sábado, 11 enero 2025

Juzgados de Cuscatlán y Usulután vigilarán el CECOT

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Juzgados de Vigilancia de Cuscatlán y de Usulután administrarán justicia en el CECOT. Además, ejercerán competencia en el Centro Industrial de Cumplimiento de Penas y Rehabilitación de Santa Ana.

Redacción ContraPunto


Juzgados de Cuscatlán y de Usulután vigilarán el Centro Penitenciario de Máxima Seguridad de Tecoluca (CECOT). La nueva disposición es transitoria, y busca ampliar las facultades jurisdiccionales de los Juzgados Primero y Segundo de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena de ambas localidades, para llevar sus servicios a la administración de justicia a la contención de maras y pandillas.

66 votos a favor han dado lugar a la nueva disposición jurídica. El evento parlamentario tuvo lugar durante la Sesión Plenaria Ordinaria No. 123, celebrada en el Palacio Azul de la Asamblea Legislativa. En dicha instancia se ventiló el Dictamen Favorable No. 54, emitido por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales. El contenido del documento, en parte, define las justificaciones que preceden a la exposición del decreto, bajo el título de “Disposiciones de la Ley Orgánica Judicial relativas a la Competencia de los Juzgados Primero y Segundo de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena de Santa Ana”.

40,000 pandilleros formarán parte del circuito penitenciario en el CECOT. La institución ha sido ideada para administrar las sanciones respectivas en contra de representantes y de altos líderes de maras y pandillas. Sin embargo, tras la apertura del centro de contención, y durante la vigencia del Régimen de Excepción de Garantías Constitucionales, han sido trasladadas aquellas personas que han sido vencidas en juicio, o están aún siendo acusados de pertenecer o de participar en actos de terrorismo.

Disposición transitoria

Transitoria o temporal es la disposición legislativa que atribuye a los Juzgado Primero y Segundo de Vigilancia Penitenciaria de Cuscatlán y de Usulután. Según se describe en el Dictamen Favorable, las atribuciones jurisdiccionales responden a queaún no está definido el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena que ejercerá competencia sobre el referido Centro Penitenciario“.

Por otra parte, en el documento también se atribuyen otras funciones ambos juzgados. La diputada del partido Nuevas Ideas, Evelyn Merlos, lo explica: Se extienden “las atribuciones de los Juzgados Primero y Segundo de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena de Santa Ana para que ejerzan competencia en el Centro Industrial de Cumplimiento de Penas y Rehabilitación de Santa Ana”, un hecho que queda patente en el artículo único de la Disposición Transitoria.

ContraPunto informa a sus lectores que, desde un inicio, se establecieron el ”Tribunal Primero Contra el Crimen Organizado”; “Tribunal Segundo Contra el Crimen Organizado” y “Tribunal Tercero Contra el Crimen Organizado”, tras la aprobación de la “Ley Contra el Crimen Organizado u otras”, el 2 de noviembre de 2022. Se observa que, en efecto, no se había establecido un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria en Santa Ana.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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