Atención Judicial a Casos de Población LGBT en El Salvador” es la investigación que la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) presentó ésta semana. El estudio es un análisis judicial de testimonios sobre casos de violaciones a los derechos humanos en contra de personas de la Diversidad Sexual y Genérica en El Salvador, en el que se evidencian varios “vacíos legales” en la legislación salvadoreña, e irregularidades en la aplicación de justicia.

La periodista, Mónica Rodríguez, define que la investigación ha buscado documentar los casos de violaciones a los Derechos Humanos que ha sido de conocimiento del Sistema de Justicia salvadoreño. También se ha buscado evidenciar el contexto general que está enfrentando la población LGBTI; y también se ha buscado dimensionar avances o vacíos institucionales, y legales que existen en nuestro país, en materia de Acceso a la Justicia a ésta temática”.

La investigación también aborda un análisis de testimonios ejemplarizantes sobre procesos y resoluciones judiciales favorables en víctimas de la Comunidad LGBT. Y las valoraciones concluyentes del estudio, asimismo, instan al Gobierno de El Salvador a adaptar legislaciones medidas administrativas amparadas, por ejemplo, en la Opinión Consultiva 24/2017 de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CADH) para beneficiar a personas de LGBT

Kerlin Belloso, por su parte, reconoce que la falta de legislaciones a favor de la orientación y de la identidad de género es un factor de riesgo que durante muchos años ha contribuido a agravar los efectos de la violencia y la discriminación contra ellos y ellas, dando lugar a la impunidad para los autores de graves violaciones a derechos humanos y por ende a la tolerancia implícita de tales abusos”.

¿Cuáles han sido los casos ejemplarizantes?

Violaciones a los derechos a la identidad y a la expresión de género, detenciones arbitrarias y delitos en contra de la integridad física han sido sólo algunas de las afectaciones contra de los derechos humanos documentados en los expedientes judiciales de Alejandra López, Aldo Alexander Peña y Leslie Ramirez, tres personas trans que dieron testimonios de “casos ejemplarizantes” sobre los que se evidencian “vacíos” en el sistema de justicia salvadoreño y “obstáculos” para la protección de personas LGBT en El Salvador.

Así pues, es uno de los precedentes registrados la detención arbitraria del elemento del Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM), Aldo Peña, quién testifica haber sido golpeado y acusado falsamente por miembros de la misma institución.

A mí esa noche, en cada golpe que me daban, los policías me decían lo siguiente: Como decís que sos hombre, tenés que aguantar como hombre. Entonces, o me trataban de marimacha…”, expresó Peña, en una entrevista dirigida en su momento por Alessia Genoves.

Pasé abusos de autoridad dentro del hospital, pasé custodiado, esposado en una cama, custodiado por dos policías”. Además, dijo estar lastimado en uno de sus ojos jamás destaparon mi ojo para ver cómo estaba”.

Finalizado el proceso acusatorio en su contra, Aldo denunció a los agentes del CAM al testificar haber sido víctima de golpes y de una detención arbitraria arbitraria. En el informe judicial del caso se detalla el abuso de las autoridades al punto de generar lesiones agravadas, que fueron motivadas en perjuicio de su identidad y expresión de género, según FESPAD.

Yo tuve la oportunidad de hacer justicia, porque yo tuve la oportunidad que muchas compañeras trans, que muchos compañeros gays, que muchos compañeros trans, que muchas compañeras lesbianas no tuvieron”, dijo Peña.

Otra de las denuncias calificadas como ejemplarizantes fue la de el Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) en la suspensión laboral de la ex-trabajadora trans de Ciudad Mujer de Santa Ana, Leslie Ramirez, desde el pasado mes de enero de 2017. El tribunal la relacionó con los delitos de “incumplimiento de deberes éticos”, y por “realizar prohibiciones éticas”, sancionados en los artículos 5 y 6 de la Ley de Ética Gubernamental.

FESPAD detalla que, en enero de 2019, una de sus compañeras testificó en contra de Leslie, acusándola de vender servicios sexuales en horarios laborales, con el equipo informático de la institución. Del mismo modo, la Unidad Informática de Ciudad Mujer también habría confirmado que la acusada “ingresa a publicar anuncios como sexo servidora en los sitios web identificados como…”, se cita en el informe.

Sin embargo, FESPAD insiste en que el proceso de destitución fue arbitrario, ya que no se tomó en cuenta la “licencia de incapacidad”, por la que Leslie no pudo asistir a sus labores; y que, sin embargo, “se había entrado a dichos sitios web”. También la institución asegura que el caso “aún no ha finalizado”.

También fue definido como “ejemplarizante” fue el proceso de “cambio de nombre” a favor Alejandra López, una mujer transexual salvadoreña. Dicho proceso se hizo efectivo a través de la “Ley del Estado Familiar”, en un Juzgado de Familia; y tramitado en La Paz, en su alcaldía de residencia.

Sin embargo, Kerlin Belloso, miembro de FESPAD, detalla que el juzgado decidió no aplicar la Ley del Nombre y de la Persona Natural, debido a que contenía muchos vacíos; y que, por el contrario, aplicó la “Ley del Estado Familiar”.

Es importante reconocer el trabajo de la juzgadora, en éste caso en particular, que no sólo se quedó en una norma que no establecía la autorización para el cambio de nombre de las personas trans, sino que amplió su conocimiento y amplió su marco de protección a favor de Alejandra. Pero si no existe una ley de identidad de género en El Salvador, éstos casos de cambio de nombre se dan a la decisión unilateral de los jueces”, valoró Belloso.

¿Qué reformas sugiere FESPAD al Estado?

En su informe, FESPAD recomienda al Estado Salvadoreño el reconocimiento de “la existencia de personas en condiciones de vulnerabilidad”, así como la aplicación de la “perspectiva de género” en el ámbito judicial. Asimismo, recomienda la especialización de las autoridades policiales y judiciales en el diseño de protocolos y políticas públicas que permita un tratamiento pertinente y respetuoso para las personas LGBT.

La situación es preocupante para la Federación Salvadoreña LGBT, ya que identifica a la Policía Nacional Civil (PNC) como la segunda entidad violatoria de los Derechos Humanos de las personas LGBT, después las maras y pandillas (en el 60% de los casos), de acuerdo con el informe “Basta de Genocidios Trans”, publicado en 2019, por el Centro de Trans de América Latina y el Caribe (Cedostalc).

También alerta a la población LGBT sobre los casi 700 casos de asesinatos reportados hasta hoy por la FSLGBT. De éstos casos, al menos tres habrían recibido un proceso judicial, siendo las víctimas reconocidas como Camila Díaz Córdova, Anahí Miranda Rivas y Jaime Ulíses (Tita) Andrade Umaña.

VEA: BUKELE 1ER AÑO: REDUCE HOMICIDIOS A POBLACIÓN LGBT…

Hasta hoy, los fiscales sólo han logrado clasificar 3 homicidios de personas lgbt como delitos de odio. Y, en todo los casos, los jueces desestimaron los cargos por crímenes de odio… y en ningún esos casos existió una condena. Entonces, por qué tener esa ley, si no se está usando… si los jueces y los fiscales no saben usarla?” expresó Cristian Gonzalez, investigador de Human Right Watch.

Sólo en el asesinato de Camila Díaz se pudo responsabilizar a tres ex-agentes policiales del Sistema de Emergencias 911 de la PNC. De modo que el Tribunal Primero de Sentencia los sancionó a 20 años de prisión, tras acusarlos por el delito de “Homicidio Agravado” por “abuso de Superioridad”.

Por otra parte, FESPAD también sugiere la implementación de un sistema de datos estadísticos para cuantificar las violaciones a los derechos humanos hacia personas LGBT. Así como la participación de representaciones LGBT en las instituciones públicas que faciliten la toma de decisiones, entre ellas, la Ley de Identidad de Género y la reforma a la Ley del Nombre y a la Persona Natural.

En El Salvador no existe una ley específica para posibilitar el cambio de sexo y de género ni existen regulaciones que hagan posible el cambio de nombre para personas transgénero y transexuales. Éstas omisiones ha sido demandadas por múltiples organizaciones de la Comunidad LGBT en el país, al no recibir respuesta favorable sobre sus requerimientos, y al verse privadas de las garantías legales establecidas.

Tal y como lo expuso Karla Guevara, en su momento: “Como Mesa Permanente por la Ley de Identidad de Género, nos pusimos a disposición de la Comisión de Género, para poderles explicar por qué es necesaria una Ley de Identidad de Género en el país, por qué es necesario que la población trans tenga una Ley de Identidad de Género. Pero, hasta el día de ahora, no hemos mantenido respuesta por parte de la Comisión de Género y de la Mujer”,

González, considera que es necesario “solicitar a la Asamblea Legislativa que se discuta la Ley de Identidad de Género”. También expresó que “es lastimoso que, a éstas alturas, después de dos años no se tenga un dictamen para conocer la ley”.

Para el reconocimiento legal del género no deben imponerse requisitos difíciles que resulten violatorio de derechos, como la exigencia de someterse a cirugías, o imponerse a evaluaciones psiquiátricas, antes de que una persona pueda modificar esos documentos”, añadió González.

VEA: ATENCIÓN JUDICIAL DE POBLACIÓN LGBT EN EL SALVADOR

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