50 años de prisión a 5 secuestradores por “asesinar a su víctima”

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Los secuestradores habrían negociado el rescate de la víctima por $40 mil dólares. Sin embargo, terminaron quitándole la vida en octubre del año 2018.

Acusados de secuestrar, de extorsionar y de asesinar a un joven de 19 años de edad, cinco personas fueron declaradas culpables por un Tribunal de Sentencia, que determinó una pena de hasta 50 años de prisión por el cargo de Homicidio Agravado.

La Fiscalía General de la República (FGR) detalla que los sentenciados fueron María Máxima Juárez López, Manuel Alfredo Juárez, Emerson Osmin Gómez, Samuel de Jesús Rafael y Eris Odir Rafael Luna vinculados con el secuestro, la extorsión y el asesinato de un joven de 19 años de edad, cuyo cadáver fue posteriormente encontrado en el cantón Loma Media, Panchimalco.

¿Cómo sucedieron los hechos?

En octubre de 2018, estos sujetos secuestraron y asesinaron a su víctima, luego de exigir un rescate de $40 mil. Después de una larga investigación, la Unidad contra el Crimen Organizado de la @FGR_SV le rinde justicia logrando condenas de prisión de hasta 50 años”, detalló el Fiscal General, Raúl Melara.

Las autoridades fiscales detallan que los sentenciados habrían negociado el rescate de la víctima, por un monto de $40 mil dólares. Sin embargo, los secuestradores terminaron asesinando al Joven, en octubre de 2018. El cadáver de la víctima fue finalmente localizado en el Cantón Loma Media, de Panchimalco, el pasado 6 de noviembre de 2018.

Cabe mencionar que el delito de Homicidio Agravado prescribe una condena de 50 años de prisión, y tiene lugar cuando ocurrieren las tipificaciones penales de “secuestro”, “extorsión”, entre otros.

Cuando el homicidio ocurriere, en su caso, para preparar, facilitar, consumar u ocultar los delitos de secuestro, violación, agresión sexual, robo, extorsión, actos de terrorismo, asociaciones ilícitas, comercio ilegal y depósito de armas, contrabando, lavado de dinero y activos y los comprendidos en el Capítulo II de este Código relativo a los delitos de la corrupción y Capítulo IV de la Ley reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas o para asegurar los resultados de cualquiera de ellos o la impunidad para el autor o para sus cómplices o por no haber logrado la finalidad perseguida al intentar cualquiera de los delitos mencionados”, especifica el artículo 128, numeral 2 del Código Penal.

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Alessia Genoves
Alessia Genoves
Periodista, redactora de ContraPunto. Especialista en temas sociales, económicos y de género. Editora de cultura.
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