Por Alessia Genvoes
Mas de un 90% de mujeres trans son discriminadas, al interior de los centros penitenciarios. Violencia verbal y la transgresión a la identidad de género han sido las expresiones de violencia más recurrentes registradas en la última investigación de las organizaciones Comunicando y Capacitando a Mujeres Trans (Comcavis) y Corpora en Libertad.
La ausencia de garantías legales para reafirmar la identidad de género de personas trans responde a la necesidad de elaborar una ley secundaria afín. La representante de Comcavis, Rocío Martínez, sostiene que “hay una serie de vulnerabilidades que se generan desde los centros penitenciarios; desde los Esados, través de la no aprobación de la Ley de Identidad de Género que mejore las condiciones de las personas trans”.
Más de 12 años han transcurrido desde que una propuesta de Ley de Identidad de Género fue enviada a la Asamblea Legislativa, por organizaciones sociales, como la Asociación Solidaria para Impulsar el Desarrollo Humano (ASPIDH). Hasta la fecha, los parlamentarios han ignorado la discusión; y han rechazado, en última instancia, archivando la propuesta, y dilatando la discusión de la misma.
“Es necesario que el Estado Salvadoreño cumpla con todas las resoluciones que firmó en defensa de los derechos humanos. No puede ser que las personas trans, en el año 2022, todavía no pueda conocer ni vivir ni conocer la democracia salvadoreña. La democracia salvadoreña todavía tiene una deuda histórica con la población trans”, indicó la representante de Corpora de Libertad, Marcela Romero.
Sin embargo, las personas transgénero podrán cambiar su nombre legal, conforme a su identidad sexual autopercibida. Éste hecho será determinante si la Asamblea Legislativa responde a los imperativos de la resolución 33-2016/195/2016 de la Sala de lo Constitucional, que falla en favor del derecho a la identidad de género, requiriendo la reforma obligatoria a la Ley del Nombre y Persona Natural (LNPN).
Agresiones
Apenas el 10% de personas trans sí han recibido respeto a su identidad de género, en contraste con el 90% de la población afectada. La mayor parte de los agresores son otras personas privadas de libertad (44%), de la población LGBTTIQ+,
Entre los agresores sexo-diversos, el 37.1% ha sido identificado por sus víctimas como “no binarios”; y el 29.3%, como “hombres homosexuales”. Otro 28.4% de los agresores de mujeres trans han sido identificados, de hecho, como “mujeres trans”; pero ésta cifra no es igual a la de hombres trans, que apenas representa el 5.2% de las agresiones.
Guardias y custodias de seguridad también son responsables de las agresiones contra personas trans, según lo afirma el 35.5% de las afectadas. Asimismo, el personal administrativo acomete conductas constitutivas de delito a la identidad de género de personas trans, de acuerdo con las declaraciones del 28.4% de las afectadas.
Amenazas al corte de cabello son frecuentes en reclusión, según lo testificó el 44.3% de las víctimas. El acto de hostilidad pretende “tratar de eliminar rasgos femeninos de mujeres trans”, según explicó Martínez. En suma, los agresores aluden a la genitalidad de las mujeres trans, según testificaron el 39.9% de las víctimas.
El 14% de los agresores “obliga a las personas a comportarse y a vestirse, y a tener un comportamiento acorde a su sexo y a su identidad de género, que limita a la expresión de género de la persona”, añadió Martínez.
Demandan Ley de Identidad
El nombre social de mujeres trans no ha sido respetado, en el 90% de los casos. El Salvador ha sido denunciado por la “omisión parcial” de la legislación de la LNPN, al excluir la posibilidad del cambio de nombre a personas trans, conforme a su identidad de género, Sin embargo, es posible tramitar el nombre social, en virtud a su identidad, en el documento único de identidad, ya que no constituye el reemplazo del nombre legal.
El 83.1% de mujeres trans representó las afectaciones ante la ausencia de una legislación secundaria, ya que no había realizado un cambio de nombre. Sin embargo, de ésta última cifra, una proporción del 10% es consciente de poder realizarse un cambio de nombre; y manifestó su interés, aunque “no les es posible realizarlo”, detalló Martínez.
Para Martínez, los resultados de la investigación victimizan a las personas trans, al no contar con garantías legales que reafirmen su identidad. Para ella, es necesaria la “legalización de todo el marco regulatorio de la Ley de Identidad de Género, del respeto al muismo, del cumplimeinto, y de la aprobación de dichos medios, a nivel nacional”, añadió.
Aunque la propuesta de Ley de Identidad de Género en El Salvador no establee un régimen obligatorio para el suministro de un reemplazo hormonal, requiere del estatus imperativo de la expresión de género de personas trans, para reafirmar su identidad de género en los documentos de identidad.
Muchas de las privadas de libertad desconocían el alcance de la ley, pero manifestaban su interés por reafirmar su expresión de género. Más del 91.9% de mujeres trans no contaban con asesoramiento médico para acceder a una terapia de reemplazo hormonal Sin embargo, algunas ya se habían realizado una mamoplastía (3.7%); una cambio a nivel de los glúteos (19.7%) o un cambio en sus caderas (16.3%).
Pese a ello, las propuestas sociales por una Ley de Identidad de Género no requieren del acceso a cambios estéticos quirúrgicos, ni hormonales. Tampoco requieren de “ningún gasto público” para el acceso a las garantías legales que establece.