
El abogado presentó un recurso ante la Sala para que declare inconstitucional el decreto 743
Por Fernando de Dios
SAN SALVADOR – La crisis institucional abierta tras aprobación y sanción Express del Decreto Legislativo Nº 743, que impone la unanimidad en las decisiones de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), tiene su solución en la propia Constitución de la República.
El abogado José María Méndez hijo, quien presentó ante la CSJ un recurso de inconstitucionalidad contra ese decreto, es enfático en este punto y rechaza las amenazas de los diputados a los magistrados de la Sala.
El también presidente del Foro de Defensa de la Constitución (FDC) e impulsor de otros recursos importantes, es categórico al confirmar que los diputados no tienen ni una sola justificación para no acatar sentencias de la Sala de lo Constitucional, una sala que califica de “especialísima” de acuerdo a las atribuciones que le da la propia Carta Magna, y la única instancia encargada de interpretar el contenido de ésta.
Por otra parte, Méndez está de acuerdo en que al parecer, más que el país en sí, son algunos políticos, por falta de costumbre, los que no están preparados para que se aplique su propia Constitución.
En cualquier caso, dice vivir esta situación con mucha preocupación, porque se está añadiendo una crisis política e institucional a la crisis que de por sí afecta en muchos ámbitos a la población salvadoreña, algo que califica de "carga demasiado pesada e injusta" para la ciudadanía.
¿En qué argumentos ha basado su recurso de inconstitucionalidad?
He presentado un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto Legislativo 743 cumpliendo la obligación que me pone la Constitución de velar porque ella se cumpla, lo he hecho en mi calidad de ciudadano y como abogado y presidente de la asociación Foro para la Defensa de la Constitución.
Los argumentos en que fundamento el recurso son vicios de forma y vicios de fondo.
El vicio de forma fundamental que contiene el decreto es haber sido propuesto y aprobado como transitorio, cuando la norma que regula es de carácter permanente, violando el principio de perpetuidad de las leyes. Todo el proceso de formación de ley fue alterado. Recuerde que el proyecto se presentó sorpresivamente, no estaba en agenda; se aprobó con dispensa de trámite sobre la base de una urgencia inexistente, esto es muy importante porque los decretos transitorios tienen que ser sobre la base de la urgente necesidad de hacerlo para resolver un problema público, y no porque los diputados no les gusten las sentencias de la sala. Luego, el decreto fue aprobado sin discusión, violando la Constitución de la República, que exige que los decretos sean discutidos. Luego, el decreto fue inmediatamente suscrito por la mayoría de los miembros de la Junta Directiva de la Asamblea, enviado a Casa Presidencial, donde el Presidente Funes, sin mayor análisis, lo sancionó y lo promulgó, lo mismo que el ministro de Justicia y Seguridad Pública, y dicen que lo enviaron al Diario Oficial. Hay declaraciones del director del Diario Oficial, Luis Flores, del día siguiente, que al mediodía del 3 de junio él no había recibido el decreto sancionado. Todo esto revela un fraude de ley. Pero lo importante es que implica inconstitucionalidad que la Sala debe conocer y resolver.
Pero hay otras inconstitucionalidades de fondo. El decreto, en su Artículo 1 establece una nueva forma de llamar a los suplentes de la Sala, que puede permitir que magistrados, jueces o conjueces, como los llama el decreto, que no hayan sido designados por la Asamblea Legislativa como exige la Constitución de la República, puedan integrar la Sala, y eso es violar la Constitución.
También el Artículo 2, que exige unanimidad de votos, se viola el principio de independencia judicial, porque se obliga, o mejor dicho se faculta a un magistrado, el que sea, a tener el control de la Sala, a decidir cuándo se puede emitir sentencia de inconstitucionalidad y cuándo no y eso atenta contra la división de poderes y contra el control jurisdiccional.
En resumen, a mi criterio el decreto contiene vicios de forma y de fondo que merecen la declaración de inconstitucionalidad que he solicitado.
Entonces, se produce ahora un conflicto, porque el decreto aprobado por la Asamblea está vigente pero los magistrados lo han declarado inaplicable. ¿Quién manda aquí?
Manda la Constitución y esa es la solución, aplicarla. Y la Constitución lo que dice es que en materia constitucional el máximo tribunal que la interpreta es la Sala de lo Constitucional. Para mí es obvio que la Asamblea ha sobrepasado sus facultades, especialmente en una materia que es de exclusiva iniciativa de ley de la Corte Suprema de Justicia, como lo dispone la misma Constitución de la República.
Hay una crisis, definitivamente, hay un conflicto, pero ese conflicto la Constitución tiene previsto cómo se resuelve y los magistrados de la Sala de lo Constitucional han actuado correctamente al declarar la inaplicabilidad del decreto de reforma. Lo que está sucediendo es más grave, porque hay magistrados de otras salas que, como matones de barrio, y algunos diputados, que igualmente ofrecen golpes y ofrecen hasta cárcel a los cuatro magistrados, cuando la Constitución es clara y no deberíamos estar en este conflicto. La solución es el respeto a la Constitución de la República.
Pero ya hemos visto declaraciones incluso amenazantes de diputados. ¿Tienen los diputados alguna manera de no conocer una sentencia de la Sala de lo Constitucional?
No, en absoluto, son fallos inapelables e innegables de cumplir. Lo que pasa es que ellos han sobrepasado el límite de sus facultades. Acordémonos que la Constitución dice que El Salvador es un Estado soberano, que la soberanía reside en el pueblo, que los funcionarios no tienen más facultades que las que les da la Constitución y la ley, y la Constitución no faculta a la Asamblea para desobedecer sentencias del máximo tribunal del país.
Pero podría ocurrir que ellos apelen al decreto aprobado para no conocer las sentencias de la Sala a partir de ahora.
Claro, y entonces la Asamblea y los diputados que desobedezcan entran en desacato, no la Sala, como ellos están amenazando. Son ellos lo que están en desacato.
¿Y cómo ve usted todo este relajo entre los poderes del Estado?
Muy preocupante realmente, porque está causando una crisis institucional que, añadida a la crisis económica y política que vive nuestro pueblo, creo que es una carga demasiado pesada e injusta para echarla sobre los hombros de nuestra ciudadanía.
Yo creo que aquí la solución está en que se haga respetar la Constitución de la República y eso, como le decía, es una función primordial que, después de las reformas de los Acuerdos de Paz, corresponde exclusivamente a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
¿Cómo ve la actitud y las declaraciones del presidente Mauricio Funes?
Pues mire, yo creo que decir, por ejemplo, que esto ya había sucedido antes, no justifica el error. Y también amenazar con que iban a destituir a los magistrados es una excusa inaceptable. Por otra parte, él dice que lo que quiere es lograr consenso, como que fuera el papá de ellos, como que les obliga a estar en un cuarto y no salen de aquí hasta que se pongan de acuerdo. El presidente también evidentemente debió haber hecho más consideraciones que simplemente sancionar y promulgar y mandar a publicar el decreto.
Decía también Funes que en dos horas lo vio con su asesor jurídico y no le vio ningún problema. ¿Son suficientes dos horas para estudiar este decreto?
Pero imagínese el tiempo que transcurre, tan rápido. ¡Si ese decreto 743 parece un boeing, un jet, un Jumbo 743, un Fórmula 1, que sale de la Asamblea volado y recorre todas las instancias y sale vigente! Yo no estoy de acuerdo con la vigencia, yo he dicho que es de dudosa vigencia, aun con la declaración de inaplicabilidad de la Sala, yo sostengo que su vigencia es dudosa. No digamos ya su aprobación sin discusión, y su contenido.
Una vez estudiado el decreto, parece que obligaría a los magistrados a decidir por unanimidad sobre cuestiones como sanciones a personas que compran votos en procesos electorales e incluso a personas que proponen la reelección presidencial, una vez extrapolado el mandato legislativo a los artículos de la Constitución. ¿Ha estudiado usted el decreto hasta ese punto?
Lo que sucede es que la constitución contiene pesos y contrapesos, que no es más que el control entre poderes. Los poderes están obligados a colaborar entre sí y a cumplir estrictamente sus funciones, pero también entre esas funciones está la de vigilarse mutuamente. Por ejemplo, a los de la Asamblea Legislativa les corresponde elegir a la Sala de lo Constitucional cada tres años; la Corte hace su control por medio de la Sala de lo Constitucional en materia de inconstitucionalidades, amparos o habeas corpus; y el Ejecutivo tiene la facultad de vetar, observar decretos que no le parecen. Es decir, existe un control, interórganos se llama, en el que se están vigilando los unos a los otros, pero ninguno es superior a otro, excepto en materia de interpretación y aplicación constitucional, que le da un privilegio a la Sala de lo Constitucional, a la que exclusivamente le corresponde sentenciar e interpretar la Constitución de la República. Y ésa es la única sala que se reconoce con nombre y apellido en la Constitución de la República, es la única sala que se le dan atribuciones especialísimas en la Constitución de la República, y el presidente de la Sala es el presidente de la Corte y el presidente del Órgano Judicial. O sea, que estamos hablando de una sala especial, de una sala con poderes especiales, a la que no se puede irrespetar de la manera que lo han hecho, con el decreto 743.
¿Y a su recurso lo ponen en cola o le pueden dar prioridad?
Pues deben darle prioridad ahí, porque esa es la forma de resolver este conflicto. Yo eso es lo que he pedido en el recurso, que se resuelva rápidamente.
¿Su asociación está dentro del grupo de organizaciones que se pronunciaron este martes con un comunicado contra el decreto? Dijeron que presentarían un recurso de inconstitucionalidad.
Nosotros estamos ahí y el viernes la coalición va a presentar otro. Pero nuestro criterio, del FDC, fue que no debíamos esperar tanto. Y un grupo de abogados jóvenes me han acompañado en este esfuerzo y hemos decidido adelantarnos, porque aquí con las amenazas que hay, hasta los pueden capturar, es increíble lo que están haciendo. Hay que actuar rápido, con firmeza, tesón y criterio jurídico constitucional apropiado, que es lo que yo he hecho.
Parece que este país no soporta que se aplique su propia constitución.
Es que no estamos acostumbrados, nunca se ha hecho, nunca se ha cumplido. Entonces es algo extraño para muchos políticos ver que la constitución se cumpla. Precisamente por eso nació nuestro foro, porque tradicionalmente veíamos como la Constitución no valía nada para nadie y mucho menos para los funcionarios, haciendo realidad la tradición de la conquista, en que el monarca designaba a los funcionarios de dedo, los encomenderos, los alcaldes, y ellos tenían poderes absolutos sobre personas y bienes. Y eso cambió con la independencia, con la constitucionalidad. Y hoy estamos viviendo una etapa que cuesta asimilar para algunos, en que hay una sala, porque esto no había pasado antes, cuatro magistrados que quieren hacer valer la Constitución de la República. Eso es insoportable para los políticos que se creen omnipotentes y omnipoderosos.
Bueno, esperemos que…
Que todo se resuelva bien, claro. Pero le repito, tiene que resolverse conforme manda la Constitución de la República.
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