lunes, 2 diciembre 2024

Disputan Inconstitucionalidad en explotación de Pozos para C. Valle El Ángel

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El convenio de cooperación entre ANDA y la Sociedad Duerñas Limitada ha permitido a ésta última perforar 8 pozos para Valle El Ángel. Activistas denuncian que es inconstitucional.

Activistas de la campaña Salvemos Valle de El Ángel y la Administración de Acueductos y de Alcantarillados (ANDA) disputan la constitucionalidad del convenio de cooperación que posibilita a la Sociedad Dueñas Hermanos Limitada (Ltd) Urbanica la concesión y explitación de ocho pozos de agua, para hacer posible el proyecto Ciudad Valle de El Ángel. Según la autónoma, el consenso tuvo su aval desde el 2016, con la aprobación de los estudios de factibilidad requeridos.

El acuerdo de la autónoma, titulado “Convenio de Cooperación entre ANDA y Dueñas Hermanos Limitada, para la Perforación de Ocho Pozos Profundos y el Desarrollo del Obras Complementarias, Proyecto ‘Ciudad Valle del Ángel’ Municipio de Apopa Departamento de San Salvador”, otorga a la mobiliaria permisos de explotación de agua, hasta por noventa años. Pero los activistas sostienen que la autónoma no es la autoridad competente, y que por ello incurre en hechos de inconstitucionalidad.

El proceso de denuncia ha sido sustentado por organizaciones que se sumaron a dicha campaña, entre ellas, el Foro del Agua (FDA); la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD); el Centro de Estudios Aplicados en Ecología y Sustentabilidad Ambiental (ECOS), el Arzobispado de San Salvador, ente otras.

Mientras tanto, residentes de la localidad aseveran que el proyecto de Ciudad Valle del Ángel sigue operando, pese a no haber superado los estudios de factibilidad ambiental, ni haber recibido los permisos ambientales por parte del Ministerio de Medio Ambiente (MARN).

VEA: PDDH DENUNCIA “POSIBLE CONCESIÓN DE PERMISO” EN VALLE DEL ÁNGEL, EL MARN LO NIEGA

Por vulneraciones a derechos con el agua es que ANDA, como órgano de la administración pública no tiene competencia para otorgar la concesión, sino que tiene que ser la Asamblea Legislativa, porque el convenio es un mecanismo que incluye una concesión, porque se está otorgando a una persona jurídica o a una sociedad privada la explotación de un bien público”, explicó a ContraPunto el representante del DFA, Alejandro Henríquez.

La Explotación y el Convenio

Han transcurrido más de doce años desde que el mega proyecto de construcción Ciudad Valle de El Ángel ha tramitado una serie de permisos administrativos para negociar la utilidad de más de 2,2 mil kilómetros cuadrados de suelo, en la región conocida como Valle El Ángel, situado en el municipio de Apopa, zona norte de San Salvador, según lo declara ANDA.

Entre los requerimientos, la Sociedad Dueñas Hermanos Ltd, titular del proyecto urbanístico, se ha demandado la concesión de 200 L/S (litros de agua por segundo), que se obtendrían de la perforación de ocho pozos de agua en la región, bajo la regulación de ANDA. Otros 200 L/S serían asignadas a las comunidades locales, bajo la misma regulación.

Sin embargo, el proyecto ha recibido la desaprobación de instituciones de sociedad civil y residentes de la zona norte, organizados en la campaña Salvemos Valle del Ángel; que, desde 2016, han denunciado irregularidades en el proceso, ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ)

En el convenio no se menciona ninguna medida de cómo va a crearse una vigilancia o un sistema de monitoreo para que, efectivamente, esos 200 litros que van a ser entregados a las comunidades de Apopa se hagan efectivamente llegar a las comunidades más necesitadas, por la crisis hídrica que está viviendo nuestros país, denunció Mariela González, representante del FDA.

VEA: DISPUTAN LA LEGALIDAD DE PERMISOS AMBIENTALES PARA CIUDAD VALLE DE ÁNTEL

Desde años atrás, el proyecto habría sido abastecido por los pozos subterráneos alojados en zonas colindantes del municipio de San Juan Opico, en La Libertad. Sin embargo, hasta 2015, ANDA habría aprobado un estudio de factibilidad para aprobar la concesión de los mantos de agua, iniciativa que tendría lugar hasta el año 2016.

Entonces, ANDA firmó un convenio de cooperación entre la sociedad constructora, para construcción de obras que explotarían los pozos de los inmuebles de las empresas Las Cañas S.A. de C.V; Inversiones del Norte S.A. de C.V y Apachulco S.A. de C.V. Asimismo, se edificarían obras de infraestructura eléctrica, mecánica e hidráulica.

Sin embargo, los empresarios debían, entre otras cosas, “entregar en donación o comodato por el plazo de noventa y nueve año la porción de terreno dónde se habían construido los pazos” a ANDA; así como “los derechos de la servidumbre que se hubieren constituido en efecto de producir conducir o distribuir aguas”, así como los inmuebles a la misma, según el convenio.

Las Irregularidades

Transcurrieron casi cinco años para que la Sala de lo Constitucional tramitara una resolución, en respuesta de las primeras denuncias de inconstitucionalidad, emitidas desde sociedad civil. En ésta se demandando la ampliación de las denuncias emitidas desde 2016, según se constata en el referéndum 78-2019.

Ésta semana, los activistas de la campaña ambiental se presentaron ante la CSJ para presentar el escrito de subsanación de inconstitucionalidades, con el que se pretendió superar las limitaciones del anterior recurso. Sin embargo, señalaron que la resolución se dio de manera tardía, en comparación con otras a las que el órgano de justicia les da mayor celeridad.

No es una resolución extensa. Es una resolución de cinco páginas. Se tardaron casi dos años para redactar un documento, una resolución de cinco páginas; y, pues, el retardo de la justicia es porque siempre pasa en casos tan importantes como éste. Y no pueden alegar la complejidad fáctica o jurídica del caso (…)”, denunció Henríquez, ante la prensa.

Otras irregularidades se plantean en el recurso mismo:

Entre las observaciones, sociedad civil destaca el abuso de las competencias de ANDA para actuar a favor de la disposición en las concesiones de uso para la explotación del material freático (agua subterránea) en favor de la sociedad constructora. Sostienen que esa atribución es exclusiva de la Asamblea Legislativa, institución que ha estado ausente del proceso.

Ésta aseveración se constata, efectivamente, en el artículo 233 de la Constitución, en dónde se reza que “los bienes raíces de la Hacienda Pública y los de uso público sólo podrán donarse o darse en usufructo, comodato o arrendamiento, con autorización del Órgano Legislativo, a entidades de utilidad general”; sólo en éstos términos, ya que “el subsuelo pertenece al Estado”, según se establece en el inciso 3º del artículo 103.

Por otra parte, los activistas denuncian que no existe claridad en los términos ni en la regulación de la sustracción de agua subterránea; situación que, según ellos, podría impactar sobre la calidad de vida de las personas que no tienen acceso a agua potable en sus hogares, ante los problemas acumulados por el estrés hídrico reportados por ANDA, desde la última década.

Por ello, demandaron el cumplimiento del articulo 120 de la Constitución, que reza que, sobre las obras materiales de uso público, “deberán estipularse el plazo y las condiciones de dicha concesión, atendiendo a la naturaleza de la obra y el monto de las inversiones requeridas”.

Por todo esto consideramos que es inconstitucional el convenio, y que es la Asamblea Legislativa la que tiene qué hacer éste tipo de actos; y, además que, es inmoral, es injusto, porque existe más de un millón de personas que no tienen acceso al agua, y no es posible que el Estado de El Salvador esté otorgando ésta cantidad de agua a una persona privilegiada”, dijo el representante del FDA.

Al término de esta nota, la diligencia administrativa de los ambientalístas sigue en tramitación, y la Sala de lo Constitucional no ha emitido otras observaciones. Sin embargo, los activistas alertan que las irregularidades en las concesiones del material freático y la construcción del Proyecto Valle El Ángel podrían ser un problema futuro, que impactarían sobre el ecosistema y la calidad de vida de los residentes de la capital.

VEA: DENUNCIAN INFORMACIÓN FALSA Y AMENAZA HÍDRICA EN PROGRESO DE CIUDAD VALLE DEL ÁNGEL

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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