
Fachada de Catrdral Metropolitana, adornada con un mozaico realizado por el artista plástico Fernando Llort con piezas únicas
Redacción ContraPunto
SAN SALVADOR - A punto de finalizar el 2011, no sólo se comprueba la violencia criminal y la impunidad que prevalece en El Salvador, sino también el inmenso daño que la incultura y la ignorancia hace en contra del patrimonio cultural nacional.
Este viernes en la redes locales y en los medios electrónicos salvadoreños se denunció que la Iglesia Católica local destruyó el mural hecho de azulejos fundidos como piezas únicas y que adornaba la fachada de la Catedral Metropolitana.
La Catedral Metropolitana es un símbolo inmenso no sólo para los católicos locales, sino para el mundo entero, ya que en su interior está sepultado el Arzobispo Oscar Arnulfo Romero, quien fue asesinado en 1980 por un escuadrón de la muerte comandado por el militar extremista ya fallecido Roberto D´Aubuisson.
La Secretaría de Cultura de la Presidencia de El Salvador publicó un comunicado en el que " informa a la población en general que lamenta y condena el hecho de intervención de la fachada de la Catedral Metropolitana de San Salvador donde ha sido severamente dañado el mural de azulejos elaborado por el artista Fernando Llort".
"Esta acción viola la Ley Especial de Protección de Patrimonio Cultural, la cual rige la intervención de cualquier BIEN cultural tangible o intangible. En el artículo 3 de esta ley se detallan los bienes que conforman el Patrimonio Cultural de El Salvador:
g) Los bienes de interés artístico tales como:
· Cuadros, pinturas y dibujos hechos enteramente a mano sobre cualquier soporte y en cualquier material con exclusión de los dibujos industriales;
· Producciones originales en arte estatuario y de escultura en cualquier material;
· Grabados, estampas y litografías originales;
· Conjuntos y montajes artísticos originales en cualquier material.
Agrega la Secretaría de Cultura que "si bien es cierto el mural de la Catedral de San Salvador no había sido declarado como Bien patrimonial, este ya contaba con un proceso de declaratoria, proceso que, una vez iniciado, le da la salvaguarda para que NO sea intervenido bajo ningún criterio, salvo por la autorización previa de la Secretaría de Cultura de la Presidencia a través de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural, dirección que NO recibió ninguna solicitud de intervención en el inmueble".
Y añade el comunicado de la entidad oficial: "El pasado 23 de agosto de 2011, la Dra. Astrid Bahamond, directora Nacional de Artes de SECULTURA oficializó en una carta enviada a la Fiscalía General re la República el trabajo de Fernando Llort como de relevante e importante, pues sus trabajos desde la producción artesanal expansiva donde combina lo ancestral con lo precolombino con la iconografía cristiana, tal y como lo reflejaba su mural en el frontis de la Catedral Metropolitana hace referencia a nuestra historia social y cultural".
"Ante esta carta enviada queda una vez más en evidencia la violación de la Ley Especial de Protección de Patrimonio Cultural en su Art. 42. el cual dictamina que si un bien inmueble monumental, declarado cultural (o en proceso de declaratoria) no podrá ser modificado o alterado sustancialmente por obras interiores o exteriores, salvo autorización previa de la Dirección de Patrimonio Cultural mediante el conocimiento del proyecto que no afecte el valor cultural o la identidad del mismo bien", aseguró.
"Si un bien cultural monumental se destruyere o dañare por caso fortuito o fuerza mayor, se deberá proceder a su restauración o reconstrucción, de acuerdo a su estructura arquitectónica original, bajo la supervisión de la Secretaría de Cultura", indicó el texto oficial, el cual agrega.
Protección de Bienes Culturales Muebles
Art. 43.- Los bienes muebles con valor cultural que estén en posesión de instituciones eclesiásticas, oficiales o personas naturales o jurídicas podrán ser restaurados, o reubicados, cuando lo soliciten las entidades mencionadas bajo la supervisión de la Secretaría de Cultura y cuando éste lo califique de interés cultural.
Por su parte, el Reglamento de la Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural de El Salvador dicta en el Art. 83. Que Los propietarios o poseedores de Bienes Culturales inmuebles, no podrán realizar en los mismos obras o trabajos que puedan, dañarlos o ponerlos en peligro, ni modificarlos, adicionarlos o alterarlos, en lo sustancial, interior o exteriormente, repararlos, restaurarlos o demolerlos total o parcialmente, ni hacer excavación o construcción alguna, sin haber obtenido previamente autorización de la Dirección Nacional de Patrimonio Cultural, la que determinará las normas a que deberán sujetarse las obras que se autoricen.
Por su parte el historiador salvadoreño Carlos Cañas Dinarte propuso en su perfil de Faceboock: "Los artistas plásticos, arquitectos, ingenieros y demás trabajadores culturales de El Salvador debieran de recoger los restos del mosaico de Fernando Llort y hacer instalaciones y obras de protesta con esos restos, para que de ellos nazcan nuevas muestras del arte nacional en homenaje al maestro Llort y a su obra".
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