Hasta $1,500 en aguinaldos no pagarán impuestos

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Hasta $1,500 en aguinaldos no pagarán impuestos sobre la renta. Salarios de hasta $3,500 podrían recibir dichas prestaciones. La decisión fue aprobada por la Asamblea Legislativa, con 80 votos.

Redacción ContraPunto


Hasta $1,500 dólares en aguinaldos y compensaciones económicas no cobrarán aguinaldos. La política ha sido establecida en respuesta del referido presupuesta a las prestaciones laborales adquiridas a fin de año, por los trabajadores del sector público y privado. Fue aprobada en la Sesión Plenaria N.º 85 de la Asamblea Legislativa, con 80 votos a favor.

Aguinaldos de fin de año no estarán sujetos a la retención del pago de impuestos, si éstos no exceden al presupuesto establecido por la disposición legal que se aprobó ésta noche. El objeto de la Ley nace de la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto, del Dictamen Favorable N.º 168; y responde a una Ley Transitoria sobre el Código de Trabajo y la Ley sobre la Compensación Adicional.

Aguinaldos sin impuestos

Sin impuestos estarán sujetos las prestaciones laborales con denominación salaria, en el pago de aguinaldo de fin de año. La ley que faculta dicha política se titula “Disposiciones transitorias que declaran como renta no gravable y en consecuencia excluidas de la retención respectiva, el aguinaldo a que se refiere el código de trabajo y la Ley sobre la Compensación Adicional, en Efectivo, hasta un límite de $1,500 dólares”.

Detalla, desde luego, que el beneficio de la carga tributaria no excederá la compensación a los $15,000 dólares. Modifica parcialmente el artículo 4 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta en las rentas no gravables, sobre las remuneraciones y compensaciones; y al inciso 2º del artículo 155 del Código Tributario, que establece que la persona natural debe “retener el importe que como anticipo del Impuesto Sobre la Renta le corresponde”, entre ellos, el aguinaldo.

Sin embargo, la ley exceptúa de ésta garantía tributaria a aquellos que reciban “aguinaldos que sobrepasen el monto señalado en el inciso anterior”. Bajo ésta condición, los trabajadores o beneficiarios “estarán sujetos a la retención y al pago del ISR que corresponda el valor no gravable regulado en éste artículo”.

El Salvador registra un total de 927,371 empleos formales. Sin embargo, hasta el año 2021, al menos 848,108 empleados cotizaban en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS). El aporte salarial oportuno que el trabajador debe tener, para obtener dicho beneficio, es el de un salario no superior al de lo $3,500 dólares; lo que implica que las remuneraciones menores podrían recibir también esos beneficios.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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