viernes, 12 abril 2024

Niegan indulto a reo diabetico, pero reincidente en robos

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Reo diabético fue reincidente en robos. Asamblea Legislativa negó su indulto. Corte Plena insiste en que no está en estado terminal, y no tiene procesos neoplásicos

Por Alessia Genoves


Reo reincidente de robo no obtiene solicitud de indulto, pese a tener enfermedad crónica. La decisión fue tomada por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, del la Asamblea Legislativa, al valorar los antecedentes penales del mismo. Fue avalado, asimismo, con el voto de 68 diputados en la Sesión Plenaria Ordinaria N.º 80, en el Salón Azul.

Carlos Gustavo Martínez Renderos es el nombre del reo. Fue vencido en juicio en 2019, por el delito de robo agravado, recibiendo una condena de ocho años de prisión conforme al artículo 213 del Código Penal. En 2020 habría comenzado el proceso requerido a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), avocándose a los artículos 15, 16 y 25 de la Ley de Ocursos de Gracia, entre otras cosas, por presentar un cuadro de “diabetes mellitus tipo dos, insulinodependiente y estreches uretral”.

Petición de indulto

Martínez Renderos solicitaba el indulto de la pena establecida de 8 años de prisión, por el delito de robo agravado, en el año 2019. La demanda fue procesada inicialmente por el Consejo Criminológico Nacional, el 16 de julio del año 2020. Entre otras cosas, justificó su cuadro diagnóstico de diabetes mellitus, así como el de estreches uretral.

También justificó su participación activa en programas de “-salud mental, de religión en la actividad de historia de la iglesia, -deporte, específicamente en ajedrez y yoga; -en peluquería; actividades del idioma inglés, -en primeros auxilios, -en desarrollo de valores y solución de problemas”, según lo detalla el Dictamen Desfavorable N.º 31, de la Comisión.

El análisis preliminar de la CSJ justificó el proceso de indulto, considerando, entre otras cosas, el computo de la aprehensión del reo: “cumplió las dos terceras partes, y en fecha 21 de febrero de 2023 cumplirá la totalidad de la pena”, de acuerdo con el dictamen del Concejo Criminológico. El mismo informe habría presentado las condiciones de salud del reo, señalando una “evolución negativa de su estado de salud”.

Rechazan Indulto

Corte Plena reafirmó que Martínez Renderos “no se encuentra en un estado terminal, y no tiene procesos neoplásicos”, pese a que la diabetes es considerada como una enfermedad crónica. El Consejo llevó ala Comisión de Justicia y Derechos Humanos el dictamen solicitado, respaldado por la Corte Plena, insistiendo que el dictamen no es favorable, pero que por razones de humanidad se considerara su estado de salud, y la solvencia de su condición disciplinaria.

La Comisión recibió el dictamen. Sin embargo, reservó la suspicacia. Solicitó a la Dirección de Centros Penales un historial de la situación jurídica de Martínez Renderos. El documento, según lo detalla el Dictamen de la Comisión, demostraría que había sido condenado por otros delitos, siendo reincidente con el del robo agravado.

Martínez Renderos ya había sido vencido en juicio por: “robo agravado en la victima clave Morena, en donde fue absuelto; Robo agravado en perjuicio de Luis Alberto Martínez (el presente caso en donde solicita el indulto) condenado a 8 años de prisión; y a ellos se les suma el delito de Robo Agravado imperfecto o tentado en Jose Emilio Mejía y Jose Omar Mejía, condenado por seis años de prisión”.

De modo que el Juzgado de Vigilance Penitenciaria y de Ejecución determinó que una pena de 14 años de prisión, en un nuevo cómputo desarrollado el pasado 16 de marzo de 2021. Es decir, se contarían 6 años más a su pena. Se determinó, pues, que“la media pena la cumplió el 21 de octubre de 2022y, las dos terceras partes el 21 de febrero de 2025 y la pena total el 21 de octubre de 2029”.

Otros estudios del Concejo Criminológico Nacional determinaron que el reo tiene “impulsividad alta, y agresividad media”; al mismo tiempo que los delitos cometidos se hicieron en conjunto con otros “criminógenos, con baja capacidad de empatía, bajo control de impulsos”, entre otras cosas. Y al ser reincidente, lo definieron como un “factor de riesgo altamente peligroso”, por lo que la respuesta del dictamen fue desfavorable.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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