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Noticias de El Salvador - ContraPunto

Mayo 21 / 2012

Ochoa Pérez vuelve a ser candidato

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La Sala de lo Constitucional ordenó  mantener al ex militar en la lista de ARENA para la Asamblea Legislativa. Corte Plena decidió estudiar por separado extradiciones del Caso Jesuitas

Redacción ContraPunto

SAN SALVADOR – Polémicas decisiones tomó este miércoles la Corte Suprema de Justicia (CSJ), al dar la razón al coronel retirado Sigifredo Ochoa Pérez en su demanda amparo contra el presidente Mauricio Funes y decidir en Corte Plena estudiar por separado cada caso de los 13 ex militares acusados de la masacre de los padres jesuitas por los que el gobierno español ha pedido extradición.

Con tres votos favorables de los magistrados Belarmino Jaime, Florentín Meléndez y Rodolfo González, la Sala de lo Constitucional de la CSJ admitió la demanda de amparo presentada la pasada semana por Ochoa Pérez.

Ello tiene como consecuencia que éste continúa inscrito en las listas de candidatos y podrá ser elegido diputado en las elecciones del próximo 11 de marzo.

El magistrado Néstor Castaneda se abstuvo y Sidney Blanco votó en contra, según comunicado de la Dirección de Comunicaciones de la CSJ.

Ochoa Pérez presentó una demanda por violación de sus derechos constitucionales de asociarse para ingresar a partidos políticos, de optar a cargos públicos, de expresarse libremente y de gozar de seguridad jurídica.

De ello acusaba al presidente Mauricio Funes, al darle de alta en la Fuerza Armada, un acto que considera responde a una “actitud de represalia y venganza” en su contra por haber emitido opiniones contrarias a las del presidente.

Ochoa Pérez señala también que el hecho de ser dado de alta en la Fuerza Armada acarrea la imposibilidad de ser candidato a diputado.

La Sala de los Constitucional le da la razón y considera que existe peligro en la demora de la resolución para los derechos del demandante, por lo que establece que queda suspendida cautelarmente la decisión de Funes, con lo cual el presidente no pueda iniciar un proceso de sanción contra Ochoa Pérez y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) le debe mantener en la lista de candidatos a diputados.

Ochoa Pérez corre como candidato a diputado por el departamento de San Salvador en la lista del partido Alianza Republicana Nacionalista (ARENA). Funes le dio de alta sin previo aviso en la Fuerza Armada con el pretexto de incluirle en la Comisión Consultiva de Límites de Cancillería.

Pocos días antes, Ochoa Pérez había criticado duramente el discurso del presidente en El Mozote, donde pidió  perdón como jefe de Estado por la masacre que ocurrió allí  en diciembre de 1981 e instruyó a la Fuerza Armada que revise su historia y deje de tratar como héroes a militares señalados por graves violaciones a los derechos humanos.

Al anunciar su decisión de darle de alta en la Fuerza Armada, Funes dijo que ahora que él era su jefe, Ochoa Pérez debería cuidar lo que dijera.

El militar solicitó nuevamente su baja en el Estado Mayor conjunto el pasado jueves 26 de enero. Dos días antes había presentado su amparo ante la Sala de lo Constitucional de la CSJ, que ha sido resuelto de forma extraordinariamente expedita.

Proceso dilatado

Este miércoles también los magistrados de la CSJ decidieron en Corte Plena que estudiarán caso por caso las 13 peticiones de extradición cursadas por el gobierno español por el caso del asesinato de seis padres jesuitas, una empleada y la hija de ésta, ocurrido en 1989 en el campus de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA).

Los magistrados que han apoyado esta decisión alegan que es lo más adecuado porque cada uno de los implicados tiene una situación jurídica distinta.

La presidenta de la Sala de lo Penal, Rosa María Fortín, explicó a un medio local que “algunos ya fueron amnistiados, otros ya fueron procesados. Todas las situaciones son diferentes”.

En 1991 se celebró un juicio en El Salvador sobre este caso, que terminó con la condena de dos de los acusados por el juez de la Audiencia Nacional de España Eloy Velasco. Éste, en su auto, considera inválido ese proceso por tener evidentes vicios de procedimiento y no haber ido hasta el fondo del caso.

Estas dos personas fueron amnistiadas por la Ley de Amnistía que se aprobó en 1993.

La decisión de estudiar las peticiones de extradición por separado también hace posible que se produzcan distintas resoluciones, es decir, que unos sean extraditados y otros no.

Lo que sí se va a producir con seguridad es una dilatación del proceso de toma de decisión por parte de la Corte Plena de la CSJ.

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