Gerson Martínez, denunciado en Caso Sitramss y 254 casos de corrupción

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Gerson Martínez, denunciado por la FGR en Caso Sitramss. Acumula 254 denuncias, algunas por la concesión ilegal del “Bulevard Diego de Holguín, Tramo II”, según Rodolfo Delgado. Sostienen que Gerson está viviendo en México.

Por Alessia Genoves


254 denuncias acumula el ex-titular del Ministerio de Obras Públicas (MOP), Gerson Martínez. El incoado ha sido requerido por la Fiscalía General de la República (FGR), por la presunta comisión del delito de “incumplimiento de deberes”. Dos funcionarios públicos y un empresario de transporte son procesados por la institución, por delitos arraigados a la presunta concesión irregular del Tramo II de la Carretera Diego de Holguín, en favor de la empresa Sipago-Sitramss.

Detenidos han sido el empresario de la empresa Sitrams, Miguel Ángel Castaneda; y el ex-director general de Tránsito del Vice-Ministerio de Transporte (VMT), Edwin Flores. El dato ha sido divulgado por la FGR, tras la ejecución de 20 allanamientos. No obstante, Gerson Martínez no pudo ser detenido, ya que, según el titular del Ministerio Público, “se encuentra residiendo en la República Mexicana”; con lo que buscarán la manera de hacer que enfrente la justicia, o “juzgado en ausencia”.

Gerson Martínez: 254 denuncias

Gerson Martínez es el nombre con el que es identificado el ciudadano Manuel Orlando Quinteros Aguilar. Los hechos que definen sus imputaciones se remiten desde su administración en el MOP – desde el 1 de junio de 2009 al 4 de noviembre de 2017 -, en su segundo período sucesivo de trabajo, durante la administración del expresidente Salvador Sánchez Cerén (2014-2019). A éste último se le acusa de cometer, además, los delitos de peculado y enriquecimiento ilícito en perjuicio del Estado, por un monto de $350 millones de dólares.

Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Salvador (Sitramss) es el proyecto establecido establecido en modalidad de un asocio público privado. El carril del proyecto, en cuestión, correspondía al del “Bulevard Diego de Holguín, Tramo II”, que fue consecionado a la referida empresa de Sipago-Sitrams, en el 2010, a través del ministro Matínez.

Incumplimiento de deberes” es la principal acusación que la FGR establece en su contra. Según lo detalló el titular de la institución de investigación, Rodolfo Delgado, existirían pruebas que lo implican en haber autorizado la concesión del carril segregado para uso exclusivo del Sitrams, para los vehículos que estaban autorizados para circular; ésto, sin haber cumplido con las diferentes disposiciones legales, que obligaban a que la Asamblea autorizara la concesión”

Los hechos también implican al empresario de Sipago-Sitramms, Miguel Ángel Castaneda; como al ex-director General de Tránsito del VMT, Edwin Flores. Según lo detalla el Ministerio Público, ambos han sido sometidos por la Policía Nacional Civil (PNC), ya que sobre el primero pesan las acusaciones de “extorsión agravada”, y sobre el segundo, el delito de “actos arbitrarios”. A éstos también se añaden implicaciones en contra del funcionario Nelson García, por el delito de “extorsión agravada”.

FGR aún no ha reclamado las causas penales ante la administración de justicia. Tampoco a detallado las sanciones que requiere sobre los participantes. El Código Penal, entretanto, define sanciones desde los 10 a los 15 años de prisión a las distintas modalidades del delito de extorsión (art. 214-A); y de sanciones de 2 a 4 años de prisión, más la inhabilitación del cargo, por el delito de actos arbitrarios (art. 320). Asimismo, establece penas carcelarias de 4 a 6 años de prisión por el delito de incumplimiento de deberes (art. 321), último con el que es acusado Martínez.

Sitramss inconstitucional

Inconstitucional fue definido el proyecto Sitramss. El acto corresponde a la resolución de Inconstitucionalidad 63-2013, establecida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que se estableció en la fecha 27-I-2017. Al respecto, la Sala argumentó que el proyecto no respondía al cumplimiento del artículo 120 de la Constitución de la República, que reza:

En toda concesión que otorgue el Estado para la explotación de muebles, ferrocarriles, canales u otras obras materiales de uso público, deberían estipularse el plazo y las condiciones de dicha concesión, atendiendo a la naturaleza de la obra y el monto de las inversiones requeridas”. También añade que “éstas concesiones deberán ser sometidas al conocimiento de la Asamblea Legislativa”.

Rodolfo Delgado añade que otras condiciones, que implican a Gerson Martínez. Según lo explicó a la prensa, el acusado no cumplió con los requerimientos necesarios, establecidos tanto en la LACAP como en la Constitución, para poder concesionar ese bien público”.

En concreto, el carril de la concesión antes descrita respondía a un límite geográfico de “seis punto cuatro kilómetros (6.4 Km) que inicia en el Bulevar del Ejército Nacional, a la altura de la avenida Rosario Sur del municipio de Soyapango, continuando por la avenida Peralta, luego cruza por avenida Independencia, hasta la Alameda Juan Pablo II, concluyendo a la altura de la intersección con la Treinta y Tres Avenida Norte del municipio de San Salvador, departamento de San Salvador”, según lo detalla la CSJ.

La CSJ reiteraría las condiciones de inconstitucionalidad, en 2019. Valoraría, entre otras cosas, los conflictos suscitados entre el interés público y los beneficios de la empresa, desde criterios de poderación y de proporcionalidad, por el uso del referido bien de dominio público, y por las irregularidades procesales de la conseción, último señalamiento que hizo notar el ex-magistrado de la institución judicial, Carlos Sergio Avilés.

En aquel momento, el magistrado de la CSJ, Pineda Navas, manifestó el imperativo de la necesidad de que exista una poderación entre los derechos de los “usuarios de un transporte colectivo con comodidad rapidez, agilidad, seguridad y accesibilidad con que se brinde dicho servicio; lo anterior sin menoscabar los derechos de las personas que transitan en vehículos particulares, garantizando los derechos de las personas usuarias del sistema de transporte colectivo”.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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