miércoles, 17 abril 2024

Niegan libertad condicional para El Sirra

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El Sirra cumplió 23 años de prisión de los 33 impuestos, por matar a Eduardo Villacorta en 2000. Solicitó libertad condicional, pero el Juzgado Primero de Vigilancia lo negó, porque “no está apto para la reinserción social”.

Por Alessia Genoves


El Sirra” permanecerá en prisión. Así lo determinó el Juzgado Primero de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena de Santa Tecla, tras negar la solicitud enviada, precisamente, por el demandante Arístides Dionisio Umanzor Osorio, quien cumple una condena de 33 años de prisión por los delitos de “secuestro, homicidio y daños agravados”.

23 años cumplidos en prisión justificarían la demanda de “El Sirra”. La solicitud sería enviada conforme al hecho de haber “cumplido las dos terceras partes de la pena” -en respuesta de algunos criterios de libertad condicional anticipadas, establecidos en el artículo 86 del Código Penal-. Sin embargo, la institución valoró que “de acuerdo a los informes psicológicos, social y de educación, no ha logrado superar las carencias que lo llevaron a cometer los delitos”.

Prisión para El Sirra

Umanzor Osorio cumple 23 años de prisión, de los 33 impuestos por el sistema de justicia, desde septiembredel año 2000. Fue condenado por los delitos de secuestro, homicidio y daños agravados, en perjuicio del ciudadano Eduardo Álvarez Villacorta, entonces residente de la Colonia Santa Elena, de San Salvador.

Entre otras cosas, también fue condenado a una pena de responsabilidad civil, por $2,288.18 dólares, para la familia doliente de Villacorta, por ordenes del Tribunal de Sentencia de Nueva San Salvador.

Cumplidos los 23 años de prisión, por el hecho en particular, el demandantes solicitó al Primero de Vigilancia la libertad condicional. Dicho beneficio estaría establecido en el artículo 86 del Código Penal, y reza:

A propuesta del Consejo Criminológico Regional, podrá el juez de vigilancia correspondiente, conceder la libertad condicional a los condenados a pena de prisión que hayan cumplido la mitad de la condena y que satisfagan las demás exigencias del artículo anterior, siempre que merezcan dicho beneficio por haber desarrollado actividades laborales, culturales, ocupacionales o de otra índole susceptibles de igual valoración” (art. 86. CP).

El artículo también establece una última cláusula, en la que impera que el beneficio sólo podrá concederse si el incoado también respondiere a la condición en la cual “exista respecto de los mismos un pronóstico individualizado y favorable de reinserción social”.

La institución judicial, de hecho, argumentó su resolución no favorable en éste último inciso. Detalló que El Sirra calificó oportunamente en los “informes psicológicos, social y de educación, no ha logrado superar las carencias que lo llevaron a cometer los delitos”.

Además, definió rasgos de su personalidad lo definirían en un perfil con “altos índices de agresividad y peligrosidad”, que lo limitarían a la reinserción social: “Egoísta, narcisista, falta de adaptabilidad, irritable y un alto grado de egocentrismo”.

Más delitos

El Sirra fue condenado por otros delitos, desde el año 2001. El Juzgado Cuarto de Sentencia de San Salvador definió una pena de 3 años de prisión, por el delito de “daños agravados”, en perjuicio de agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), en el año 1999. Dicha pena la comenzaría a cumplir, a partir del año 2002, teniendo efecto hasta el 2005.

Otras acusaciones contra El Sirra se siguieron cometiendo en los años sucesivos, inclusive en prisión. Desde el año 2018, la Fiscalía General de la República (FGR) implicó al entonces incoado en la “Operación Cuscatlán”, junto con unos 374 acusados, entre ellos, funcionarios y exfuncionarios públicos.

El primero, fue acusado por el delito de proposición y conspiración del delito de homicidio, con una pena de 14 años de prisión; y los últimos serían individualizados por delitos relacionados con la entrega de beneficios a pandillas, a cambio de votos, para las elecciones presidenciales de 2014. Entretanto, las penas serían dictadas en el año 2020, según lo anunció la FGR en la fase de sentencia.

Por si no fuera poco, el 15 de enero de 2021, la fiscalía del Distrito Este de Nueva York responsabilizó a unos 15 miembros de la Mara Salvatrucha, incluido a El Sirra, por diversos crímenes relacionados con el terrorismo y el crimen organizado, en la Ciudad de Nueva York, desde los años 2016 a 2020. La acusación formal fue anunciada por el fiscal federal Interno, Seth D. DuCharme.

Incluso cuando estuvo encarcelada, la Ranfla Nacional continuó dirigiendo las operaciones globales de la MS-13, reclutando nuevos miembros, incluidos niños, para la MS-13 y orquestando asesinatos y caos en todo el mundo. La acusación innovadora de hoy busca demoler a la MS-13 apuntando a su estructura de comando y control y responsabilizando a la Junta Directiva de la MS-13 por sus acciones terroristas”, indicó, en su oficio.

Hasta ese momento, la Embajada de los Estados Unidos, junto con la Fiscalía de Nueva York informaron que estarían estudiando “las opciones para su extradición a los Estados Unidos”. El actual titular de la FGR, Rodolfo Delgado, ventiló que desde el pasado jueves 21 de abril se estarían procesando las audiencias formales de intimación, para su extradición.

En éste último recurso, se detallaría que el gobierno de los Estados Unidos requería a El Sirra, por delitos relacionados con el “entregar y ocultar material y recursos terroristas, cometer actos de terrorismo, financiamiento de terrorismo y narcotráfico”, citó Delgado.

Es curioso que, durante la audiencia, este criminal solicita agilizar su salida hacia una cárcel norteamericana, pues ya no quiere enfrentar la justicia salvadoreña, ahora que ya no tiene NINGÚN BENEFICIO y su estadía en la cárcel se ha vuelto un verdadero castigo a sus crímenes”, valoró.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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