actividades mineras es el que establece el Tratado de Aguas Transfronterizas, firmado en el Parlamento Centroamericano (Parlacen) en abril del año 2021; y la Ley de Prohibición de Minería Metálica.

Sin embargo, la Mesa Nacional Frente a la Minería Metálica destaca que exísten aún 52 proyectos de extracción minera transfronteriza -entre Guatemala y Honduras- que sigue vigentes, tienen implicación directa con el suelo y los mantos acuíferos salvadoreños. Entre los riesgos emergentes, señalan la afectación en el “abastecimiento, calidad y cantidad de agua”; principalmente, desde caudales como el Río Lempa, el Río Paz, el Lago de Güija, el Río Sumpul, el Río Torola, el Río Goascorán.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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