Redacción ContraPunto
Carolina Recinos renuncia a representar la coordinación a Becas Fantel. El dato que constatado en el Diario Oficial, del Tomo N.º 438, publicado éste miércoles 4 de enero. El cargo que se le había designado se añadiría al de su representación en la Comisión Presidencial para Operaciones y Gabinete de Gobierno, desde el inicio de la administración del presidente salvadoreño, Nayib Bukele.
Nayib Bukele, en representación del órgano ejecutivo, aceptaría la renuncia, con las formalidades legales establecidas en el Acuerdo N.º 530, divulgadas en el referido documento. El cargo como “Coordinadora del Consejo de Administración de Fondo Especial de los Recursos Provenientes de la Privatización de ANTEL” ha sido designado, en el acuerdo N.º 535 del Diario Oficial, para la licenciada Claudia Juana Rodríguez de Guevara.
Controversias
El Diario Oficial omite la justificación formal de la renuncia. No es posible relacionarlo con otros hechos. Aunque es conocido que el cargo de la comisionada. Hay que añadir que existe una controversia suscitada tras la divulgación de la Lista Engel, del Departamento de Estado de Estados Unidos, en el año 2021. El documento le acusa de participar en presuntos “actos de corrupción al malversar fondos públicos para beneficio personal”.
Sin embargo, el documento que también relaciona a otros 12 actores políticos y comerciales, no expone los detalles de su participación en los ilícitos en los que se les acusa. Por si no fuera poco omite, el Departamento de Estado, la divulgación de documentos de arraigo y pruebas de cargo; además, la Corte de Cuentas de la República no ha divulgado informes que contengan indicios de lavado de dinero y activos que la relacionen; por lo que la Fiscalía General de la República (desde 2019 al 2021) no ha rendido acusaciones formales en su contra.
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) tampoco reserva jurisprudencia sobre las implicaciones aludidas a la lista. Mejor dicho, el portal oficial de jurisprudencia no comparte ninguna información relacionada con ningún ilícito. A ello podría añadirse que ni la FGR ni la CSJ han divulgado información sobre requerimientos o juicios en su contra.
Es necesario hacer notar que para comprobar los hechos, los acusadores deber rendir pruebas, y que éstas deben someterse al sistema judicial. La Constitución de la República, en su artículo 11, que “ninguna persona puede ser privada del derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad y posesión, ni de cualquier otro de sus derechos sin ser previamente oída y vencida en juicio con arreglo a las leyes; ni puede ser enjuiciada dos veces por la misma causa”